Cómo declarar la venta de acciones regaladas

Deibis

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Espero que alguien me pueda echar una mano...

Compré hace un año algunas acciones de la empresa y por ello me regalaban otras tantas. Después de un año ya puedo venderlas, y con beneficio. Si vendo todas juntas no hay problemas para calcular y tributar por el beneficio. Pero lo que no se es como se hace si sólo vendo una parte de ellas. Entiendo que se venden primero las más viejas, pero cuáles son las más viejas? O en este caso se hace un precio medio entre las compradas y regaladas?

Como ejemplo, compré 10 acciones a 10€ cada una el 30 de Junio y el 1 de Agosto me las entregan junto a otras 10 acciones de forma gratuita. Si vendo sólo 10 acciones a 20€, se venden primero las no regaladas y gano 10€ por cada una, o se consideran las 20 acciones a un precio medio de 5€ y gano 15€?

Gracias 😀
 
Hacienda usa el metodo FIFO (primera entrada, primera salida). Así que, según tu ejemplo, primero van las que adquiriste a 10€ y tu beneficio sería de 10 € en cada una. Eso sí, las que te quedan en cartera tendrían precio de adquisición 0, por lo que cuando vendieses estas ultimas, sería todo beneficio
 
Hacienda usa el metodo FIFO (primera entrada, primera salida). Así que, según tu ejemplo, primero van las que adquiriste a 10€ y tu beneficio sería de 10 € en cada una. Eso sí, las que te quedan en cartera tendrían precio de adquisición 0, por lo que cuando vendieses estas ultimas, sería todo beneficio

Tenia entendido que al pasar una serie de años dejabas de tener que tributar por esas acciones que tuvieron precio de adquisicion 0.

¿No hay algo asi?
 
¿No tributaste por esas acciones regaladas en el IRPF del año que te las regalaron?

Pues ahí tienes el precio de compra de tus acciones de cara a venderlas. El valor por el cual las declarastes en el IRPF dividido por el número de acciones.

Si no tributastes entonces que el precio de adquisición lo pongas 0 no me parece ningún robo.

Aunque lo del precio medio también me parece correcto (si no las declarastes como un regalo en el IRPF). Es como un split.
 
Última edición:
¿No tributaste por esas acciones regaladas en el IRPF del año que te las regalaron?

Pues ahí tienes el precio de compra de tus acciones de cara a venderlas. El valor por el cual las declarastes en el IRPF dividido por el número de acciones.

Si no tributastes entonces que el precio de adquisición lo pongas 0 no me parece ningún robo.

Aunque lo del precio medio también me parece correcto (si no las declarastes como un regalo en el IRPF). Es como un split.

Informacion correcta no añado ni quito coma.

Eso es.
 
Gracias por las respuestas!

Igual hay un detalle que olvidé y es importante. Las acciones las compro en una determinada fecha a un determinado precio, pero se me entregan 2 meses más tarde junto a las regadas. Por lo que en el banco sólo me aparece una única transacción: todas las acciones con un precio total de adquisición de lo que me costaron las compradas. Por lo tanto, según parece, al no haber una separación entre compradas y regaladas, digamos que el precio de adquisición es el precio medio.

Mis compañeros que han comentado que en sus brokers también les aparece como un única anotación y que no hay separación de regaladas y compradas.

No las declaré porque al hacer la declaración ya me dijeron que sólo tenía que declarar el beneficio cuando las vendiera.
 
Gracias por las respuestas!

Igual hay un detalle que olvidé y es importante. Las acciones las compro en una determinada fecha a un determinado precio, pero se me entregan 2 meses más tarde junto a las regadas. Por lo que en el banco sólo me aparece una única transacción: todas las acciones con un precio total de adquisición de lo que me costaron las compradas. Por lo tanto, según parece, al no haber una separación entre compradas y regaladas, digamos que el precio de adquisición es el precio medio.

Mis compañeros que han comentado que en sus brokers también les aparece como un única anotación y que no hay separación de regaladas y compradas.

No las declaré porque al hacer la declaración ya me dijeron que sólo tenía que declarar el beneficio cuando las vendiera.

No es tan sencillo como te han dicho. Aunque no hayas pagado por las acciones que te regalaron, esas acciones las recibiste a un precio (pongamos 10 euros).

Si le regalaron el mismo número de acciones a TODOS los empleados de la empresa, entonces a pesar de recibir ese pago en especies a 10 euros la acción, tu no tienes que tributar por ese regalo, y tampoco la empresa debe declararlo como especies pagadas en tu nómina.

Ojo, eso si, porque el requisito para que no paguen impuestos es que tienes que tenerlas en cartera 3 años. A partir del 3er año puedes venderlas y solo pagarás plusvalias si están más altas de 10 euros (el precio al que las recibistes). Si las vendes antes tu obligación sería hacer una paralela a la declaración del año en que te las regalaron sumando las especies del regalo a tus ingresos, es decir 10 euros x numero de acciones recibidas.

