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Además, los descendientes mayores de 45 años han de demostrar haber convivido y dependido económicamente del familiar difunto durante al menos los 2 años anteriores a su óbito. La normativa exige también carecer de derecho a otra pensión pública, no contar con ingresos anuales superiores al salario mínimo interprofesional, fijado en menos de 15.876 euros al año, y no disponer de familiares con obligación legal de prestarles alimentos.
La Seguridad Social concede una #pensión vitalicia a los #descendientes mayores de 45 años si han cuidado a sus padres, están solteros o demuestran dependencia económica los 2 últimos años de vida 👇https://t.co/29T2diGC4w
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La Seguridad Social concede una pensión vitalicia a los descendientes mayores de 45 años si han cuidado a sus padres, están solteros o demuestran dependencia económica los 2 últimos años de vida
Esta prestación en favor de familiares ayuda a afrontar las dificultades económicas tras el fallecimiento de un allegado pero exige cumplir una serie de requisitos
Requisitos para los descendientes mayores de 45 años
En el caso específico de las hijas e descendientes del fallecido, la Seguridad Social ha establecido un régimen especial para los mayores de 45 años. Para percibir este subsidio, los descendientes deben estar solteros, viudos, divorciados o separados judicialmente, además de acreditar una dedicación prolongada al cuidado de sus progenitores.Además, los descendientes mayores de 45 años han de demostrar haber convivido y dependido económicamente del familiar difunto durante al menos los 2 años anteriores a su óbito. La normativa exige también carecer de derecho a otra pensión pública, no contar con ingresos anuales superiores al salario mínimo interprofesional, fijado en menos de 15.876 euros al año, y no disponer de familiares con obligación legal de prestarles alimentos.