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Compra;
el oro de inversión está exento de pagar IVA siempre que se trate de oro físico, es decir, lingotes y monedas. Además, la pureza en el caso de los lingotes deberá ser superior al 99,5% y al 80% en el caso de las monedas. Los que no cumplan estas condiciones tendrán que pagar el correspondiente IVA del 21%, el mismo tipo que se aplica a la compra del resto de metales preciosos, incluida la plata.
Venta;
habrá que pagar en el impuesto de la renta por las ganancias que genere la transacción. De esta forma, si se ha logrado una plusvalía con la operación, será necesario reflejarlo, teniendo en cuenta que esta se calcula por la diferencia entre el precio de compra y el de venta. Esto también se aplica a los regalos y herencias.
Según la actual legislación la fiscalidad del ahorro establece tres tramos:
Rendimientos de hasta 6.000 euros – 21%
Rendimientos desde 6.000 hasta 24.000 euros – 25%
Rendimientos superiores a 24.000 euros – 27%.