Borrador Renta 2007

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Sí, mejor consúltalo en hacienda, ellos te dirán exáctamente lo que puedes hacer.

S quires seguir desgravando por la hipoteca tendrás que seguir poniendolo como vivienda habitual. No podrás desgravar lo que cuesta el alquiler, y por último tendrás que pagar los impuestos de la renta generada por el alquiler de tu piso. Aunque no sé si esto es incompatible ¿?.

De todas formas, esto son elucubraciones, asegúrante con la gente de hacienda, y si luego te apetece, cuéntame lo que te han dicho.

Salu2.

Ok ya te contaré. Gracias
 
He localizado el programa PADRE2007,
he localizado el Manual del programa Padre2007
pero no tengo agallas a localizar el
Manual IRPF 2007.

Soy asi de inutil. Si algun alma caritativa me dijese donde puede localizarlo en la pagina de la agencia tributaria le estaria muy agradecido.
 
Ya lo tengo.
Es: Manual Practico 2007

Al final no voy a ser tan inutil.
 
Me temo que no has acertado. El enlace que has puesto lleva al programa para el cálculo de las retenciones en el ejercicio 2008.

El software para la declaración de la renta del ejercicio 2007 no lo he visto en la página de la Agencia Tributaria. Creo que todavía no está.

Macho, ¿esto es normal? ¿que te pongan el programa del 2008 y todavía no esté el del 2007?

estamos locos!!
 
Hola Compis, aprovecho para saludaros ya que es mi primer post.
Haber si me alguien me puede aclarar la siguiente duda . Rellenando los datos de deduccion por vivienda, entiendo que si has comprado la vivienda antes del 2006 tienes cierta deduccion , pues bien : mi duda, es que cantidad hay que poner en la casilla correspondiente , supongo que la cantidades pagadas en 2007 . no? .

Saludos y Gracias por anticipado.

Efectivamente , para adquisicioners anteriores al 20-01-2006 , en la casilla 737 de la pagina 13 del PADRE , se consignan las cantidades aportadas en el ejercicio 2007 y aportan una mayor deduccion que la aportada en el ANEXO A.

Primero debes rellenar el ANEXO A indicando la fecha de adquisicion y la cantidad aportada y posteriormente , rellenas la casilla 737 con esa misma cantidad en la ventana de " en los dos años siguientes a la adquisicion".
 
Hay que tener cuidado con las cuotas a sindicatos. Si se pagan a través de la nomina ya estan incluidos dentro de los gastos deducibles del certificado de retenciones que la empresa te envia por lo que seguramente ya estara incluido en el borrador al enviar la empresa el modelo 190 (creo que era este) a hacienda. Si se paga por otro lado entonces si hay que rectificar el borrador e incluirlo.

Donaciones suelen estar incluidas y si no lo estan es probable que luego os cueste conseguir el certificado de la donación si hacienda os lo requiriese.

Los pagos al promotor no estan incluidos el borrador y no hace falta presentar nada. solo en el caso de que hacienda lo requiera. Eso si hay que poner el CIF del promotor o constructor en la declaracion de la renta.

Las cuentas vivienda nunca vienen en el borrador. Solo se necesita el numero de cuenta, la fecha de apertura y la cantidad aportada en el año.

Cuidado con los descendientes que a veces hay errores sobre todo si acaba de cumplir alguno de ellos los 14 años

Muy importante fijarse tambien si se tenian excesos pendientes de compensar de otros años.

Si se quiere aplicar alguna deduccion automica por alquiler de vivienda tampoco sirve el borrador.

Yo no me fio del borrador es mejor hacerse uno mismo la declaracion con calma .no es complicado. y mejor usar el programa padre que el borrador.
 
Es para el año que viene, pero comienzo a hacer cábalas... 😎:

El año que viene me gustaría alquilar mi piso, e irme yo de alquiler a otro más grande. En ese caso, como se hace la declaración de hacienda? Me explico.

Yo pago 640Euros al mes de hipoteca.
Alquilo mi piso por 500Euros al mes.
Alquilo un piso para mi por 1000Euros al mes.

¿Me desgravo algo? ¿Puedo seguir amortizando? ¿Depende si lo hago todo legal o no? ¿Depende de si cambio mi primera residencia?

Gracias y un saludo.

Del alquiler tendras que meter como ingresos el 50% si se lo alquilas a un mayor de 35% o el 100% si se lo alquilas a un menor de 35 .Puedes meter como gasto deducible de los ingresos por arrendamiento los intereses del prestamo. tambien podras meter como gasto la comunidad (si la pagas tu) y en concepto de amortizacion los que mas te convenga entre el 3% del valor de construccion (que es el valor catastral - el valor del suelo) o el 3% del precio de compra. nunca te puede salir un rendimiento negativo.

Fiscalmente logicamente no te interesa ya que no podras deducirte sobre lo que pagues de hipoteca.

Y evidentemente puedes cobrar el alquiler en zain y y seguir deduciendote por la compra pero no te lo aconsejo ya que el inquilino tiene la obligacion de poner la referencia catastral de la casa en la que vive y por alli te podrían pillar.

Y mucho cuidado si alquilas tu casa antes de que pasen 3 años de la compra porque entonces el palo puede ser grande ya que perderia la consideración de vivienda habitual y tendrías que devolver lo que te hubieras deducido en años anteriores con sus correspondientes intereses.
 
Bienvenido Alf.

