silverdaemon
Será en Octubre
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Cuando había pisos de sobra para comprar a precio de derribo - Crearon SAREB para que no quebrasen las cajas y nos quitaron el tan soñado tapayogurismo. GANAN LOS EMPRESARIOS
Cuando hay aceite de oliva de sobra y lo puedes comprar a precio de aceite de girasol -Retiran el 12% para mantener el margen de las empresas productoras y vendedoras. GANAN LOS EMPRESARIOS
Cuando la gasolina está muy cara, en lugar de obligar a los empresarios a reducir su margen rebajan el margen de impuestos. GANAN LOS EMPRESARIOS porque lo no recaudado implica emitir mas deuda pública que pagaremos los contribuyentes
Como los ayuntamientos necesitan financiarse para mantener a todo tipo de políticos y enchufadetes, les dejamos dosificar el suelo urbanizable con cuentagotas para que se subaste carísimo y paguemos las viviendas mucho mas caras. GANAN LOS "EMPRESARIOS" DE LA POLÍTICA. A estas alturas nadie nos tiene que explicar que PP y PSOE se hacen llamar partidos políticos pero son como empresas que tienen que pagar el sueldo a sus miembros de alguna forma.....
Siempre que en este país se interviene algo, es para que LOS DE ABAJO PAGUEMOS MAS
LIBRE MERCADO MIS […]: Aqui mandan las ÉLITES EXTRACTIVAS
Con la mano de obra no hacen lo mismo.
Mis dies, fronteras abiertas y 1.200.000 personas al año para que todo se acabemos cobrando el sueldo mínimo... Y como el sueldo mínimo lo regula el gobierno.... Acabaremos cobrando lo que decida el socialismo.
Es decir como en la CUBA de Fidel
El Gobierno obliga a retirar el 12% de la producción de aceite para evitar que los precios se desplomen
- La medida, inédita, era una exigencia de los productores ante una cosecha mayor
- La retirada comenzará a aplicarse sobre la producción declarada este noviembre
- El plan estará vigente hasta septiembre de 2027, pero en diciembre se revisará
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6/11/2026 - 8:25 Actualizado: 10:05 - 6/11/26
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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha decretado, por primera vez, el almacenamiento obligatorio del 12% de la producción de aceite de oliva declarada mensualmente por las almazaras, en instalaciones propias o ajenas, debido al abultado nivel de existencias iniciales de la campaña que comenzó el 1 de octubre y a las estimaciones de producción.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la orden en la que se especifica que la retirada obligatoria, que supone inmovilizar de forma temporal unas 188.000 toneladas, comenzará a aplicarse sobre la producción declarada en este mes de noviembre. Esos volúmenes permanecerán retirados del mercado hasta el 30 de septiembre de 2027. Con todo, el Ministerio precisa que la resolución podrá ser modificada a partir del 31 de diciembre de 2026 en función de la evolución real de la producción.
Tras la buena floración de los olivos la pasada primavera, los datos aforados que han facilitado las comunidades autónomas al Ministerio apuntan a una producción para la campaña 2026/2027 de 1,6 millones de toneladas, un 23% por encima de la anterior.
A esta cosecha se añaden unas existencias iniciales de enlace situadas en 357.040 toneladas (+23,3% respecto al periodo anterior), de acuerdo con los datos declarados por los operadores al Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO). Al sumar ambos volúmenes, la cifra alcanza el 120% de la producción media de las últimas seis campañas, cumpliéndose así los requisitos técnicos previstos en la orden ministerial para ordenar la retirada.
Así se cumplirá la orden
Cada almazara deberá aplicar el 12% de retirada obligatoria sobre su producción mensual acumulada, con independencia de la categoría de aceite. Las instalaciones tendrán libertad para elegir qué categoría prefieren retirar y si el almacenamiento se efectúa en dependencias propias o ajenas.Tanto la producción mensual como las existencias finales deberán comunicarse por los canales habituales del SIMO.
Además, para garantizar el cumplimiento de la norma, se creará un grupo técnico que aprobará un plan de control coordinado por el Ministerio y ejecutado por las comunidades autónomas. Así, los operadores tendrán que aportar la documentación requerida y permitir inspecciones 'in situ'.
Objetivo: frenar la caída de los precios
El Gobierno responde así a las reclamaciones de los productores. El campo se plantó ante el Ministerio que dirige Luis Planas y le exigió el almacenamiento forzoso del aceite para frenar el desplome de precios. La sobreproducción podría obligar a los agricultores a vender por debajo de precio de producción o incluso a decidir no vender llegado ese escenario, lo que tensionaría el mercado.El objetivo es regular la oferta ante una previsión de sobreproducción, garantizando la rentabilidad de los agricultores y protegiendo también los intereses del comprador para dotar de estabilidad al mercado, ha indicado el Ministerio en un comunicado.
