Autónomos ¿Como no chapáis el garito en España y os lo abrís en Estonia ya? No hay que viajar ni residir en Estonia.

Me has convencido. El lunes, después de mas de 20 años, vuelvo a España y monto 3-4 empresas...

Un pdf "normal" con alguna notificación con referencia a la legislación correspondiente suele ocupar entre 0,8 y 1,2 MB. Si movéis cantidad de MB, mi enhorabuena. A mi solo me llegan notificaciones al correo electrónico dado como dirección de contacto, entro en la sede administrativa correspondiente con mi certificado electrónico a partir de un enlace contenido en el correo electrónico, veo lo que hay y actuó en consecuencia (te suelen dar hasta un enlace para iniciar el proceso de pago). Todo con un vocabulario normal, que entiende el pepito de a pie, con procedimientos de recurso sencillos, con procesos de declaración sencillísimos, con requisitos contables que incluso te permiten llevar tu los "libros" sin saber el idioma local, etc... Por ejemplo, en Suecia; en la otra orilla del Báltico, incluso mas simplificado todo. El gestor esta PERECID en el norte de Europa. Lo dicho, el lunes hago la maleta de carton y me vuelvo a casa, incluso antes de Navidad. Ganas tremendas de que me embarguen sueldos, cuentas y demás siguiendo el super cuqui procedimiento que tan bien has descrito, creado para alegrar la vida de los administradores (que no socios, ojo, no nos olvidemos de que no son lo mismo) de las SL.

Ojo: MB = unidad de tamaño de ficheros; Mb = unidad de velocidad de descarga.

Esta es la realidad societaria española, te pongas como te pongas: paco empresas de guano de menos de 5 empleados en un % altísimo, chiringuitos que un tío con la EGB acabada tendría que poder gestionar de forma civilizada, sin necesidad de gestores, abogados y titiriteros varios, y sin acoso administrativo. Nunca he sido muy fan de Estonia (nunca ha valido para lo que se discute en el foro en general) hasta hoy meparto:meparto:meparto:

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No hace falta que hagas ninguna maleta.

Te acercas al consulado español, te sacas el certificado digital


Te metes en el PAE


Y a tirar millas. a funcionar con las sedes electrónicas de las diferentes administraciones.

Mover datos lo que es mover datos... Poca cosa. Unos petabytes de nada... roto2

El Green Data Center gestionará más de 4 petabytes de información y costará 60 millones. Tres UTEs han sido admitidas para gestionar la transformación digital informática y optan a un contrato de 123 millones.


Para hacerse una idea:

Ejemplos
  • tiene alrededor de 70 petabytes de datos.
  • procesa sobre 20 petabytes de datos cada día.
  • En diciembre de 2007, tuvo un tráfico de 27 petabytes.
  • El genera unos 20 petabytes de datos útiles al año.
  • Filmar la vida de una (100 años) en alta definición (10 megapíxeles, 50 fotogramas por segundo) ocuparía 0,5 petabytes. Sin tener en cuenta, formato ni codificación de vídeo, ni audio.
  • tiene 60 000 millones de imágenes, lo que supone 1,5 petabytes de almacenamiento y crece a un ritmo de 220 millones de imágenes por semana.
  • tiene ficheros indexados por valor de 1,6 petabytes.
  • AT&T transfiere por sus redes alrededor de 16 petabytes de datos al día.
  • consiguió 25 petabytes de archivos antes de su cierre.



 
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A mi solo me llegan notificaciones al correo electrónico dado como dirección de contacto, entro en la sede administrativa correspondiente con mi certificado electrónico a partir de un enlace contenido en el correo electrónico, veo lo que hay y actuó en consecuencia (te suelen dar hasta un enlace para iniciar el proceso de pago).

Las notificaciones telemáticas de la SS desde el lado del ciudadano funcionan tal que así:

- Recibes un SMS o un correo electrónico con un aviso tienes una notificación pendiente (aunque tengan enlace no los pincho por precaución, no vaya a ser phising o scamming, es preferible ir directo al área personal de la sede electrónica)

- Realizas los pasos del videotutorial que he enlazado más arriba (te identificas y descargas el documento en pdf)

- Puedes tener comunicaciones, requerimientos de documentación, trámites de audiencia, resoluciones, cartas de pago... Cualquier tipo de documento administrativo que sea susceptible de tratamiento electrónico (con su código de barras y/o su CSV -código seguro de verificación- y su CEA -código electrónico de verificación)