En resumen: si es un regalo que hicieron a todos los empleados (si no tributaste por ello seguro que así es) debes mantenerlas 3 años y luego solo declaras plusvalias por la diferencia entre el precio al que las rebiste y el precio al que las vendas.

Por otro lado, las que recibas como dividendos, si que están a precio 0. Esas yo me las quedaría para siempre. Por eso pagan dividendos en acciones, porque en ese caso te conviene no venderlas nunca para no tributar en exceso. Mejor cobrar en cash donde los primeros 1500 euros son desgravables.
 
No es tan sencillo como te han dicho. Aunque no hayas pagado por las acciones que te regalaron, esas acciones las recibiste a un precio (pongamos 10 euros).

Si le regalaron el mismo número de acciones a TODOS los empleados de la empresa, entonces a pesar de recibir ese pago en especies a 10 euros la acción, tu no tienes que tributar por ese regalo, y tampoco la empresa debe declararlo como especies pagadas en tu nómina.

Ojo, eso si, porque el requisito para que no paguen impuestos es que tienes que tenerlas en cartera 3 años. A partir del 3er año puedes venderlas y solo pagarás plusvalias si están más altas de 10 euros (el precio al que las recibistes). Si las vendes antes tu obligación sería hacer una paralela a la declaración del año en que te las regalaron sumando las especies del regalo a tus ingresos, es decir 10 euros x numero de acciones recibidas.

En resumen: si es un regalo que hicieron a todos los empleados (si no tributaste por ello seguro que así es) debes mantenerlas 3 años y luego solo declaras plusvalias por la diferencia entre el precio al que las rebiste y el precio al que las vendas.

Por otro lado, las que recibas como dividendos, si que están a precio 0. Esas yo me las quedaría para siempre. Por eso pagan dividendos en acciones, porque en ese caso te conviene no venderlas nunca para no tributar en exceso. Mejor cobrar en cash donde los primeros 1500 euros son desgravables.

Exacto, para saber si esas acciones se consideran rendimientos de trabajo en especie leete el art.42.2 a) de la ley IRPF. A grandes rasgos no se consideran como tal (ergo no hay que declaralo) hasta 12000 euros en acciones/año y siempre que se mantengan en cartera 3 años. Si incumples el plazo de 3 años te tocará hacer declaración complementaria imputándote esas acciones como rendimento del trabajo.

Otra cosa distinta será cuando vendas, momento en el que se declaran las plusvalías si las hay. Para ello se debe usar el criterio temporal FIFO
 
Última edición:
No es tan sencillo como te han dicho. Aunque no hayas pagado por las acciones que te regalaron, esas acciones las recibiste a un precio (pongamos 10 euros).

Si le regalaron el mismo número de acciones a TODOS los empleados de la empresa, entonces a pesar de recibir ese pago en especies a 10 euros la acción, tu no tienes que tributar por ese regalo, y tampoco la empresa debe declararlo como especies pagadas en tu nómina.

Ojo, eso si, porque el requisito para que no paguen impuestos es que tienes que tenerlas en cartera 3 años. A partir del 3er año puedes venderlas y solo pagarás plusvalias si están más altas de 10 euros (el precio al que las recibistes). Si las vendes antes tu obligación sería hacer una paralela a la declaración del año en que te las regalaron sumando las especies del regalo a tus ingresos, es decir 10 euros x numero de acciones recibidas.

En resumen: si es un regalo que hicieron a todos los empleados (si no tributaste por ello seguro que así es) debes mantenerlas 3 años y luego solo declaras plusvalias por la diferencia entre el precio al que las rebiste y el precio al que las vendas.

Por otro lado, las que recibas como dividendos, si que están a precio 0. Esas yo me las quedaría para siempre. Por eso pagan dividendos en acciones, porque en ese caso te conviene no venderlas nunca para no tributar en exceso. Mejor cobrar en cash donde los primeros 1500 euros son desgravables.

Buenas, refloto el tema porque tengo una duda de renta relacionado con esto ultimo que pongo en zain. La empresa, airbus, nos dio 10 acciones a trabajadores, sin poder venderla en tres años. Ahora ha pasado los tres años y vendí en diciembre 2015. la cuestión primera que me surge es si el precio de adquisición es la de fecha que nos la regalaron o la fecha en que se liberaron las acciones.
el entuerto sigue porque estas acciones pasaron a ser custodiadas o administradas poor una empresa francesa, societe generale, que es una vez liberadas a la que doy orden de venta. Ocurre algo por ser cuenta francesa?

Bueno espero que alguien me saque de dudas en estas dos cuestiones, gracias
 

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