Heisenberg92
Himbersor
- Desde
- 12 Dic 2019
- Mensajes
- 1.039
- Fruta
- 3.022
Tienes que estar registrado para ver este contenido
Hay que remaaaaaaaaaaaaaaar
Follow along with the video below to see how to install our site as a web app on your home screen.
Nota: This feature may not be available in some browsers.
A su vez, con la finalidad de reforzar el control tributario sobre los hechos imponibles relativos a monedas virtuales, se establecen dos nuevas obligaciones informativas referidas a la tenencia y operativa con monedas virtuales.
Así, se introduce una obligación de suministro de información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales, a cargo de quienes proporcionen servicios en nombre de terceros para salvaguardar claves criptográficas privadas que posibilitan la tenencia y utilización de tales monedas, incluidos los proveedores de servicios de cambio de las citadas monedas si también prestan el mencionado servicio de tenencia.
Igualmente, para estas mismas personas o entidades, se establece la obligación de suministrar información acerca de las operaciones sobre monedas virtuales (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan. Esta misma obligación se extiende a quienes realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales.
La verdad que he estado estudiando lo del borrador de la reforma fiscal junto con el modelo 720 y es una artefacto artefacto peligroso fiscal que no sabes cuándo te podría estallar, cualquier cosa que no declares cuando entrase en vigor si dentro de 1, 2 o 10 años Coinbase o cualquiera de los exchanges que puedas haber usado comparte información con hacienda y te fruta la ganancia patrimonial. Una ganancia patrimonial que será mayor que el valor del bitcoin, si es que para cuando lo encuentran todavía tiene acceso a los bitcoins, en el caso de que los hubiese perdido haciendo trading por ejemplo le iban a multar igual.
Luego está el problema de que si afloras todo también puede haber problemas de pasadas plusvalías no declaradas, aunque casi seguro que en todos los casos sería menor que el monto resultante del modelo 720.
Sí, cualquier plusvalía pasada no declarada, si has declarado todas las transacciones y pagado las plusvalías en caso de corresponder no tendrías problema.