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Las notificaciones telemáticas de la SS desde el lado del ciudadano funcionan tal que así:

- Recibes un SMS o un correo electrónico con un aviso tienes una notificación pendiente (aunque tengan enlace no los pincho por precaución, no vaya a ser phising o scamming, es preferible ir directo al área personal de la sede electrónica)

- Realizas los pasos del videotutorial que he enlazado más arriba (te identificas y descargas el documento en pdf)

- Puedes tener comunicaciones, requerimientos de documentación, trámites de audiencia, resoluciones, cartas de pago... Cualquier tipo de documento administrativo que sea susceptible de tratamiento electrónico (con su código de barras y/o su CSV -código seguro de verificación- y su CEA -código electrónico de verificación)


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Pareces un funcionario español. A ver si te enteras, que yo no tengo por qué mirar ningún tutorial para recibir una notificación de Amazon o de mi banco, por qué los funcionarios se empeñan en diseñar procedimientos que requieren que pierda el tiempo mirando tutoriales...si cualquier plataforma de CRM tacaño te permite mandar un email y saber si el receptor lo ha abierto, sin obligar al receptor a mirar ningún tutorial ni instalarse ninguna app, ni mirar la fecha de validez del DNI (cl@ve).

Como han dicho más arriba con esos abrumadores argumentos vais a convencer a todos los que han montado sus empresas offshore a que vuelvan a Españistan para que los funcionatas puedan controlarles y robarles con menor esfuerzo.
 
Pareces un funcionario español. A ver si te enteras, que yo no tengo por qué mirar ningún tutorial para recibir una notificación de Amazon o de mi banco, por qué los funcionarios se empeñan en diseñar procedimientos que requieren que pierda el tiempo mirando tutoriales...si cualquier plataforma de CRM tacaño te permite mandar un email y saber si el receptor lo ha abierto, sin obligar al receptor a mirar ningún tutorial ni instalarse ninguna app, ni mirar la fecha de validez del DNI (cl@ve).

Como han dicho más arriba con esos abrumadores argumentos vais a convencer a todos los que han montado sus empresas offshore a que vuelvan a Españistan para que los funcionatas puedan controlarles y robarles con menor esfuerzo.

Hay que jorobar. El tutorial no es para recibir la notificación. Es informativo y lo he sacado de la revista electrónica Activa de un artículo de difusión para gente que se enfrenta por primera vez al servicio por qué ha recibido un SMS o un correo electrónico (muchos se piensan que es scamming o embeleco digital)


Que tampoco hace fruta falta verlo si ya lo conoces (como la banca electrónica o el Amazon o cualquier comercio electrónico). ¿La primera vez que accediste a Amazon o a banca electrónica conocías toda su operativa o ibas probando? ¿No te has leído nunca un puro FAQ para saber utilizar un servicio web? Pues esto es lo mismo.

Lo de la identificación electrónica (clave o certificado) es por seguridad que si te pillan las claves del banco te limpian la cuenta pero es que si te pillan la identificación electrónica es que te hacen un con poca gracia con la cantidad de embelecos que pueden hacer en tu nombre.

 
Pareces un funcionario español. A ver si te enteras, que yo no tengo por qué mirar ningún tutorial para recibir una notificación de Amazon o de mi banco, por qué los funcionarios se empeñan en diseñar procedimientos que requieren que pierda el tiempo mirando tutoriales...si cualquier plataforma de CRM tacaño te permite mandar un email y saber si el receptor lo ha abierto, sin obligar al receptor a mirar ningún tutorial ni instalarse ninguna app, ni mirar la fecha de validez del DNI (cl@ve).

Como han dicho más arriba con esos abrumadores argumentos vais a convencer a todos los que han montado sus empresas offshore a que vuelvan a Españistan para que los funcionatas puedan controlarles y robarles con menor esfuerzo.

Amplío.

A nivel mercantil que una plataforma CRM tacaño permita saber si el recepto ha abierto el mail o no pues está muy bien y será muy útil para ciertos aspectos del negocio pero es que de lo que estoy tratando es de medios para comprobar la integridad y autenticidad del documento electrónico.

Que tampoco es que estés obligado a verificar el documento electrónico, eh?? Es por seguridad. No sé si alguna vez te habrán colado una factura falsa por e-mail. Debe ser muy útil para el emisor saber si el receptor lo ha abierto pero para el receptor es impepinable verificar que esa factura es real antes de proceder a su conformidad, contabilidad y pago. ¿Como confirmas que una factura que no esperabas es real? En mi barrio hay que rascar. Con un documento electrónico no hace falta rascar. Metes la huella electrónica (CSV o CEA) en el servicio web de verificación y no tienes que estar llamando por teléfono al puro funcivago que no te lo coge por qué la atención telefónica al ciudadano está externalizada y no se encuentra bien dimensionada para el volumen de llamadas y no para de saltarte el robot o directamente comunicando.

