Las mutuas reclaman a los autónomos las ayudas del cese de actividad de 2020
A menos de un mes para cerrar el ejercicio, varios trabajadores por cuenta propia relatan en un foro haber recibido comunicaciones de sus mutuas colaboradoras con la
Seguridad Social en las que se les exige la devolución de cantidades percibidas durante el confinamiento por la prestación extraordinaria de cese de actividad. Los afectados describen requerimientos de entre 1.200 y 3.800 euros, con plazos de respuesta de quince días desde la apertura del correo electrónico.
La mecánica que describen los participantes es siempre parecida. La mutua envía un requerimiento en el que solicita documentación contable y bancaria para verificar si el solicitante superó los umbrales de facturación establecidos en la normativa de 2020. Quien no responde o no acredita correctamente su situación, recibe una liquidación por el importe íntegro de lo cobrado. Quien responde, entra en un laberinto administrativo del que no siempre sale indemne.
El perfil del reclamado ya no distingue entre quien facturó y quien no. Hay casos de autónomos que declaran haber facturado cero durante el periodo y que, aun así, han recibido requerimientos de 1.800 euros. Según los afectados, la prestación se concedió de forma casi automática y ahora se revisa de oficio, sin distinguir entre quien cumplía los requisitos y quien no.
Qué documentación pide la mutua y por qué se reclama ahora
Las mutuas solicitan movimientos bancarios, registros de terminal punto de venta, libros de facturación y, en algunos casos, declaraciones trimestrales de IVA e IRPF. El objetivo es comprobar si el solicitante superó el límite de ingresos que marcaba la norma: en términos generales, no haber caído por debajo del 75% de la facturación previa, o haber superado ciertos umbrales en el segundo trimestre de 2020, cuando ya se había salido del confinamiento estricto.
La confusión sobre los plazos es otro de los elementos recurrentes. Las comunicaciones otorgan quince días desde la notificación para aportar la documentación. Quien no lo hace, se expone a que la mutua traslade el expediente a la Seguridad Social y esta inicie la vía ejecutiva. Varios afectados señalan que la carta no especifica con claridad qué documentos concretos se requieren, lo que dificulta la respuesta dentro de plazo.
La prescripción de cuatro años es el argumento más repetido entre quienes intentan resistir. Si la ayuda se cobró en 2020, el plazo para reclamarla vencería en 2024. Sin embargo, la interrupción del cómputo por una reclamación formal deja ese escudo en papel mojado en la mayoría de los casos.
Pagar y callar, litigar o esperar: las tres vías que se están ensayando
La respuesta más común entre los afectados es la resignación. Hay quien ha abonado ya los 3.800 euros exigidos para evitar el embargo y las listas de morosos. Otros han optado por litigar: un afectado relata que logró invalidar una reclamación de 4.000 euros aportando la documentación firmada en su día, aunque la mutua ha vuelto a requerirle otros 4.000 por un periodo distinto.
La tercera vía es la administrativa pura: responder con todos los papeles, aunque no se sepa muy bien cuáles son, y esperar. Quienes han seguido este camino describen un goteo de requerimientos sucesivos, con exigencias que cambian de un escrito a otro y sin una resolución clara.
El Kit Digital y otras ayudas aparecen en la conversación como advertencia paralela. Varios autónomos señalan que las subvenciones para digitalización incluyen cláusulas de devolución si no se cumplen los requisitos de mantenimiento, y que el patrón se repite: concesión ágil, revisión tardía, reclamación con recargo.
Qué dicen los afectados sobre los plazos y la prescripción
La mayoría de los requerimientos se están produciendo en el último trimestre del año, coincidiendo con el cierre del ejercicio fiscal. Los afectados interpretan que las mutuas están apurando el calendario para reclamar antes de que prescriban los cuatro años. La realidad es que la reclamación formal interrumpe el plazo, por lo que la estrategia de esperar a que pase el tiempo no funciona una vez recibida la comunicación.
Quienes han contactado con sus gestorías describen respuestas dispares. Algunos asesores advierten de que la prestación se concedió con condiciones y que la revisión es legal. Otros reconocen que la documentación exigida es confusa y que el proceso está diseñado para que una parte de los reclamados desista.
El resultado, a la fecha de esta discusión, es un reguero de requerimientos sin una respuesta institucional clara. Las mutuas actúan, los afectados responden como pueden y la Seguridad Social queda como última instancia ejecutiva. Nadie sabe cuántos expedientes hay abiertos ni cuántos terminarán en embargo. La única certeza es que la ayuda de 2020 se ha convertido, para muchos, en una deuda de 2024.