Oooo guasonico comunista
Madmaxista
Hola,
Voy a ser breve, hacienda me pide más de 100.000€ por reinvertir los beneficios de mi actividad en mi negocio.
Tengo un marrón encima enorme. En 2023 era autónomo en España ( ya en Octubre dí de alta S.L. ). Facturé unos 360.000€ , de los cuales más de 300.000€ son gastos / inversiones. Por lo que pagué unos 10.000€ en IRPF. Hasta aquí todo correcto.
El problema es que me han hecho una paralela o como quieran llamarlo, y dicen que esos gastos nanai, que yo gasté unos 100.000€ en ordenadores, y que eso no es un gasto, es una amortización. Y por lo tanto no puedo desgravarlo como gasto.
Ok, ahí quizás cometí un error, desconocía que eso funcionaba así, los ordenadores que compré tienen valor unitario <300€ y los de la gestoría los pusieron como gastos, pero se ve que hay un límite anual de 25.000€/año, y se les pasó supongo.
El problema es que ahora esto al no ser considerado gasto, me lo consideran beneficio. Aquí es donde las cosas empiezan a ponerse antiestéticas de verdad.
Es decir, yo compré ordenadores exclusivamente para mi actividad y poder facturar más . Es un gasto real, por lo que no sé bajo qué criterio ellos consideran que es beneficio y tengo que tributar en IRPF por esa ganancia, lo cual podría hacer que tenga que pagarles entre 50.000 y 80.000€ por el irpf de 2023,,,,, cuando en mi cuenta corriente no tengo ni 10.000€. Hola???
Y según hacienda esto es legal, porque son "beneficios" y tengo que pagar irpf de los beneficios.
Me estan moliendo la vida y no he hecho nada mal, tan solo trabajar como un pringado y desconocer las normas tributarias.
Adjunto documento para que no digáis que me lo invento o algo.
Si hay alguien que sea experto fiscal o algo, agradecería consejos. O alguien que haya pasado por una situación similar.
Irme de España sin mirar atrás lo contemplo , pero tengo varias propiedades aquí por desgracia.
Voy a ser breve, hacienda me pide más de 100.000€ por reinvertir los beneficios de mi actividad en mi negocio.
Tengo un marrón encima enorme. En 2023 era autónomo en España ( ya en Octubre dí de alta S.L. ). Facturé unos 360.000€ , de los cuales más de 300.000€ son gastos / inversiones. Por lo que pagué unos 10.000€ en IRPF. Hasta aquí todo correcto.
El problema es que me han hecho una paralela o como quieran llamarlo, y dicen que esos gastos nanai, que yo gasté unos 100.000€ en ordenadores, y que eso no es un gasto, es una amortización. Y por lo tanto no puedo desgravarlo como gasto.
Ok, ahí quizás cometí un error, desconocía que eso funcionaba así, los ordenadores que compré tienen valor unitario <300€ y los de la gestoría los pusieron como gastos, pero se ve que hay un límite anual de 25.000€/año, y se les pasó supongo.
El problema es que ahora esto al no ser considerado gasto, me lo consideran beneficio. Aquí es donde las cosas empiezan a ponerse antiestéticas de verdad.
Es decir, yo compré ordenadores exclusivamente para mi actividad y poder facturar más . Es un gasto real, por lo que no sé bajo qué criterio ellos consideran que es beneficio y tengo que tributar en IRPF por esa ganancia, lo cual podría hacer que tenga que pagarles entre 50.000 y 80.000€ por el irpf de 2023,,,,, cuando en mi cuenta corriente no tengo ni 10.000€. Hola???
Y según hacienda esto es legal, porque son "beneficios" y tengo que pagar irpf de los beneficios.
Me estan moliendo la vida y no he hecho nada mal, tan solo trabajar como un pringado y desconocer las normas tributarias.
Adjunto documento para que no digáis que me lo invento o algo.
Si hay alguien que sea experto fiscal o algo, agradecería consejos. O alguien que haya pasado por una situación similar.
Irme de España sin mirar atrás lo contemplo , pero tengo varias propiedades aquí por desgracia.
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