Me imagino que en seresdeluzlandia no tendréis estos casos:


Los ciberdelincuentes buscan nuevas formas de quedarse con lo ajeno. El Banco de España ha alertado esta semana del conocido como embeleco del correo electrónico corporativo o Business E-mail Compromise (BEC), que afecta a empresas que pagan facturas a través de transferencias bancarias.

Según se explica en el portal del cliente bancario de la entidad, el engaño consiste en suplantar a algún proveedor que remite facturas a una compañía a través del correo electrónico. Haciéndose pasar por ella y suplantando el IBAN del pago, consiguen desviar dinero a cuentas de los delincuentes.



Afortunados vosotros. Vuestro será el reino de los CEO.
 
A ver , que lo que te ahorras es el robo de 300 al mes de SS ( quie quiere aumentar el escrivá) , y recaudarles el IVA
El irpf lo pagas como persona física residente en España.

Eso sí, te montas la empresita estonia , y te pones nómina SMI.

Les den por el puro pandero apestoso
 
A ver , que lo que te ahorras es el robo de 300 al mes de SS ( quie quiere aumentar el escrivá) , y recaudarles el IVA
El irpf lo pagas como persona física residente en España.

Eso sí, te montas la empresita estonia , y te pones nómina SMI.

Les den por el puro pandero apestoso

Mientras limites la actividad de tu empresa fuera de España no hay problema alguno por lo del alta en SS.

Ahora bien...

Como tengas actividad en España te vas a comer un buen pufete por lo que a la SS se refiere entre sanciones por falta de alta y liquidación de cuotas atrasadas.

Al primer cliente que te pida el corriente de SS y de hacienda le va a dar igual que seas e-estonio que para comerse pufos tiene demasiados contratistas de confianza para elegir y a ver como justifica tu subcontratación si no tienes actividad en España ¿vas a hacer un e-desplazamiento desde tu e-residencia estonia?

El Supremo dinamita el sistema de subrogación en las contratas de servicios
Las adjudicatarias cargarán con deudas que afloren con Hacienda o la Seguridad Social
El Alto Tribunal ha unificado doctrina tras sentencias en Luxemburgo



Me temo que por este hilo hay mucho Manolete, zi no zabe pa qué te mete.




Meto ejemplo de país poblado por seres de la luz respecto las empresas de transporte:





Por lo tanto, a partir de septiembre de 2020 las autoridades holandeses empezarán a sancionar las empresas que no hayan notificado el desplazamiento de sus trabajadores.

Todas las empresas con trabajadores desplazados y autónomos (con o sin trabajadores) del de mercancías por carretera están obligados a notificar los desplazamientos.

¿Qué obligaciones tiene la empresa?


  1. La empresa tiene la obligación de designar un representante con domicilio en Holanda.
  2. Notificar el desplazamiento de los conductores mediante una comunicación telemática con una validez máxima de 1 año.
Documentación trabajadores desplazados

No será necesario llevar en el vehículo una copia de la notificación del desplazamiento pero si se exigirá que el conductor lleve consigo los siguientes documentos (en papel o en versión digital):


  • Contrato de trabajo.
  • Nómina y comprobante de pago.
  • Resumen de horas de trabajo (tacógrafo).
  • Formulario A1.









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En Francia son más simpaticos simpaticas simpatices, además de esto te piden también el CLEISS

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Nada que no puedas obtener a golpe de click.

Pero...

Si no quieres acabar con el pandero dilatado bandera de Japón style más te vale que busques asesoramiento especializado más que lo que un tío (que seguramente en la vida real no será nadie pero que en internet se monta sus historias) te diga en una web no oficial o en un floro.
 

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Hombres de una manola para contratos de suministro, teléfono, etc, manda.

Lo malo de ir de pufero es que las empresas serias no te dan negocio y el juego acaba siendo entre puferos que pasan como de la guano de la burocracia esta que para subrogar una contrata te pidan papeles (de estar al corriente en la SS y Hacienda) que no se piden en los países de seres de la luz en la que todos se fian de todos y nadie se come un pufo como un camión por qué son todos muy legales y cumplidores. En esos países puedes comprar empresas endeudadas hasta las trancas que sabes que no pasa nada. Que el vendedor al cerrar el trato con el estrechón de manos ya te ha dicho que no te va a dejar ningún pufo y se las va a pirar al Caribe con la pasta que le has dado. Que si no te ha traspasado la empresa limpia de pole y una manola ha sido por los imponderables esos que ya sabes tú que siempre hay.

