en este hilo no se discute si habia o no un padre biologico, obviamente lo hay, no fue "la paloma"
lo que se discute es que registralmente habia un padre registrado, no se puede adoptar a un menor que tiene un padre registrado, deberia como minimo haber una renuncia del padre registrado y eso no ha existido.
Hubo por tanto un embeleco previo, la niña tenia un padre registrado y eso debio hacer imposible la adopcion, para hacer posible la adopcion en españa se aportaron documentos falsos indicando que no existia un padre, el camino podria ser atacar el tramite de adopcion por la falsedad documental de los papeles jovenlandeses y por la falta de la renuncia del padre registrado en áfrica.
El engaño es suficiente y necesario para conseguir que el afectado adopte a la niña, pero tambien para conseguir que la administracion apruebe y tramite una adopcion imposible, porque dicha adopcion no puede producirse legalmente sin la renuncia previa del padre registrado y dicha renuncia no ha existido.
Que ataque legalmente el proceso de adopcion
Aclaro, no soy abogado, que pague la consulta y lo estudie un profesional
Pues no, no se discute eso.
El niño se registra como "matrimonial " o "no.matrimonial".
Eso de que "registralmente había un padre registrado " lo dices tú, demostrando que andas miy escaso de conocimientos.
Que los "documentos son falsos" lo dices tú, hay que demostrarlo y te anticipo que serán verdaderos porque en el Este de África se compran y ya está.
Ha dicho el OP, no yo, que la mujer aporto un certificado en el que constaba que era soltera., supongo que se refiere a que el descendiente no es matrimonial.
Por tanto NO se ha aportado ningún documento en el que se pretenda que "no tiene padre", es más, obviamente lo tiene y ahí no hay engaño, pero veo que necesitas un esquema con dibujos para entenderlo.
El unico engaño posible es que el descendiente fuera matrimonial y no esas tonterías que dices hablando de oídas y confundiendo procedimientos.
Lo de que el "engaño es suficiente y necesario " es otra cuñadez que has oido por ahí y repites dando verguenza ajena.
No se puede "atacar legalmente" (que es "atacar legalmente'?, lo has sacaso de alguna película?, en que consistiria atacar "ilegalmente"? ) el "proceso de adopción " porque no es un "proceso" sino un acto jurídico irrenunciable sólo impugnable.por vicio de consentimiento. Tampoco es una "adopción ' cuñao.
Resumen: eres un cuñao que no tienes ni idea y no sabes tampoco leer.