De quien seran los terrenos que se formen cuando la lava gane cientos de metros al mar?


Ver también aluvión-avulsión aunque son variedades de lo mismo.
Si bien sería de los dueños de las parcelas con quienes limita el nuevo terreno, supongo que al terminar en el mar, la línea costera será de titularidad del Estado, con lo que la ganancia de terreno también.
También habría que ver que la Ley de Costas o similares no hayan legislado al respecto (cosa bastante probable).
Es por estas cosas que las accesiones, aluviones y alusiones suelen aplicarse en ríos y acuíferos (entre otros) y no en estos fenómenos ocurridos en el mar.
 
Las aguas territoriales se cedieron a Jovenlandia, nada más q añadir.
 
Si bien sería de los dueños de las parcelas con quienes limita el nuevo terreno, supongo que al terminar en el mar, la línea costera será de titularidad del Estado, con lo que la ganancia de terreno también.
También habría que ver que la Ley de Costas o similares no hayan legislado al respecto (cosa bastante probable).
Es por estas cosas que las accesiones, aluviones y alusiones suelen aplicarse en ríos y acuíferos (entre otros) y no en estos fenómenos ocurridos en el mar.
Como bien dices los nosecuantos metros de línea de playa son de titularidad pública así que lo ganado al mar lo será.
Pero lo que antes estaba pegado a mar y ahora está a nosecunatos +1 metros de la orilla podrían ser de alguien cuando antes eran de titularidad pública por la ley de costas.
 
Si bien sería de los dueños de las parcelas con quienes limita el nuevo terreno, supongo que al terminar en el mar, la línea costera será de titularidad del Estado, con lo que la ganancia de terreno también.
También habría que ver que la Ley de Costas o similares no hayan legislado al respecto (cosa bastante probable).
Es por estas cosas que las accesiones, aluviones y alusiones suelen aplicarse en ríos y acuíferos (entre otros) y no en estos fenómenos ocurridos en el mar.
Habrá que rectificar la línea que delimita el demanio maritimo-terrestre, tantos metros desde la orilla y tal. El resto, lógicamente será de los propietarios de las parcelas, que sobre el papel limitan con esa línea.
Tengo una parcela X que en el registro, catastro etc, limita al este por ejemplo con el demanio marítimo terrestre, sin más especificación. Pues si se modifica este, también el tamaño de la parcela. Así más o menos sería la cosa.
 

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