Y ahora una ración de preguntas:

¿Sabes lo que es el levantamiento del velo?


¿Sabes lo que es un administrador de hecho?



¿Sabes lo que es la derivación de responsabilidad al administrador?


¿Conoces a Manolete?

 
La primera vez que accediste a Amazon o a banca electrónica conocías toda su operativa o ibas probando? ¿No te has leído nunca un puro FAQ para saber utilizar un servicio web? Pues esto es lo mismo.

Pues evidentemente no. ¿Tú te has tenido que leer un manual o tutorial para comprarpor Amazon, buscar en google, usar twitter o forear en burbuja?

Naturalmente que no, porque detrás hya profesionales de diseño UX. Esas empresas se preocupan (por la cuenta que les trae) de que sus sistemas sean intuitivos. A los funcivagos españoles no, porque el administrado "que se aguante" y si se equivoca pues encima multa al canto.

Hay paises donde la administración pública está al servicio de los ciudadanos y paises donde la administración pública parasita a los ciudadanos.
 
Mientras limites la actividad de tu empresa fuera de España no hay problema alguno por lo del alta en SS.

Ahora bien...

Como tengas actividad en España te vas a comer un buen pufete por lo que a la SS se refiere entre sanciones por falta de alta y liquidación de cuotas atrasadas.

Al primer cliente que te pida el corriente de SS y de hacienda le va a dar igual que seas e-estonio que para comerse pufos tiene demasiados contratistas de confianza para elegir y a ver como justifica tu subcontratación si no tienes actividad en España ¿vas a hacer un e-desplazamiento desde tu e-residencia estonia?

El Supremo dinamita el sistema de subrogación en las contratas de servicios
Las adjudicatarias cargarán con deudas que afloren con Hacienda o la Seguridad Social
El Alto Tribunal ha unificado doctrina tras sentencias en Luxemburgo



Me temo que por este hilo hay mucho Manolete, zi no zabe pa qué te mete.




Meto ejemplo de país poblado por seres de la luz respecto las empresas de transporte:





Por lo tanto, a partir de septiembre de 2020 las autoridades holandeses empezarán a sancionar las empresas que no hayan notificado el desplazamiento de sus trabajadores.

Todas las empresas con trabajadores desplazados y autónomos (con o sin trabajadores) del de mercancías por carretera están obligados a notificar los desplazamientos.

¿Qué obligaciones tiene la empresa?


  1. La empresa tiene la obligación de designar un representante con domicilio en Holanda.
  2. Notificar el desplazamiento de los conductores mediante una comunicación telemática con una validez máxima de 1 año.
Documentación trabajadores desplazados

No será necesario llevar en el vehículo una copia de la notificación del desplazamiento pero si se exigirá que el conductor lleve consigo los siguientes documentos (en papel o en versión digital):


  • Contrato de trabajo.
  • Nómina y comprobante de pago.
  • Resumen de horas de trabajo (tacógrafo).
  • Formulario A1.









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En Francia son más simpaticos simpaticas simpatices, además de esto te piden también el CLEISS

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Nada que no puedas obtener a golpe de click.

Pero...

Si no quieres acabar con el pandero dilatado bandera de Japón style más te vale que busques asesoramiento especializado más que lo que un tío (que seguramente en la vida real no será nadie pero que en internet se monta sus historias) te diga en una web no oficial o en un floro.

Me parece que andas perdido. Las empresas de los e-residentes hacen actividades 100% digitales, no mueven mercancías ni átomos. SOLO BITS. Y eso lo puedes hacer desde España, Estonia o Singapur.

De hecho muchos de los e-residentes no pasan más de 180 días en ningún pais (nómadas digitales) y suelen pedir la residencia en Chipre.

Para los que residen en España lo ya mencionado, si no trabajan para la sociedad y todo el trabajo se realiza fuera (y siendo digital es fácil conseguirlo) solo pagarán impuestos al repartir dividendos, lo que te permite evitar muchos de los quebraderos de cabeza de ser autónomo o montar una SLU en España (y no tanto ahorrar en impuestos, para eso mejor montar la empresa en otros paises, y no en Estonia que pertenece a la UE).
 
