Me parece cojinudo que alguien con mucho patrimonio y
la opción de esquivar la cuota de autónomos, que
parece ser que no es un privilegio en absoluto, cualquier trabajador autónomo puede escoger si quiere meter la pasta en un plan de pensiones complementario pasando de darse de alta en RETA)
Pero no es mi pregunta.
No estoy preguntando por qué alguien no quiera darse de alta de autónomos.
Repregunto por quinta vez, que aún nadie me ha contestado esta divagación mental mía, que creo que es muy concreta.
Si pudiendo cotizar por autónomos, ha optado por la Mutualidad como opción obligatoria, ¿por qué quiere cambiar las cartas a mitad partida?.
Ya sé que, a vuestro juicio, lo de tomar decisiones tan importantes cara a la jubilación tales como la de
pasar de Mutualidad a RETA o mantener ambas, que solo tienen los profesionales colegiados acogidos al mutualismo profesional establecido como alternativa a la acción protectora de la Seguridad Social es lo mismito mismito que abrirse un plan de pensiones BBVA.
Pues que yo sepa
los autónomos que inician actividad por hacerse partícipes del plan de pensiones colectivo de empleo de autónomos (que ya están saliendo como setas)
no están exentos del alta en RETA como los mutualistas.
Concreto de donde viene la duda (meto el post entero para el contexto, la duda el párrafo resaltado.
Amplio con la aportación de
@tracrium
@Charbonnier ¿qué interés hay en darse de alta en RETA tras 20 años de ejercicio de la profesión, dándose de baja en la mutualidad, pasarse a autónomos manque fuera por base mínima? ¿Por qué no se había planteado entre los 20 y los 45 años darse de alta en RETA?
Desde la ignorancia le ruego me indique el motivo.
Se me ocurren las siguientes explicaciones:
- Bien que la cuota de la cuota de la Mutualidad sea mucho más elevada que la del RETA a partir de determina edad y no sea asumible con los ingresos obtenidos.
- O bien que, viendo que proyección de la capitalización de las aportaciones realizadas a la mutualidad no van a dar para una jubilación digna y se persigue una pensión pública por mínima que sea. ¿Es este el caso? ¿Sería posible?
Llegado a este punto cito
@tracrium, gracias por el post
para consultarle si resulta que se trata de gente con muchísimos ingresos que pasa de pensión pública por que no la necesitan
¿por qué, tras 20 años, no continúa con la mutualidad (de la que se da de baja) y se da de alta en RETA? ¿Es por el primer caso? ¿Es por el segundo?
Muchísimas gracias