Autónomo o sociedad limitada: dónde está el umbral real
¿Merece la pena montar una sociedad limitada o es mejor darse de alta como
autónomo? La respuesta corta: depende de cuánto factures y, sobre todo, de cuánto necesites gastar. El consenso que circula por internet sitúa el punto de inflexión en torno a los
50.000 euros de beneficio bruto, cuando el tipo efectivo del IRPF supera al del impuesto de sociedades. Pero ese cálculo tiene un agujero que casi nadie menciona: el dinero que se queda en la empresa no es tuyo hasta que lo sacas.
El dividendo que se come la ventaja fiscal
La teoría dice que a partir de cierto volumen compensa tributar al tipo de sociedades en lugar de escalar por el IRPF. El problema llega cuando el socio quiere disponer de ese beneficio. Si lo extrae vía dividendo, se suma otro
18% de tributación, con lo que el tipo combinado vuelve a situarse en el equivalente al marginal del IRPF por encima de los
53.000 euros de bruto. La ventaja se evapora.
Quedan las vías intermedias: pagar gastos a nombre de la sociedad, dietas, seguros médicos. Todo eso existe, sí. También existe el inspector de Hacienda, que exige justificar quién, cuándo, cómo, dónde y por qué. Sin papeles, la dieta se convierte en retribución en especie, con su correspondiente cotización, multa e intereses.
La responsabilidad limitada no es un escudo perfecto
El gran argumento para constituir una sociedad es aislar el patrimonio personal. Los bancos, sin embargo, conocen el truco: cuando el administrador es también socio mayoritario, el departamento de riesgos da por hecho que avalará la operación. El puente entre patrimonios vuelve a tenderse, esta vez por vía contractual.
Y hay más. La ley de sociedades de capital permite reclamar al administrador el daño causado por actos contrarios a la ley, a los estatutos o por incumplir los deberes del cargo. La protección existe, pero no es gratuita ni automática.
El administrador que se contrata a sí mismo
En una sociedad unipersonal, el socio único asume la administración y, por tanto, sigue obligado a cotizar como autónomo. Cobra un sueldo de la sociedad, pero no tiene los mismos derechos que un trabajador por cuenta ajena. La figura del contrato consigo mismo genera dudas legales que nadie termina de resolver.
La alternativa del autónomo es más barata de montar y de desmontar: una mañana entre Hacienda y la Seguridad Social, dos si los papeles no están en orden. Constituir una sociedad exige notario, registro y, probablemente, una consultoría. El coste administrativo recurrente también pesa.
La trampa de las nóminas familiares
Contratar a la pareja para desdoblar nóminas y rebajar el IRPF suena bien hasta que Hacienda pregunta. Si comparten domicilio, el argumento del trabajo efectivo se tambalea. La reducción fiscal existe sobre el papel; la carga de la prueba, en la práctica, recae sobre quien la aplica.
Con las ayudas actuales a autónomos, muchos arrancan por la vía simple. La sociedad limitada unipersonal tiene sentido cuando el volumen, el riesgo o la estructura lo justifican. No antes. Y desde luego, no por el ahorro fiscal que prometen los blogs.