Pues evidentemente no. ¿Tú te has tenido que leer un manual o tutorial para comprarpor Amazon, buscar en google, usar twitter o forear en burbuja?

Naturalmente que no, porque detrás hya profesionales de diseño UX. Esas empresas se preocupan (por la cuenta que les trae) de que sus sistemas sean intuitivos. A los funcivagos españoles no, porque el administrado "que se aguante" y si se equivoca pues encima multa al canto.

Hay paises donde la administración pública está al servicio de los ciudadanos y paises donde la administración pública parasita a los ciudadanos.

Yo no he tenido que hacer ningún curso ni verme ningún video tutorial para lo que es identificarse, siguiente, siguiente, siguiente, aceptar, firmar, imprimir. Ya ves. Una jodienda lo del video tutorial este. Es mucho más difícil hacer una apuesta on line y hasta que se limitó la publicidad el Sobera se sacaba un sobresueldo majo por no hablar de los quintillones de anuncios y patrocinios deportivos. Ese gasto en publicidad tiene un retorno. La intensidad de esas campañas me hace pensar que esta gente mueve muuuuucha pasta y que tienen muchos clientes que no son mayores ni simple.

Estos de las apuestas y mucha gente más, por muy intuitivo, que sea necesita apoyo. Si es que hay gente que paga 50€ por qué le pidan una fruta vida laboral y cuando se enteran que es gratuita y piden que se les devuelva el dinero hay que decirles que es totalmente legal que un tercero le cobre por el servicio de la gestión (por eso se llaman gestores) no por el documento que se expide de manera gratuita y es meter dni, fecha nacimiento y móvil, darle a un botón, recibir un código SMS, introducirlo y sacar el pdf!!!

Es mucho más dolido (hay más pasos) comprar algo por amazon y no veo a nadie cobrando por hacer pedidos (cuestión aparte los dropshippers)
 
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Yo no he tenido que hacer ningún curso ni verme ningún video tutorial para lo que es identificarse, siguiente, siguiente, siguiente, aceptar, firmar, imprimir. Ya ves. Una jodienda lo del video tutorial este. Es mucho más difícil hacer una apuesta on line y hasta que se limitó la publicidad el Sobera se sacaba un sobresueldo majo por no hablar de los quintillones de anuncios y patrocinios deportivos. Ese gasto en publicidad tiene un retorno. La intensidad de esas campañas me hace pensar que esta gente mueve muuuuucha pasta y que tienen muchos clientes que no son mayores ni simple.

Estos de las apuestas y mucha gente más, por muy intuitivo, que sea necesita apoyo. Si es que hay gente que paga 50€ por qué le pidan una fruta vida laboral y cuando se enteran que es gratuita y piden que se les devuelva el dinero hay que decirles que es totalmente legal que un tercero le cobre por el servicio de la gestión (por eso se llaman gestores) no por el documento que se expide de manera gratuita y es meter dni, fecha nacimiento y móvil, darle a un botón, recibir un código SMS, introducirlo y sacar el pdf!!!

Es mucho más dolido (hay más pasos) comprar algo por amazon y no veo a nadie cobrando por hacer pedidos (cuestión aparte los dropshippers)

A que eres gestor, es ddcir vives de que la administración española haga los procedimientos complicados y farragosos. Pues mira, hay otros paises que lo ponen fácil al contribuyente y donde las gestorías son por tanto más económicas (porque todo está mucho más automatizado).

Por eso tu empeño en pintarlo tan mal... porque Companio es la competencia de tu gremio y claro se te acaba el chollo de cobrar 50€ por descargar una vida laboral, porque en el momento en que una administración simplifica las cosas tu conocimiento pierde valor.
 
A que eres gestor, es ddcir vives de que la administración española haga los procedimientos complicados y farragosos. Pues mira, hay otros paises que lo ponen fácil al contribuyente y donde las gestorías son por tanto más económicas (porque todo está mucho más automatizado).

Por eso tu empeño en pintarlo tan mal... porque Companio es la competencia de tu gremio y claro se te acaba el chollo de cobrar 50€ por descargar una vida laboral, porque en el momento en que una administración simplifica las cosas tu conocimiento pierde valor.

¿Quien está poniendo a parir la simplificación de los procedimientos administrativos?

¿Yo? meparto:

Si opino que es más dificil hacer una compra on-line o una apuesta deportiva con pasarela de pago y paypal si no lo has hecho nunca que darte de alta en autónomos!!!

