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Como invertir?.... No invertir cuando entran todos los ludópatas tras fases de acumulación y cuando la volatilidad está disparada como ahora...
 
Cuantos ingenieros tecnicos pululan por aqui, cada uno tiene su opinion personal, mientras a uno una guano le resulta deliciosa, otro le da angustia, para gustos los colores, nadie tiene la fuerza de la razon
 
Cuantos ingenieros tecnicos pululan por aqui, cada uno tiene su opinion personal, mientras a uno una guano le resulta deliciosa, otro le da angustia, para gustos los colores, nadie tiene la fuerza de la razon
Excepto cuando un ingeniero publica su cartera y lo que hace antes de hacer su movimiento.

No hace 10 años, sino de la temporada 2024-2026, quien te escribe publicó, de antemano y antes de comprar una sola acción, mis tesis para entrar en:
- Intel (+383% a dia de hoy)
- Novo Nordisk (recortada a 50 euros con brutales beneficios, hoy buscando el +10%)
- Dow Chemical (+80%)
- Bayer (+70% con brutal beneficio en recorte)
- Ambev (+30% y dividendos de casi un 6%)
- MTR (+26%)
- Alibaba (+50% tras brutal recorte y beneficios)

Además de mis tesis para comprar puts and calls en:
- Novo
- Oracle (salto de mas de un 40% dos semanas después de mi tesis).

Y si nos retrotraemos al año 2023 ya puedes ir a mis viejos hilos del inversor por dividendos.

Los datos tienen la razón, y quienes los muestran de antemano y antes de comprar una sola acción tienen la verdad.
 
Siempre en metal que tengas en tu casa

o en una caja de seguridad de banco mientras en españa no se legalice que hacienda las pueda revisar sin orden judicial

esto último lo comento porque a día de hoy hacienda si puede revisar sin orden judicial las cajas de seguridad de empresas, esto es, personas jurídicas, pero no las de personas físicas

etf's y fondos JAJAJA a ti te pueden contar la historia de que tienes un papel que te da un % del oro que el banco tiene en una caja de seguridad en suiza o luxemburgo bla bla bla, que si llega el guano en serio eso va a afectar a todos los paises y los gobiernos de suiza y luxemburgo tambien van a meterle mano a ese oro bajo lo que allí equivalga al estado de excepción, interés nacional o lo que sea.

y luego tu si tal metete a litigar contra un pais extranjero, dejate 10.000 euros en abogados, que allí son muy caros, y a ver que pasa
 
Siempre en metal que tengas en tu casa

o en una caja de seguridad de banco
mientras en españa no se legalice que hacienda las pueda revisar sin orden judicial

esto último lo comento porque a día de hoy hacienda si puede revisar sin orden judicial las cajas de seguridad de empresas, esto es, personas jurídicas, pero no las de personas físicas

etf's y fondos JAJAJA a ti te pueden contar la historia de que tienes un papel que te da un % del oro que el banco tiene en una caja de seguridad en suiza o luxemburgo bla bla bla, que si llega el guano en serio eso va a afectar a todos los paises y los gobiernos de suiza y luxemburgo tambien van a meterle mano a ese oro bajo lo que allí equivalga al estado de excepción, interés nacional o lo que sea.

y luego tu si tal metete a litigar contra un pais extranjero, dejate 10.000 euros en abogados, que allí son muy caros, y a ver que pasa
Muy buen consejo, por mucho que yo, personalmente, no trafique con metales.

Por cierto, un muy buen amigo mio me dijo que lo mejor es tener un buen reloj de lujo. Es curioso que no te permitan salir del pais con mas de 10k euros en cash, pero puedes llevar un Patek Philippe Nautilus de 80k (por decir algo), que a poco que lo guardes durante varios años siempre puedes revenderlo como poco por lo que pagaste, y ni se dan cuenta.
 
Muy buen consejo, por mucho que yo, personalmente, no trafique con metales.

Por cierto, un muy buen amigo mio me dijo que lo mejor es tener un buen reloj de lujo. Es curioso que no te permitan salir del pais con mas de 10k euros en cash, pero puedes llevar un Patek Philippe Nautilus de 80k (por decir algo), que a poco que lo guardes durante varios años siempre puedes revenderlo como poco por lo que pagaste, y ni se dan cuenta.

eso es un problema

porque si tu sales con un par de monedas de oro de una onza seguramente las puedas vender en efectivo, son dos ventas de unos 4000-4500 euros

pero ese reloj de 80k aun cuando vayas a un pais donde el efectivo no esté legalmente restringido a ciertas cantidades el comerciante de relojes te va a exigir pagarte por trf. bancaria porque si hace pagos de esa cuantía en efectivo la hacienda de su pais normalmente le va a meter una inspección por sospecha de lavado de dinero

pasa en alemania, en teoría no es ilegal que tu llegues a vender o comprar un porsche de segunda mano por 35k en efectivo, pero ningun concesionario te lo va a aceptar, y si alguno te lo acepta es porque es de un mafioso

y ya te puedes imaginar que si la AEAT ve un ingreso de 80k en una de tus cuentas no declarado va a abrir una bonita PARALELA con recargo.
 
Dirás como ahorrar, lo nornal es que con los metales no vas a ganar dinero. Vas a ahorrar ya que van a ir superando la inflación poco a poco.
Comprar metales es muy fácil, poco a poco vas comprando algunas monedas y en sitios de confianza.
 
Siempre en metal que tengas en tu casa

o en una caja de seguridad de banco
mientras en españa no se legalice que hacienda las pueda revisar sin orden judicial

esto último lo comento porque a día de hoy hacienda si puede revisar sin orden judicial las cajas de seguridad de empresas, esto es, personas jurídicas, pero no las de personas físicas

etf's y fondos JAJAJA a ti te pueden contar la historia de que tienes un papel que te da un % del oro que el banco tiene en una caja de seguridad en suiza o luxemburgo bla bla bla, que si llega el guano en serio eso va a afectar a todos los paises y los gobiernos de suiza y luxemburgo tambien van a meterle mano a ese oro bajo lo que allí equivalga al estado de excepción, interés nacional o lo que sea.

y luego tu si tal metete a litigar contra un pais extranjero, dejate 10.000 euros en abogados, que allí son muy caros, y a ver que pasa
Buenas shur,
En lo de que la AEAT puede entrar en un domicilio social si orden judicial te equivocas. El Domicilio social de una persona jurídica (específicamente la zona donde se lleve a cabo l Dirección y control de la actividad empresarial) tiene la misma protección constitucional que el Domicio social de una persona física en virtud del art. 18.2 de la Constitución Española.
Saludos.
 

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