La resolución da cumplimiento al artículo 5 de la norma de comercialización del aceite de oliva para la presente campaña, al amparo del Reglamento comunitario sobre la Organización Común de Mercados. Sin embargo, la medida no deja indiferente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que tras conocerse el plan emitió un informe con los riesgos que plantea para la competencia y los consumidores la aplicación de la retirada de aceite. Según su exposición, constituye una restricción relevante a la competencia que puede traducirse en un incremento de los precios para los consumidores finales y, además, puede generar ineficiencias en la cadena de valor.
Para Competencia indisponer una parte de la oferta disponible distorsiona el funcionamiento libre del mercado debilita los incentivos para mejorar la calidad y variedad del producto y eleva el riesgo de coordinación entre operadores. Además, la CNMC rechazó la premisa de Agricultura de que la norma sea neutra en términos de competencia y cuestionó que se pretenda amortiguar las subidas de precio en campañas futuras de escasez a costa de limitar la bajada de precios en las de cosechas abundantes.
esto es lo que dice Google. PERO CLARO, A GOOGLE SE LE ESCAPA DE DETALLE DE QUE LO QUE SERÍA ILEGAL PACTÁNDOLO LOS EMPRESARIOS LO PUEDE HACER EL GOBIERNO....RECIBIENDO EL PARTIDO DONACIONES DE LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DEL SECTOR, O REGALOS, O FINES DE SEMANA DE LUJO. Este tipo de "excepción" igual funciona en dinamarca o luxemburgo, pero esta es LA ESPAÑA DE CHARANGA Y PANDERETAUna medida que según la UE debería ser ilegal.
Se supone que la intervención del Estado en contra de la competencia va en contra de los principios de la UE.
El gobierno interviene a petición de unos productores para evitar que otros vendan al precio que consideren.
La decisión del Gobierno de España de decretar la retirada obligatoria y el almacenamiento del 12% de la producción de aceite de oliva no va en contra del derecho de la competencia, ya que cuenta con amparo legal en la Política Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea. [1]
No obstante, esta medida genera una fuerte tensión jurídica y económica, hasta el punto de que los reguladores de competencia la cuestionan abiertamente. El análisis detallado de esta contradicción se estructura de la siguiente manera: [1]
1. El escudo legal: Excepción por el Tratado de la UE
En términos generales, si un grupo de empresas privadas acordara retirar el 12% del producto para inflar o mantener los precios, se consideraría un "organización incivil" ilegal y una de las peores infracciones del derecho de la competencia.
Sin embargo, esta medida es ejecutada por el propio Estado (el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) basándose en una normativa amparada por un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo (la Organización Común de Mercados de los productos agrarios). [1, 2]
- El Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) establece que las normas de competencia se aplican a la agricultura solo en la medida en que lo decida el legislador europeo.
- Al tratarse de un sector tan inestable (marcado por la "vecería", donde se intercalan cosechas récord con años de extrema sequía), la UE prioriza la estabilidad de los agricultores y la continuidad del suministro alimentario a medio plazo por encima de la libre competencia absoluta. [1, 2]
2. El conflicto institucional: El aviso de la CNMC
A pesar de su legalidad formal, los organismos de competencia vigilan estas medidas con recelo. En España, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) advirtió explícitamente sobre los riesgos de este mecanismo antes de su activación. [1]
Según el criterio del regulador de la competencia, la medida roza el límite de lo perjudicial porque: [1]
- Altera de forma artificial el funcionamiento competitivo de toda la cadena de distribución.
- Reduce la cantidad de producto disponible de forma inmediata en el mercado.
- Afecta directamente a los consumidores, limitando la bajada natural que los precios deberían tener ante una cosecha histórica. [1, 2]
3. Argumentos en fruta
| Postura de la Política Agraria (Gobierno y Agricultores) | Postura de las Autoridades de Competencia e Industria |
|---|---|
| Evita la ruina del sector: Impide que los precios en origen caigan por debajo de los costes de producción en campañas récord. | Perjudica al consumidor: Evita que el cliente final se beneficie de una bajada de precios considerable tras años de inflación. |
| Garantiza el futuro: El aceite inmovilizado se guardará y regresará al mercado en años de malas cosechas, evitando desabastecimientos futuros. | Distorsión de mercado: Rompe las dinámicas naturales de la oferta y la demanda, restando incentivos de eficiencia a los operadores. |
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