"Doble paternidad" eso es legal?

"Doble paternidad" eso es legal?
El caso en cuestión es bastante interesante. Como dices, va a costar un dineral de cualquier manera. El pavo va a salir perdiendo siempre. La niña puede salir perdiendo (perdida de la nacionalidad). La progenitora no va a perder nunca.

Como siempre, de quien depende todo? De un juez... y ojo, que aquí entran elementos de protección del menor, pero tb puede ser la típica jueza locah del shishi que ha venido al mundo a ahogar a machirulos y hace todo lo posible para que la menor se vea protegida y el canelo cargue con el mochuelo en cualquier caso.

Pasta en un proceso de divorcio, la historia que nunca termina.

Nunca se protege al menor, lo que se hace es dar privilegios a la mujer a costa de un hombre.
 
1. El hombre puede impugnar y anular la paternidad en España si actúa dentro del plazo legal y demuestra que reconoció a la menor bajo engaño grave, especialmente porque ya existía un padre biológico previamente inscrito en el país de origen.

2. El mayor obstáculo es la prueba, pero el embeleco documental y la ocultación deliberada juegan claramente a su favor, incluso aunque obtener el certificado auténtico extranjero sea difícil.

3. La filiación y los apellidos pueden anularse, y la nacionalidad de la niña no cae automáticamente, pero sí puede revisarse si se acredita que se obtuvo por filiación fraudulenta.

Tu amigo es un hdlgp, resumiendo. Le va a jorobar la vida a la niña (revision de la nacionalidad) simplemente porque le ha ansioso mal con la progenitora y no sabe como maniobrar. Lo que tiene que hacer es dejar claro a la progenitora que en este caso se van a aplicar las reglas africanas: o se calma con las exigencias del divorcio o le va a caer una tunda épica y legendaria algún día y por sorpresa.


Discrepo.

No hay embeleco documental ni engaño ni vicio de consentimiento, evidentemente todo niño tiene un padre biológico y eso lo sabía el padre adoptivo, no creo que se pueda discutir este punto.

El hecho de que exista inscripción o no es irrelevante salvo que conste documentalmente que ella afirmó que no existía esa inscripción...y evidentemente no existe documental al respecto (el tipo es un calzonazos premium y no lo habrá exigido) y por tanto no media engaño.

Es el resultado de querer que te hagan casito pagando, al final obviamente te toca pagar.
 
1. El hombre puede impugnar y anular la paternidad en España si actúa dentro del plazo legal y demuestra que reconoció a la menor bajo engaño grave, especialmente porque ya existía un padre biológico previamente inscrito en el país de origen.

2. El mayor obstáculo es la prueba, pero el embeleco documental y la ocultación deliberada juegan claramente a su favor, incluso aunque obtener el certificado auténtico extranjero sea difícil.

3. La filiación y los apellidos pueden anularse, y la nacionalidad de la niña no cae automáticamente, pero sí puede revisarse si se acredita que se obtuvo por filiación fraudulenta.

Tu amigo es un hdlgp, resumiendo. Le va a jorobar la vida a la niña (revision de la nacionalidad) simplemente porque le ha ansioso mal con la progenitora y no sabe como maniobrar. Lo que tiene que hacer es dejar claro a la progenitora que en este caso se van a aplicar las reglas africanas: o se calma con las exigencias del divorcio o le va a caer una tunda épica y legendaria algún día y por sorpresa.
Ya. Eso le hemos dicho algunos familiares, que le va a fastidiar la vida a la niña.

Pero él piensa que quien le está fastidiando la vida a la niña ha sido su progenitora, ya que fue esta la que falsificó un certificado de nacimiento y de ahí derivan todos los problemas.
 
Discrepo.

No hay embeleco documental ni engaño ni vicio de consentimiento, evidentemente todo niño tiene un padre biológico y eso lo sabía el padre adoptivo, no creo que se pueda discutir este punto.

El hecho de que exista inscripción o no es irrelevante salvo que conste documentalmente que ella afirmó que no existía esa inscripción...y evidentemente no existe documental al respecto (el tipo es un calzonazos premium y no lo habrá exigido) y por tanto no media engaño.