La cantidad que tienes que poner en la casilla es la totalidad de lo pagado en tu hipoteca durante el 2007, incluyendo el capital amortizado y los intereses. El programa de hacienda realizará los cálculos en función de la antiguedad de la firma de la hipoteca y los parámetros oportunos para darte las deduciones que te corresponde.

Salu2.

cuidado que el programa de este año no lo calcula automaticamente hay que poner lo pagado en el 2007 en la pagina principal y volver a ponerlo en la pagina de la compensacion. dividiendolo la parte que correspondiese si pillase una parte dentro de los 2 primeros años o no.

Pero si no lo pones en los sitios no te cogera la compensacion automaticamente
 
¿Sabeis si el programa Padre de este año aplica automaticamente la deducción esa prometida de los 400 euros?
 
¿Sabeis si el programa Padre de este año aplica automaticamente la deducción esa prometida de los 400 euros?

No es deducción en la declaración de la renta, es deducción vía nómina. 200 euros en la nómina de junio y 33,3 euros en las siguientes
 
¿Sabeis si el programa Padre de este año aplica automaticamente la deducción esa prometida de los 400 euros?

No puede aplicarla. La declaración de la renta que se presenta ahora corresponde al ejercicio 2007

todavia no está aprobada la deduccion aunque ya parece casi seguro. Al ser una deduccion adicional a la ley tendra que aprobar primero un decreto ley que la respalde y salir publicado en el BOE

En principio aunque todavia no se sabe lo que se pretende hacer es deducir en la nomina de junio 200 euros de las retenciones y los restantes 200 en los meses siguientes. Posteriormente se regularizara con la renta del 2009.
 
Ah, vale, gracias. Bueno la cuestión es que cumplan, más tarde o más temprano da igual
 
Macho, ¿esto es normal? ¿que te pongan el programa del 2008 y todavía no esté el del 2007?

estamos locos!!

Como ha anunciado Princess Miyu en este mismo hilo (post número 26) ya han puesto el programa PADRE 2007.

El programa del 2008 no es para hacer la declaración de la renta, sino para calcular las retenciones de las nóminas y por tanto debe estar disponible desde comienzos de año para calcular la nómina de Enero.
 
el enlace al programa PADRE

 
No es deducción en la declaración de la renta, es deducción vía nómina. 200 euros en la nómina de junio y 33,3 euros en las siguientes

Los 400 euros son una deducción en la nómina, al reducirse las retenciones por IRPF. Y en la declaración del año que viene existirá una deducción por esos 400 euros, si no los tendrías que devolver.

Lo que queda claro, es que si nos retienen menos de 400 euros, la deducción será de menos de 400 euros.
 
Última edición:
Bendito internet.

Aun no hemos recibido físicamente ninguno de los borradores, pero en la web de Hacienda ya estaban.

Ya están rectificados y confirmados. Ahora, a esperar con el cazo. 😛
 
Cuidadin con las prisas a la hora de rellenar la declaracion .

 
Bendito internet.

Aun no hemos recibido físicamente ninguno de los borradores, pero en la web de Hacienda ya estaban.

Ya están rectificados y confirmados. Ahora, a esperar con el cazo. 😛
¿Y eso como se hace? Yo también estoy esperando el borrador, pero por ahora, nada de nada. ¿Dónde puedo consultar mis datos en la web?
Y otra: ¿Alguien se ha instalado el programa Padre de este año? A mi me descarga sin problemas, pero se queda colgado nada más empezar la instalación...😕:
 
Entras en

Te pide el NIF y el primer apellido.

Y como de contraseña, te pide la referencia del borrador de este año (que no lo tienes aún) o la casilla 681 (El valor del resultado de la declaración) de la declaración del año anterior.

Por cierto, yo he instalado el programa Padre y no he tenido ningún problema.

A mi me sale este mensaje:
Su solicitud ha sido tramitada. En unos días, recibirá los resultados de su petición en su domicilio.
Así que creo que habrá que esperar 🙁

En cuanto al programa Padre, volveré a descargármelo, a ver si tengo más suerte.
Gracias!
 
Una vez que hayas entrado en la agencia tributaria, ya puedes consultar el borrador en las opciones de rectificar / confirmar borrador. No hace falta que esperes el borrador en papel.
Por lo que yo veo aquí:

Si no tengo ni certificado digital ni la referencia del borrador (que es mi caso) no puedo confirmar el borrador.
 
Como te dije en un mensaje anterior con el campo 681 de la declaración de hacienda de 2006. Esa casilla es el resultado de la declaración del 2006.

Salu2.
Sí, ese dato lo tengo, pero si te fijas en el enlace que te pasé:

Con ese dato solo te ofrecen 4 servicios, que no incluye la confirmación del borrador.
Después de meter el dato de la casilla 681 y darle a conectar, me sale este mensaje:
Su solicitud ha sido tramitada. En unos días, recibirá los resultados de su petición en su domicilio.
Pero no me da más opciones... 😕:
 
Esto es exactamente lo que me sale al conectarme:


Estado de Tramitación

Su solicitud ha sido tramitada. En unos días, recibirá los resultados de su petición en su domicilio.

Servicios Disponibles

* » SOLICITAR CITA PREVIA (MODELO 100 - IRPF) Nueva ventana

Y no hay nada más en servicios disponibles.
 
Gracias de todos modos por tu tiempo, jhezlin.

federicoterron, supongo que será lo que tú dices, pero a estas alturas, ¿no debería estar listo?
 

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