Cómo hacer una donación entre familiares sin hacienda de por medio?

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Pues eso. Mi idea teórica es que hasta 3.000 el dar dinero a quien te de la gana (porque es tuyo, y más entre familiares ) pasa inadvertido para la Benevolenta Tributaria. Habia pensado que un traspaso de menos de 3.000 cada trimestre pasaría ciertamente de largo por las garras de ésta. Cuál es vuestra opinión y como habéis operado vosotros cuando habéis tenido que regalar dinero a familiares (por el motivo que fuera)?
 
Mira bien que impuestos de donaciones hay en tu comunidad autonoma
Entre familiares porque a veces está prácticamente bonificado al 100% y simplemente has de pagar la escritura pública de la donación y te quitas de películas. La otra opción es como dicen, presentar un ridículo contrato de préstamo entre particulares con condiciones absurdas.
 
Pues eso. Mi idea teórica es que hasta 3.000 el dar dinero a quien te de la gana (porque es tuyo, y más entre familiares ) pasa inadvertido para la Benevolenta Tributaria. Habia pensado que un traspaso de menos de 3.000 cada trimestre pasaría ciertamente de largo por las garras de ésta. Cuál es vuestra opinión y como habéis operado vosotros cuando habéis tenido que regalar dinero a familiares (por el motivo que fuera)?
Solo hay dos medios: O redactar un préstamo entre particulares o hacer una donación, con su impuestos correspondiente.

No merece la pena arriesgarse a que te pillen.
 
Solo hay dos medios: O redactar un préstamo entre particulares o hacer una donación, con su impuestos correspondiente.

No merece la pena arriesgarse a que te pillen.
Y si estamos hablando de una cantidad baja? Inferior a 50.000...
 
Y si estamos hablando de una cantidad baja? Inferior a 50.000...
Todo lo que no sea dárselo en mano, Hacienda lo detecta. Y en ese caso, tendría problemas para comprarse algo.

En Andalucia, si es entre padres e descendientes, el Impuesto de Donaciones tiene un 99% de deducción. Y lo paga el que lo recibe.
 
Los préstamos sí se tienen en cuenta si no se devuelven. No salta automáticamente, pero si hay una gloria y revisan, salta todo, y más hoy, con los ordenadores cruzando datos todo el día. Hasta al emérito le buscaron las cosquillas por eso.
 
No se puede hacer como la gente que vende entradas en la reventa? Que un familiar te compre un boli por 3000€ o que tu pintes un cuadro de arte moderno y se lo vendas por wallapop por 3000€?

Así lo hacen los narigones, compran acciones en cuadros que son una caca para salvar el dinero en "arte"
 
Tal vez un préstamo a interés 0 que nunca te devuelven?
Por decir algo desde el bar, no tengo ni idea

Esto se puede hacer, de hecho es practica habitual, hasta el Rey Juan Carlos lo hizo con una Infanta. Pero puede haber problemas si la parte que hace la donacion fallece pronto ya que el credito sin devolver aun formaria parte del patrimonio a heredar, incrementando asi el impuesto de sucesiones.

En cualquier caso, hay que declarar el prestamo en 30 dias mediante el Modelo 600 y demostrar que se esta devolviendo para que no te acusen de donacion encubierta. Luego, pues supongo que los "tramposos" pitufean el dinero de las cuotas de vuelta a la persona que esta pagando el prestamo, para que sea una donacion encubierta de facto.
 
No se puede hacer como la gente que vende entradas en la reventa? Que un familiar te compre un boli por 3000€ o que tu pintes un cuadro de arte moderno y se lo vendas por wallapop por 3000€?

Así lo hacen los narigones, compran acciones en cuadros que son una caca para salvar el dinero en "arte"

Claro que sí, pero eso obliga al comprador a pagar el ITP, y al vendedor a declarar la ganancia en el IRPF.
 
En cualquier caso, hay que declarar el prestamo en 30 dias mediante el Modelo 600 y demostrar que se esta devolviendo para que no te acusen de donacion encubierta. Luego, pues supongo que los "tramposos" pitufean el dinero de las cuotas de vuelta a la persona que esta pagando el prestamo, para que sea una donacion encubierta de facto.


