Hay 3 opciones, siempre suponiendo que tu estas fisicamente en España
Q la empresa tenga sede en España, entonces te contrata la sede de España y sin mas, te tienen que hacer algun papel si al final vas a trabajar fisicamente desde el otro pais pero si vas a estar en España cuenta como una empresa española
Si la empresa no tiene sede en España tienes que hacerte autonomo y facturarles en modelo b2b
Si la empresa no tiene sede en España y no quiere que seas autonomo, te puede contratar usando un intermediario que si tiene sede en España, realmente el contrato te lo hace ese intermediario y las vacaciones y todo lo demas tiene que pasar por ahi, ademas de que se quedan una parte
Normalmente las empresas de este tipo estan acostumbradas a lo de ser autonomo, las que son mas paco quieren el intermediario para dejarse de lios, al final ese intermediario les factura a ellos
Aqui hay una lista de intermediarios con lo q cobra cada uno
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Lo del tratado de doble imposicion y todo eso de las pensiones solo aplica si no vives en España, si por ejemplo te vas a trabajar a Polonia y te contratan alli como un polaco mas, con los tratados y eso ya no tienes que pagar impuestos en España y la pensión te va a contar, pero es si te vas allí y dejas de ser residente fiscal aqui.