Lo puedes comprobar en el portal de la SS:



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O dar de alta a una empleada del hogar











(PD: actualmentet soy técnico en SS aunque en su día fui gestor, sí)
 

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Me parece que andas perdido. Las empresas de los e-residentes hacen actividades 100% digitales, no mueven mercancías ni átomos. SOLO BITS. Y eso lo puedes hacer desde España, Estonia o Singapur.

De hecho muchos de los e-residentes no pasan más de 180 días en ningún pais (nómadas digitales) y suelen pedir la residencia en Chipre.

Para los que residen en España lo ya mencionado, si no trabajan para la sociedad y todo el trabajo se realiza fuera (y siendo digital es fácil conseguirlo) solo pagarán impuestos al repartir dividendos, lo que te permite evitar muchos de los quebraderos de cabeza de ser autónomo o montar una SLU en España (y no tanto ahorrar en impuestos, para eso mejor montar la empresa en otros paises, y no en Estonia que pertenece a la UE).

No acabo de encontrar la diferencia entre lo que digo

'Mientras limites la actividad de tu empresa fuera de España no hay problema alguno por lo del alta en SS.

Ahora bien...

Como tengas actividad en España te vas a comer un buen pufete por lo que a la SS se refiere entre sanciones por falta de alta y liquidación de cuotas atrasadas.'


Y lo que dices.

'Para los que residen en España lo ya mencionado, si no trabajan para la sociedad y todo el trabajo se realiza fuera (y siendo digital es fácil conseguirlo) solo pagarán impuestos al repartir dividendos, lo que te permite evitar muchos de los quebraderos de cabeza de ser autónomo'


Juraría que estamos diciendo lo mismo. ¿Podrías decirme donde se encuentra la diferencia?

¿Tendría que haber acotado el 'no hay problema alguno' por la falta de alta en la SS al no estar comprendido en el campo de aplicación'?

Es que creía que este conceto residencia+actividad en España = alta en SS y cualquier otra combinación residencia/actividad España/extranjero no suponía alta alguna en SS ya había quedado claro en un tochopost anterior...
 
A ver, esoto es como poner un candado rellenito a la bici o una alarma de Securitas Direct. No van a impedir que te roben, pero si hay otras bicis y otras casas sin eso pues los ladrones irán primero a por los otros.

La cosa es que si montas la empresa en Estonia paralos ladrones de Hacienda es u poco más difícil embargar las cuentas de la empresa estona. Eso si, dinero quete traigas a España como persona fisica (que reside en España), dinero que lógicamente tendra que tributar en España.

En lo de Estonia veo dos situaciones:

SITUACION A:

Pimpollo que haciendo trabajillos por internet o con tienducha online se gana unos 500 u 800 euros al mes para extras o vicios. Puede ser su único trabajo o algo que hsce en su tiempo libre como funcionario de correos. Si lo hace en España tiene dos opciones:

- Ir en zain y cobrar ese dinero en una cuenta tipo Revolut o Paypal (si lo cobra en cuenta española le cazan rápido)... e ir sacando la pasta del cajero.
Durante unos años esa táctics le puede funcionar si no acumula mucho dinero y cae por debajo del radar.

- La legal: darse de alta como autónomo y empezar a pagar 50 euros al mes de autonomos más 90 euros de gestoria para presentar los 1000 papeles. De ahí declarar IVAs e IRPFs (salvo que ingrese menos de 14000) y ni ocurrirsele declarar como gasto un móvil, una conexión a internet o una cocacola porque Hacienda te dirá que no, que eso no es aceptable y te crujirá a multas y quebraderos de cabeza.

Como alternativa puede montar una empresa en Estonia GUANO OÜ, tendra que seguir pagando los 90 euros de gestoría (mas unos 500 que cuesta todo el proceso). Abrir una cuenta en una fintech fuera de España CUYO TITULAR ES GUANO OÜ y empezar a facturar por ahí. La Hacienda estona no es tan ladrona como la española y podrá declarar ciertos gastos (conexión a internet, móvil, ropa "de trabajo", mobiliario, y sobre todo gastos de viajes) a nombre de la empresa y el resto pues ir guardandolo en las cuentas Estonas.