Es el resultado de querer que te hagan casito pagando, al final obviamente te toca pagar.
Ella ha presentado con mentalmente que no hay otra inscripción donde figure que la niña tiene un padre en su país.

Es algo que digo esto, porque ella presenta un certificado de nacimiento falso de la niña en el que figura que es progenitora soltera.

Y la realidad es que no es progenitora soltera que en el registro civil de su país figura que tiene una progenitora inscrita y un padre inscrito.

Y por qué hace la progenitora esto? Pues para salir del país necesita que un menor tenga la autorización de ambos padres. El padre legal de su país no le iba a dar la autorización a la niña. Entonces la progenitora decide falsificar un certificado de nacimiento de la niña y con ese certificado de nacimiento de la niña consigue el pasaporte en su país y el visado y viajan a España.
 
Ella ha presentado con mentalmente que no hay otra inscripción donde figure que la niña tiene un padre en su país.

Es algo que digo esto, porque ella presenta un certificado de nacimiento falso de la niña en el que figura que es progenitora soltera.

Y la realidad es que no es progenitora soltera que en el registro civil de su país figura que tiene una progenitora inscrita y un padre inscrito.

Y por qué hace la progenitora esto? Pues para salir del país necesita que un menor tenga la autorización de ambos padres. El padre legal de su país no le iba a dar la autorización a la niña. Entonces la progenitora decide falsificar un certificado de nacimiento de la niña y con ese certificado de nacimiento de la niña consigue el pasaporte en su país y el visado y viajan a España.



Ella ha presentado con mentalmente que no hay otra inscripción donde figure que la niña tiene un padre en su país.

Es algo que digo esto, porque ella presenta un certificado de nacimiento falso de la niña en el que figura que es progenitora soltera.

Y la realidad es que no es progenitora soltera que en el registro civil de su país figura que tiene una progenitora inscrita y un padre inscrito.

Y por qué hace la progenitora esto? Pues para salir del país necesita que un menor tenga la autorización de ambos padres. El padre legal de su país no le iba a dar la autorización a la niña. Entonces la progenitora decide falsificar un certificado de nacimiento de la niña y con ese certificado de nacimiento de la niña consigue el pasaporte en su país y el visado y viajan a España.

Estáis confundiendo conceptos jurídicos.

"Progenitora soltera" (dices que " la mujer para poder salir de su país falsificó el certificado de nacimiento de su hija. En el certificado de nacimiento de su hija figuraba que era progenitora soltera.") , que es lo que ella dijo ser, significa que no estaba casada, no que no tuviera un padre biológico.

Cabría alegar engaño y por tanto vicio de consentimiento:

1) Si ella hubiera pretendido haber sido fecundada artificialmente por un donante y entiendo que no es el caso. Evidentemente, ser progenitora soltera no significa que no tuviese un padre o que este no fuera conocido.


2) Si ella estaba legalmente casada, porque entonces obviamente no era "progenitora soltera".


No estoy de lado de la tipa, que es una hdlgp y una aprovechada, simplemente te explico la situación.
 
Esa puerca deneria estar en la cárcel

Con la perpetua y en su pais.


No te digo que no, simplemente le explico al OP que alegar que en el certificado de nacimiento decía que era "progenitora soltera" puede ser hasta cierto, y aún siendo falso, el padre adoptivo no puede alegar engaño pues evidentemente, todo niño tiene un padre biológico por razones evidentes.
 
Estáis confundiendo conceptos jurídicos.

"Progenitora soltera" (dices que " la mujer para poder salir de su país falsificó el certificado de nacimiento de su hija. En el certificado de nacimiento de su hija figuraba que era progenitora soltera.") , que es lo que ella dijo ser, significa que no estaba casada, no que no tuviera un padre biológico.

Cabría alegar engaño y por tanto vicio de consentimiento:

1) Si ella hubiera pretendido haber sido fecundada artificialmente por un donante y entiendo que no es el caso. Evidentemente, ser progenitora soltera no significa que no tuviese un padre o que este no fuera conocido.


2) Si ella estaba legalmente casada, porque entonces obviamente no era "progenitora soltera".


