Sanidad impone la mascarilla en centros sanitarios de toda España
El Ministerio de Sanidad va a imponer el uso obligatorio de la mascarilla en todos los centros sanitarios de España. No es una recomendación. Es una orden que, según el departamento que dirige Mónica García, se ejecutará este miércoles mediante una declaración de actuaciones coordinadas, la misma figura jurídica que durante la pandemia de covid sirvió para limitar horarios de la hostelería, cerrar el ocio nocturno o prohibir fumar en la calle cuando las comunidades ya habían recuperado sus competencias.
La decisión llega sin consenso. Solo una minoría de autonomías la había aceptado de antemano: Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón, Murcia y, desde el día siguiente, Canarias y Asturias. El resto abogaba por un uso meramente recomendado. Andalucía rechazó la obligatoriedad por ausencia, según su criterio, de criterios técnicos, aunque mantiene la recomendación. Madrid defendía dejar la elección en manos de los propios profesionales de los centros de salud.
Qué es una declaración de actuaciones coordinadas en salud pública
El instrumento que activa Sanidad no es nuevo. Se recoge en el artículo 65 de la ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y permite al Ministerio declarar actuaciones coordinadas en salud pública previo acuerdo del Consejo Interterritorial y audiencia de las comunidades afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad. La clave está en una expresión:
obliga a todas las partes incluidas en ella. Es decir, las autonomías que hoy prefieren recomendar la mascarilla tendrán que imponerla igualmente.
El objetivo declarado es doble. Unificar la protección de los ciudadanos vivan donde vivan y dar soporte jurídico a las comunidades que ya la habían implantado por su cuenta. En la reunión del Consejo Interterritorial, varios consejeros pidieron a la ministra que acompañara la medida de los informes técnicos que la respaldan. La orden saldrá adelante de todos modos.
Las comunidades que aceptan la mascarilla y las que la rechazan
El mapa autonómico queda partido en tres bloques. El primero, el de las seis que ya la exigían en hospitales y centros de salud. El segundo, el de las que se inclinaban por una recomendación sin respaldo sancionador. El tercero, el de casos como Andalucía, que rechazó la obligación por falta de justificación técnica pero que, tras la orden ministerial, quedará igualmente obligada a aplicarla.
En defensa de la medida se alega la unificación de la protección con independencia de la comunidad en la que se viva. En contra pesa el argumento de que la medida llega cuando el pico de la temporada respiratoria ya había empezado a remitir, lo que algunos leen como una señal de oportunismo. La crítica más repetida no es sanitaria, sino de método: se decide primero y se justifica después.
La letra pequeña: del BOE a la orden comunicada
En el terreno jurídico, la disputa está servida. Varios análisis que circulan en foros, medios y hasta en vídeos de abogados sostienen que la obligatoriedad carece de base mientras no se publique en el Boletín Oficial del Estado. Recuerdan que el 5 de julio de 2023 el BOE recogió la derogación de las medidas covid de la ley 2/2021 y que en ese texto la mascarilla quedaba como recomendación, no como obligación.
Desde el otro lado se responde que este tipo de orden coordinada no requiere publicación en el BOE para desplegar efectos, igual que no lo requerían otras medidas análogas aplicadas durante la pandemia. En Madrid, el Boletín Oficial de la Comunidad tampoco había publicado nada al cierre de esta información. El pulso está, por tanto, abierto: administración frente a juristas que discuten el encaje legal de la medida.
El tratado de pandemias y la fecha marcada en el calendario
Buena parte del material que rodea este asunto mira más lejos. El llamado tratado internacional de pandemias de la Organización Mundial de la Salud tenía fijada su aprobación para mayo de 2024, según la información citada en el debate, y una parte del análisis interpreta la vuelta de la mascarilla como un ensayo previo de lo que vendrá: mecanismos de emergencia sanitaria activables por casi cualquier motivo y avalados, según esa lectura, por un consenso amplio de las fuerzas políticas.
Aquí conviene separar el dato del temor. El tratado es un documento en negociación, cuya fecha de cierre estaba marcada en mayo de 2024. Lo que hará o dejará de hacer es una incógnita. Presentar su contenido como una agenda cerrada no pasa de ser una hipótesis sin verificar, por mucho que alimente la desconfianza. Lo comprobable, de momento, es el calendario y la fórmula legal elegida por Sanidad.
Con este escenario, lo previsible es una aplicación desigual en la práctica: comunidades que multen o no, hospitales que vigilen el acceso o miren hacia otro lado, y una pregunta abierta sobre si la orden de Sanidad sobrevive intacta a la primera impugnación de una autonomía. La medida entra en vigor el miércoles. Lo que pase después —y si alguien la recurre— no lo dice todavía ningún BOE.