Hacienda para crujirle primero tendría que detectarle. Eso lo tiene algo más difícil que en España. La Fintech le va a preguntar que por qué quiere los estractos (en España los bancos se los dan sin preguntar nada), y si España decide que la empresa GUANO OÜ tiene un establecimiento permanente en España tendra que discutirlo con la Hacienda Estona que vcomo podeis imaginar no va a ceder tan facilmente porque a Estonia le interesa que las empresas se monten allí y paguen impuestos allí. Si Hacienda quiere embargar a Pepe tiene que embargar a GUANO OÜ y currarselo un poco. El ladrón de hacienda, funcionario de alma derroida, buscará conseguir su bonus (objetivo robar X euros al ciudadano) y empezará por las víctimas más fáciles no con GUANO OÜ.

Yo la verdad para gente que gane menos de 500 euros al mes con chapuzas digitales solo veo dos opciones: jugartela a todo en B o montar la empresa en Estonia pero solo si piensa que aquello puede crecer. Y eso nos lleva al punto 2.

SITUACION B:

Si lo que vendes (servicio o producto) como autónomo sin empleados se puede hacer 100% online y empiezas a ganar una cantidad importante (más de 6000 euros al mes) llega un momento en el que hacerlo tú solo desde España es absurdo.

Lo primero es sobre hacerlo tu solo: a esos niveles de beneficios para ganar más no te vas a poner a echarle más horas, para que el gobierno te robe el 45% de IRPF. Además el día tiene 24 horas. En ese momento te conviertes en un empresario: vas a buscar contratar gente que trabaje para tí, tu les pagas algo justo pero tú te quedas con un % de las ganancias (porque pones tu dinero en riesgo o eres el que tiene la cartera de clientes o lo que sea). Si contratas gente como autónomo en España (nóminas) te buscas la ruina (literal). Entonces tienes basicamente 3 opciones:

- Montar una sociedad unipersonal en España sin empleados, subcontratando a otros autónomos y que los ladrones de la Hacienda española, con todos tus datos disponibles y sin seguridad juridica alguna te digan que lo tuyo es una "Sociedad interpuesta para la elusión fiscal" y te crujan vivo. También te crujirá la seguridad social al considerar a los autónomos con los que trabajas como "autónomo dependiente o falso autónomo".

- Montar una sociedad con gente en nómina (para evitar lo de la sociedad interpuesta). Siendo micropyme como contrates a alguien que se de de baja o tenga un descendiente o cualquier otra cosa te arruinas igual. Te trinc vivo a regulaciones (registros de horario, pagarle la luz a los empleados si hacen teletrabajo, licencias de apertura y 10.000 guano que no te dejarán centrarte en hacer crecer tu negocio). Además pagarás impuesto de sociedades desde el primer euro, iva trimestral y como te metas en un proyecto rellenito y paguen tarde o no te paguen te puedes arruinar y quebrar de éxito.

- Montas una empresa en Estonia (unos 500 euros entre tarjeta y otras tasas), ni siquiera tienes que poner por adelantado el capital social mínimo de 3000 euros (en España si). Contratas uno o dos freelancers que vivan en Estonia o en Colombia para que hagan una parte razonable del trabajo, tú simplemente te repartes los beneficios que necesitas para vivir (y ahí si, la empresa GUANO OÚ paga el 20% en Estonia y luego tú el IRPF correspondiente (que si no pasas de 30000 euros al año no es tanto y si es menos de 14000 ni siquiera tienes que declarar. La empresa GUANO OÜ se ahorra además IVAs trimestrales, retenciones de IRPF, control de horario, ley absurda del teletrabajo, informe de impacto de género, etc etc y puedes ir guardando el dinero que no necesites sacar para HACER CRECER TU NEGOCIO.

Para el funcionario de alma derroida de Haciends robarte para cobrar su bonus si tienes la empresa GUANO OÜ no es imposible, pero es más dificil. Tendrá que pedir información al gobierno de Estonia, para consultar cualquier contrato, cobros y pagos, tendrá que entenderse con funcionarios estonios en inglés y rellenar papeles y formularios. Salvo que ganes cifras ya de medio millón de euros para arribs raro es que le vaya a compensar el esfuerzo porque su tiempo es limitado y tiene que alcanzar su bonus (lo que de verdad le importa). Y si facturas 500.000 euros al año o más lo normal es que tengas en Estonia ya empleados y entonces dificilmente la Hacienda española va a convencer a un JUEZ ESTONIO de que GUANO OÜ es una empresa que en realidad tiene que tributar en España porque su único accionista es español. Entre otras cosas porque si la empresa gana ese dinero eso son ingresos que Estonia no va a querer soltar sin pelearlos.

EN RESUMEN:

Lo de la empresa en Estonia no está pensado ni debe usarse para ahorrarse impuestos si eres un autónomo individual... para eso mejor hacerlo todo en B.