No estoy de lado de la tipa, que es una hdlgp y una aprovechada, simplemente te explico la situación.
Sería interesante aclarar varios conceptos.

Padre: es la persona en la que recae la patria potestad del menor. Y es el responsable de su educación alimentación bienestar y cuidados del menor.

Dicho lo anterior, no significa que un padre necesariamente tiene que ser padre biológico. En el caso que estamos hablando, es decir a nivel jurídico, el padre es el responsable del bienestar del niño. Independientemente que sea el padre biológico o no.

Obviamente la niña tiene un padre biológico, pero de ese concepto nos vamos a olvidar por ahora.

Entonces nos ajustamos a lo que es el padre a nivel jurídico. Pues bien la niña tiene un padre a nivel jurídico en su país de origen, ya que en el registro de la civil de ese país, la niña figura que tiene una progenitora, en la cual recae la responsabilidad de la patria potestad y también figura que tiene un padre en el cual recae la responsabilidad de la patria potestad de la menor.

La progenitora para poder salir del país falsificó el certificado de nacimiento en el cual figura el nombre de la progenitora, y en el apartado nombre del padre figura "sin padre". Pero ya digo ese certificado de nacimiento es falso y está manipulado.

Aquí en España, la niña vuelve a tener otro padre. Es decir vuelve a tener otro padre jurídico en el cual recae la patria potestad es decir la responsabilidad de cuidar al menor.

Y entonces ahora tenemos dos padres que tienen la patria potestad del menor.

Y mi familiar entiende que eso es ilegal y entiende que lo suyo es anular una de las dos paternidades que tiene la niña. Y él piensa que la paternidad que tienen que anular es la de él ya que él no tenía conocimiento de que existía otro padre con la responsabilidad de patria potestad en su país de origen.
 
Sería interesante aclarar varios conceptos.

Padre: es la persona en la que recae la patria potestad del menor. Y es el responsable de su educación alimentación bienestar y cuidados del menor.

Dicho lo anterior, no significa que un padre necesariamente tiene que ser padre biológico. En el caso que estamos hablando, es decir a nivel jurídico, el padre es el responsable del bienestar del niño. Independientemente que sea el padre biológico o no.

Obviamente la niña tiene un padre biológico, pero de ese concepto nos vamos a olvidar por ahora.

Entonces nos ajustamos a lo que es el padre a nivel jurídico. Pues bien la niña tiene un padre a nivel jurídico en su país de origen, ya que en el registro de la civil de ese país, la niña figura que tiene una progenitora, en la cual recae la responsabilidad de la patria potestad y también figura que tiene un padre en el cual recae la responsabilidad de la patria potestad de la menor.

La progenitora para poder salir del país falsificó el certificado de nacimiento en el cual figura el nombre de la progenitora, y en el apartado nombre del padre figura "sin padre". Pero ya digo ese certificado de nacimiento es falso y está manipulado.

Aquí en España, la niña vuelve a tener otro padre. Es decir vuelve a tener otro padre jurídico en el cual recae la patria potestad es decir la responsabilidad de cuidar al menor.

Y entonces ahora tenemos dos padres que tienen la patria potestad del menor.

Y mi familiar entiende que eso es ilegal y entiende que lo suyo es anular una de las dos paternidades que tiene la niña. Y él piensa que la paternidad que tienen que anular es la de él ya que él no tenía conocimiento de que existía otro padre con la responsabilidad de patria potestad en su país de origen.


Muy interesante pero no has entendido lo que te he explicado.

Como he reiterado hasta la saciedad, todo niño tiene un padre y por tanto no hay engaño alguno en lo que eso se refiere.

A 16/1/26 el padre es tu amigo/pariente (o tú, no lo se) de forma voluntaria e irrevocable y si no quiere serlo sólo se puede impugnar alegando un vicio de consentimiento (vulgo "engaño").

Has dicho tú en tu primer mensaje, no yo, que el "engaño" consiste en que ella pretendió ser "progenitora soltera" mediante un supuesto certificado. Pues resulta que no es engaño salvo que estuviera casada.