Esto es un disparate. ¿No es más fácil entregar esas cantidades en cash, que no complicarte la vida fingiendo un préstamo que luego se devuelve, y que luego tienes que entregar esa cuotas de nuevo en cash?
 
Esto es un disparate. ¿No es más fácil entregar esas cantidades en cash, que no complicarte la vida fingiendo un préstamo que luego se devuelve, y que luego tienes que entregar esa cuotas de nuevo en cash?

Depende de la situacion. Imaginemos un padre rico con 20 o 30 anos de vida por delante que quiere donar 0.5M€ a su descendiente. Entiendo que el prestamo legal es una opcion interesante?

Pitufear 0.5M€ es una movida, mas si el descendiente quiere usarlo inmediatamente para p.ej. comprar una casa. Ademas, el prestamo a interes 0 con devolucion en p.ej. 60 o 100 anos se va a deshinchar mucho por la inflacion. Cuando toque heredarlo, en las CCAA con impuestos mas altos ya tendra que pagar poco.
 
No se puede hacer como la gente que vende entradas en la reventa? Que un familiar te compre un boli por 3000€ o que tu pintes un cuadro de arte moderno y se lo vendas por wallapop por 3000€?

Así lo hacen los narigones, compran acciones en cuadros que son una caca para salvar el dinero en "arte"
En ese caso tienes que tributar por un ingreso de 3.000 euros. Y si se trata de un cuadro me figuro que tendrás que estar de alta en autónomos en el epígrafe correspondiente. Pintar un cuadro es una actividad económica.
 
Para tributar por donaciones en la Comunidad de Madrid, sus descendientes, los donatarios, deberán haber tenido residencia fiscal en esta comunidad durante la mayor parte del tiempo de los cinco años anteriores a la donación. Es muy conveniente que acuda a un notario de su libre elección, ya que, al tratarse de una donación de padres a descendientes, si se efectúa en documento público tendrá una bonificación del 99% de la cuota, pagando solo el 1%. La cuota aproximada para una donación de 75.000 euros sería de unos 8.400 euros, por lo que solo tendrá que pagar un 1% de esa cantidad, es decir, 84 euros. En cambio, en caso de hacerlo en documento privado, pagaría el 100% de la cuota. Será necesario que el origen de los fondos donados esté debidamente justificado. El donante del dinero no tiene que tributar nada en IRPF; pero, si previamente a la donación, el donador ha de vender acciones o un inmueble para obtener el dinero, sí debería calcular una posible ganancia o plusvalía en dicha trasmisión. En cuanto a su última pregunta, le aclaro que sus descendientes no deberán declarar nada en su IRPF ya que su incremento patrimonial ha sido liquidado por el impuesto de donaciones.


De verdad, por 4 duros os complicais la vida.
 
Depende de la situacion. Imaginemos un padre rico con 20 o 30 anos de vida por delante que quiere donar 0.5M€ a su descendiente. Entiendo que el prestamo legal es una opcion interesante?

Pitufear 0.5M€ es una movida, mas si el descendiente quiere usarlo inmediatamente para p.ej. comprar una casa. Ademas, el prestamo a interes 0 con devolucion en p.ej. 60 o 100 anos se va a deshinchar mucho por la inflacion. Cuando toque heredarlo, en las CCAA con impuestos mas altos ya tendra que pagar poco.

En muchos sitios la donación para compra de vivienda de padres a descendientes está exenta, o casi exenta de impuestos. Así que en ese caso mejor todo legal.

Por eso en las donaciones antes de meterse en movidas raras es mejor saber la relación de parentesco y el uso.
 
Mira bien que impuestos de donaciones hay en tu comunidad autonoma
Entre familiares porque a veces está prácticamente bonificado al 100% y simplemente has de pagar la escritura pública de la donación y te quitas de películas. La otra opción es como dicen, presentar un ridículo contrato de préstamo entre particulares con condiciones absurdas.
Venia a esto
 
En Andalucía prácticamente esta bonificado al 100 %
Mi hermano le paso a su pareja de hecho 50k, creo que pago 300 euros de impuestos y listo
 

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