Esta pensado para CREAR UNA EMPRESA, y hacerla crecer... y ahí si que tener una fiscalidad más clara y más inteligente, con mayor seguridad jurídica puede valer la pena.

Creo que no lo quieres entender. Es que da igual donde estan tus trabajadores, si el equipo directivo esta en España ya puedes tener trabajadores en la China o en Papua Nueva Guinea, que para el estado es una empresa con actividad permanente en España.

Que sea dificil a Hacienda reclamar la empresa a Estonia y el funcionario sea un vago y termine pasando, o que hacienda no suela mirar ese tipo de cosas, eso ya es otro tema...

Pero como poder, no se puede.
 
Creo que no lo quieres entender. Es que da igual donde estan tus trabajadores, si el equipo directivo esta en España ya puedes tener trabajadores en la China o en Papua Nueva Guinea, que para el estado es una empresa con actividad permanente en España.

Que sea dificil a Hacienda reclamar la empresa a Estonia y el funcionario sea un vago y termine pasando, o que hacienda no suela mirar ese tipo de cosas, eso ya es otro tema...

Pero como poder, no se puede.
Tienes razón, y añadiré otra cosa más. Todo el dinero que tengas dentro de bancos de la ue te lo pueden quitar fácilmente. Hay una ley europea que permite el embargo de bienes dentro de territorio comunitario.
Cuidado con las cuentas de N26, Revolut, etc
El que quiera emprender lo mejor que puede hacer es ir haciendo las maletas
 
Yo no soy asesor fiscal, pero todo esto lo he investigado. Es mas llegue a pagar un asesor (de "Tu Empresa en Estonia / Companio", que honestamente no me dio una respuesta clara.
El asesor me dijo que, existen estas reglas pero que no conoce a nadie en su experiencia a la que hacienda le haya atraido la empresa a España. Vamos me sono todo a medio guitarreo, un "si si, pero no". Imagino que no quieren perder clientes que crean sus empresas.

Pero basta con buscar un poco para darse cuenta de que NO es posible:

- Basta con abrir la PAGINA WEB oficial de E-RESIDENCY para ver la primera parte del FAQ / knowledge center donde lo primero de lo que te hablan es del ESTABLECIMIENTO PERMANENTE y te recomiendan que te informes.
- Con buscar un poquito en web de asesorias se encuentra las respuestas:


¿Es tan fácil constituir una Sociedad en Estonia y dejar de pagar impuestos?

Contrariamente a lo que pueda creerse, es un gran error montar una Sociedad en Estonia y empezar a facturar desde ahí mientras sigue viviendo en, por ejemplo, Madrid.


Salvo que resida en países con tributación territorial (principalmente sudeste asiático, regímenes preferenciales o islas remotas), los principios de la fiscalidad internacional no reconocen las e-residency. Mucho más importantes son conceptos como la “sede de dirección efectiva”, la “sustancia económica”, las CFC rules o transparencia fiscal internacional, y todos ellos desaconsejan opciones como la estonia.


En otras palabras, si su idea es seguir viviendo en (y operando desde) su país de residencia no debería usted constituir una sociedad en Estonia.


Pero todo esto no significa que haya que descartar totalmente la opción estonia, cuyas ventajas explicaremos a continuación. También, al final de esta guía, comentaremos otras alternativas para que el perfil de emprendedor digital pueda reducir su factura fiscal.


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Las mejores opciones en la UE son basicamente emigrar: Portugal 20% durante 10 años, Polonia (sociedad unipersonal) pags 15% + seguridad social, vamos no llegas al 20% de impuestos, Rumania 3% ... eso en la UE.

El caso de polonia lo conozco bien porque vivi alli y casi toda la gente en IT trabaja asi, o como ellos lo llaman B2B (business to business). Hasta grandes tecnologicas ofrecen B2B porque directamente sino la gente pasa de currar.

YO estoy muy DOLIDO, porque me vine a España despues de 10 anios pensando en que me darian la LEY BECKHAM vamos pagar 24% como empleado durante 6 años y de momento hacienda me esta dando largas. Ademas me leo la letra pequenia de la ley beckham y si me hago autonomo o creo empresa para ganar algo extra, me sacan del plan. TOTAL QUE ME HAN MALO.

Vamos, que mi unica opcion es dejar el alquiler y todo ( no llevo ni medio anio) y salir pitando de este pais a Polonia de nuevo, o Portugal, para no ovlver jamas.
 

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