Ahora cambias y dices que en el certificado consta que "sin padre", cosa que dudo pues se inscriben como "matrimonial" o "no matrimonial" pues evidentemente todo niño tiene padre y estaría inscrito como "no matrimonial". En cualquier caso tampoco cambia nada pues todo descendiente tiene un padre y por tanto no hay engaño alguno pues bien podría ser progenitora soltera. La carga de la prueba la tiene tu amigo/pariente (o tú, no lo se)

El engaño podría ser tal (y ojo a las habituales interpretaciones creativas de los tribunales para favorecer a la mujer) si ella en realidad hubiera estado casada y el niño inscrito como tal (descendiente "matrimonial") y hubiera pretendido ser soltera ("no matrimonial").

Todo lo que desarrolles sobre la patria potestad, desarrollo que además es erróneo, es irrelevante pues además de que desconoces las teóricas obligaciones del padre biológico en su país de origen que pueden ser incluso ninguna, para impugnar la paternidad (que es irrevocable) sólo se puede alegar un vicio de consentimiento que es una pieza separada nada tiene que ver con la patria potestad por muchas vueltas que le des. Decir "es que el padre es otro" no le servirá de nada.

Te explico las cosas como son, si no te gustan y quieres crear una ficción que se adapte a tus deseos es asunto tuyo.

Finalizadas las cuestiones objetivas y pasando a las subjetivas parece tu amigo/pariente (o tú, no lo se) no quiere estar con ella por otros motivos que nada tienen que ver con lo que expones pues es evidente que de una africana sola con larva no te puedes creer nada.

Puede que ella le monte pitostios a gritos y rompa cosas, incluso que ella le pegue a él, puede que él esté harto de pagar (¿ pensaba que estaba con él por guapo ?), que ahora ella quiera que él mantenga a su progenitora en África vía envío de dinero "porque si no no trinc", que le haya visto las orejas al lobo porque la ha metido en su casa y en caso de lío a él lo largan de su propia casa, o puede que todo lo anterior y ahora se intente agarrar a eso para sacársela de encima, pero por desgracia no es tan fácil.

En realidad tampoco importa, porque el tipo en cuestión tiene un problema y muy, pero que muy rellenito.

No metáis en vuestra casa a perecid de hambre y menos con larva, las de la larva lucharán a gloria por su larva, es decir, por sacaros lo máximo para la larva de otro, si acabáis debajo de un puente les da igual.

A una mujer le da mucho angustia trinc a un incel y se lo quieren "cobrar" de una forma u otra.

Reitero que no estoy de lado de ella, simplemente te explico (gratis) lo que hay, si no te gusta puedes preguntar o ir/id a un abogado a que os cobre 300 euros por decirte/iros lo mismo.
 
Última edición:
La situación es la siguiente;

- mujer con su hija de 8 años viene a España de país de África del este.

- hombre español se casa con la mujer y reconoce paternidad de la niña (obviamente no es el padre genético porque se acaban de conocer el hombre y la mujer).

- la niña cambia de nombre al coger los apellidos del hombre. Y la niña pasa a coger la nacionalidad española.

- la mujer para poder salir de su país falsificó el certificado de nacimiento de su hija. En el certificado de nacimiento de su hija figuraba que era progenitora soltera.

- pero resulta que el hombre español se acaba de enterar de que en realidad en el registro civil del país africano la niña está registrada con su padre biológico.

- el hombre español ahora solicita la nulidad de la paternidad.


Los sabios en derecho de familia como está la situación? Hay luz al final del túnel?

Consideraciones a tener en cuenta para los neófitos como yo:

- no puede haber una persona con dos padres registrados como padre en dos países diferentes, eso se supone que es ilegal

- una persona no puede tener dos nombres diferentes dependiendo en el país que esté. La niña en España se llama de una manera y en el país africano se llama de otra manera. De hecho tiene dos pasaportes el español con un nombre y el del país africano con otro nombre.

Qué posibilidades creéis que tiene este hombre para conseguirla nulidad de paternidad.

Conseguir el certificado de nacimiento verdadero de la niña en el país africano, es complicado.
Se ha llevado a "su" hija de España ilegalmente? Falsificando papeles? Que la denuncie por sustraccion internacional de menores y pida la custodia integral de la niña. Igual la progenitora decide impugnar el reconocimiento de paternidad.
 
