StolenInnocence
Himbersor
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Colgar la bandera de España en el balcón: la ordenanza que lo prohíbe Una ordenanza municipal en vigor permite multar por colgar cualquier elemento —incluida la bandera de España— en la parte exterior de un balcón. La norma no distingue enseñas: prohíbe alterar la uniformidad estética de la fachada, igual que ocurre con toldos, sábanas o tendederos.
En tu balcón puedes colgar la bandera que te salga del níspero otra cosa es en edificios ,administraciones,ayuntamientos del estado .
Ya...ningún funcionario se va preocupado a casa porque su administración tenga un juicio al día siguiente...
ni por la pasta que necesitan para el procurador y el abogado...
ni tampoco les importa perder miles de horas de tiempo pagado con impuestos en atender a esos juicios...
y cuando pierdan el juicio no es que les vayan a condenar a una indemnización multimillonaria que deje temblando los presupuestos de la organización incivil que se ese ayuntamiento, ni que incluya responsabilidad civil y penal personal para todo funcionario y político que esté detrás...
Ya...
Hasta que se encuentra con que ha implementado una actuación administrativa claramente delictiva, su firma está en el expediente y el afectado es un tipo al que no le gusta que le toquen los cigot.
Y vienen las sorpresas.
Y ahí también. Y si no, mira los edificios oficiales de las Vascongadas o Cataluña.En tu balcón puedes colgar la bandera que te salga del níspero otra cosa es en edificios ,administraciones,ayuntamientos del estado .
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Con ello se busca la uniformidad de los edificios.
No tiene que ver con que sean banderas, tampoco podrías colgar una sábana ni los calzoncillos en plan tendedero, al igual que no puedes pintar esa parte externa de la reaccionarioda del tonalidad que quieras, ni poner un toldo del tonalidad que te apetezca, ni etc etc Partes externas del edificio cuya estética no se puede variar, no es nuevo de ahora. Si quieres poner algo, lo pones en el interior de tu balcón, como ha sido toda la vida. ¿Que quieres poner algo fuera? Pues como siempre, salvo que sea algo excesivo, lo normal es que lo puedas tener años puesto sin problemas (dependiendo de lo que sea, por ejemplo una banderita de tamaño normal)
Imagino que es por el mismo motivo que los toldos de las comunidades pero está explicado de forma confusa
Ahora bien, una cosa es ropa o una bandera colgada por fuera del balcón, en la reaccionarioda, y otra es 30cm dentro de TU balcón, donde puedes tener bicis, armarios de plástico o jaulas de loros.
Me está poniendo unos ejemplos donde los gobiernos anteriores del PSOE, Pepe no han hecho cumplir la ley sobre las banderas, cerrando los ojos y dejando que tanto proetarras como Independentistas hicieran picaresca, como poniendo la enseña de una forma que apenas se viera junto la ikurriña, lo menos posible o directamente la ponían al revés.Y ahí también. Y si no, mira los edificios oficiales de las Vascongadas o Cataluña.
en cincuenta años de tropelías socialistas, en cualquiera de las tres capas de la administración, se ha juzgado (ni mucho menos condenado) a ningún funcionario por tramitar nada...
rara vez se condena al que decide (y tiene que haber una prevaricación clara), como para condenar al que simplemente tramita...
¿te imaginas que marlaska quisiera una cinta de correr de tres mil pavos de dinero público para su salón privado, y no encontrase un funci dispuesto a tramitar la factura, no porque la compra no haya cumplido con todos los trámites legales, sino por considerarla la malversación y la bajeza sarracena que realmente es?...
y eso que se supone que es la obligación del funci no bajarse los pantalones ante su jefe político, y que para eso cuentan con un régimen laboral privilegiado donde solo se les puede despedir ante delitos...
te aseguro que si encuentras un funci condenado por un asunto de multas, no es por tramitarlas, sino más bien por perderlas cuando se trata de un amigo o familiar...