Se ha llevado a "su" hija de España ilegalmente? Falsificando papeles? Que la denuncie por sustraccion internacional de menores y pida la custodia integral de la niña. Igual la progenitora decide impugnar el reconocimiento de paternidad.


No puede denunciarla por sustracción puesto que él no es afectado por esa supuesta sustracción, eso lo debería hacer el padre biológico, no le admitirán a trámite la denuncia.

Puesto que NO es perjudicado, sólo puede interponer querella con abogado y procurador personándose como acusación popular lo que le obligaría además a depositar fianza en el Juzgado. Y buena suerte demostrándolo.

Vaya consejos dais .
 
La situación es la siguiente;

- mujer con su hija de 8 años viene a España de país de África del este.

- hombre español se casa con la mujer y reconoce paternidad de la niña (obviamente no es el padre genético porque se acaban de conocer el hombre y la mujer).

- la niña cambia de nombre al coger los apellidos del hombre. Y la niña pasa a coger la nacionalidad española.

- la mujer para poder salir de su país falsificó el certificado de nacimiento de su hija. En el certificado de nacimiento de su hija figuraba que era progenitora soltera.

- pero resulta que el hombre español se acaba de enterar de que en realidad en el registro civil del país africano la niña está registrada con su padre biológico.

- el hombre español ahora solicita la nulidad de la paternidad.


Los sabios en derecho de familia como está la situación? Hay luz al final del túnel?

Consideraciones a tener en cuenta para los neófitos como yo:

- no puede haber una persona con dos padres registrados como padre en dos países diferentes, eso se supone que es ilegal

- una persona no puede tener dos nombres diferentes dependiendo en el país que esté. La niña en España se llama de una manera y en el país africano se llama de otra manera. De hecho tiene dos pasaportes el español con un nombre y el del país africano con otro nombre.

Qué posibilidades creéis que tiene este hombre para conseguirla nulidad de paternidad.

Conseguir el certificado de nacimiento verdadero de la niña en el país africano, es complicado.

Según dice esta definición, la situación es un poco irregular, ya que la niña tiene TRES PADRES (una progenitora y dos padres, que ejercen la Patria Potestad, y eso en España no es la norma):


"La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley otorga a los padres sobre sus , enfocados en su cuidado, protección, educación, representación legal y administración de sus bienes, buscando siempre su bienestar integral. Se ejerce conjuntamente por ambos progenitores, es un poder-deber indisponible (solo puede limitarse judicialmente)

En la legislación española y en la mayoría de los países occidentales en 2026, la regla general es que la patria potestad es biparental, lo que significa que solo puede ser ejercida por un máximo de dos progenitores (una progenitora y un padre, dos madres o dos padres)".
 
Última edición:
Pobre la niña por qué,? Tiene dos padres. Está en mejor situación que la media en España
Pobre niña porque no tiene la culpa de que su progenitora y su padre a todos los efectos legales en España y seguramente afectivos se divorcien, y que no solo eso, sino que ese padre español la repudia de un día para otro y de malas maneras.

Hay que ser muy simple para asumir la paternidad de un descendiente ajeno de una forastero, con lo fácil que era juntarse con la progenitora y dejar a la cría bajo la patria potestad de su progenitora, pero luego hay que ser un fariseo para querer revertirlo a los años. Que apechugue con la metedura de pata de haberla adoptado como hija.
 
Pobre niña porque no tiene la culpa de que su progenitora y su padre a todos los efectos legales en España y seguramente afectivos se divorcien, y que no solo eso, sino que ese padre español la repudia de un día para otro y de malas maneras.

Hay que ser muy simple para asumir la paternidad de un descendiente ajeno de una forastero, con lo fácil que era juntarse con la progenitora y dejar a la cría bajo la patria potestad de su progenitora, pero luego hay que ser un fariseo para querer revertirlo a los años. Que apechugue con la metedura de pata de haberla adoptado como hija.

Convivir con la progenitora en SU vivienda sí, en la tuya es parecido: el tipo fuera y a pagar.
 

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