Busco abogado inmobilario

cebollino

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Es sobre un tema de incongruencia administrativa entre registro de la propiedad y registro del catastro de dos inmuebles.

Se trata de forzar la venta pese a tal incongruencia administrativa.

Garantizo una buena comisión si se logra efectuar la venta.

Más información por MP.

Saludos a todos.
 
Última edición:
Jorobar, menudo éxito. doh!

Es algo muy especializado, además seguro necesitará conocer a un notario que de fe de que el catastro y el registro corresponden al mismo predio a pesar de las incongruencia y ADEMAS a un funci amigo que te acepte el documento.

Es caso de mover voluntades, pero uff, es difícil. Has pensado en la periodista Leire Díaz?? jajajaja.

Fuera de broma, hace años en otro país intenté por casi una década que el recibo de la electricidad coincidiera con la dirección del catastro. resulta que la propiedad estaba justo en una curva a partir de según qué metro se convertía en una calle u otra, pero el número era el mismo, el 18.

En fin, que nunca se pudo porque nunca pude hacerme del funciamigo dentro de la compañía proveedora de electricidad.

En fin, que tengas mucho éxito, saludos!!
 
Es algo muy especializado, además seguro necesitará conocer a un notario que de fe de que el catastro y el registro corresponden al mismo predio a pesar de las incongruencia y ADEMAS a un funci amigo que te acepte el documento.

Es caso de mover voluntades, pero uff, es difícil. Has pensado en la periodista Leire Díaz?? jajajaja.

Fuera de broma, hace años en otro país intenté por casi una década que el recibo de la electricidad coincidiera con la dirección del catastro. resulta que la propiedad estaba justo en una curva a partir de según qué metro se convertía en una calle u otra, pero el número era el mismo, el 18.

En fin, que nunca se pudo porque nunca pude hacerme del funciamigo dentro de la compañía proveedora de electricidad.

En fin, que tengas mucho éxito, saludos!!

Gracias por tu testimonio y por los ánimos.

Se trata justamente de eso, de que alguien me ayude a mover los hilos correctamente.
 
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Gracias por tu testimonio y por lo ánimos.

Se trata justamente de eso, de que alguien me ayude a mover los hilos correctamente.

Quizá más que un abogado necesites un gestor, ellos conocen a mucha gente, no sé, podrías preguntar y tal vez sea más fácil. Muchos de ellos incluso tienen sus ligues con las funcicharos, así que no lo metería en saco roto 😉
 
Quizá más que un abogado necesites un gestor, ellos conocen a mucha gente, no sé, podrías preguntar y tal vez sea más fácil. Muchos de ellos incluso tienen sus ligues con las funcicharos, así que no lo metería en saco roto 😉

Gestores y abogados no son por lo general buenos amigos.
 
Gestores y abogados no son por lo general buenos amigos.
Desconociendo el problema concreto que arrastras, si es por discordancia entre Registro y Catastro, dile al notario que quieres iniciar un procedimiento de concordancia Registro-catastro. El te dirá todo lo que necesitas, incluyendo el informe del perito con las coordenadas UTM
 
Lo que ponga en el registro de la propiedad manda, si hay incongruencias hay forma de arreglarlo según lo que sea, cual es la incongruencia en este caso? Diferencia de metros? Diferente nombre?
 
También accedo, siempre que existan ciertas garantías de éxito en el proceso.

No, lo que haga el juzgado, el catatastro o la vieja chocha del registro no depende del abogado sino de ellos mismos.

El código deontológico prohíbe expresamente garantizar nada.

Dicho esto, cual es tu oficio?
 
Es sobre un tema de incongruencia administrativa entre registro de la propiedad y registro del catastro de dos inmuebles.

Se trata de forzar la venta pese a tal incongruencia administrativa.

Garantizo una buena comisión si se logra efectuar la venta.

Más información por MP.

Saludos a todos.​
Eso te lo contesta el chat gpt.

De todas formas la descoordinación entre catastro y RP, no es algo super raro.

A efectos de propiedad, el Catastro es un registro administrativo con pocas garantías, ser el titular catastral es un indicio de propiedad, ser el titular registral, es un indicio aún mayor.

Por hacerlo sencillo, es "mas importante" a efectos de titularidad, lo que ponga en el RP que lo que ponga en el catastro.

Entiendo de todas formas que si eres el titular registral, al catastro basta con mandarle una instancia con una certificación registral o algo parecido para que te pongan.

Hay que añadir que:

- Se puede vender algo no siendo el titular registral.

- El RP no es "palabra de Dios" se puede ser el titular registral y no el propietario, y se puede no ser el titular registral o que el inmueble no esté inscrito y ser el propietario (aunque son casos raros).

- A parte hay incongruencias ya a nivel gráfico, descriptivo y cosas así, fruto del interés en coordinar ambos registros, pero vamos que eso es una cuestión menor y más técnica (de lindes y demás), no tiene que ver con una compraventa.​
 
No, lo que haga el juzgado, el catatastro o la vieja chocha del registro no depende del abogado sino de ellos mismos.

El código deontológico prohíbe expresamente garantizar nada.

Dicho esto, cual es tu oficio?

Hay algo que se llama "precedente judicial", que en caso de existir es de conocimiento del abogado que abordará el caso y que puede ponerte en antecedentes de éxito o fracaso ante el proceso que quiere tirarse adelante.

Lo que no existen son garantias totales. Pero nadie acude a un abogado para regalarle el dinero sin conseguir nada a favor del cliente.

Para qué deseas conocer mi oficio o profesión? Qué cambia eso en todo este asunto?

Entraste al hilo a brindar ayuda o solo a exhibir tu opinión autocomplaciente?
 
Eso te lo contesta el chat gpt.

De todas formas la descoordinación entre catastro y RP, no es algo super raro.

A efectos de propiedad, el Catastro es un registro administrativo con pocas garantías, ser el titular catastral es un indicio de propiedad, ser el titular registral, es un indicio aún mayor.

Por hacerlo sencillo, es "mas importante" a efectos de titularidad, lo que ponga en el RP que lo que ponga en el catastro.

Entiendo de todas formas que si eres el titular registral, al catastro basta con mandarle una instancia con una certificación registral o algo parecido para que te pongan.

Hay que añadir que:

- Se puede vender algo no siendo el titular registral.

- El RP no es "palabra de Dios" se puede ser el titular registral y no el propietario, y se puede no ser el titular registral o que el inmueble no esté inscrito y ser el propietario (aunque son casos raros).

- A parte hay incongruencias ya a nivel gráfico, descriptivo y cosas así, fruto del interés en coordinar ambos registros, pero vamos que eso es una cuestión menor y más técnica (de lindes y demás), no tiene que ver con una compraventa.​

Gracias por el aporte.

Ya consulté en su momento al respecto y leí las posibilidades a poder desarrollar.

De ahí que en mi primer hilo hablara de "forzar la venta".

El registro de propiedad es un documento que le interesa al comprador, pero no al notario.
 
Si estas en la situación que creo lo tienes dolido... Es un "truco" habitual, aprovechando la legislación Española...
 
Hay algo que se llama "precedente judicial", que en caso de existir es de conocimiento del abogado que abordará el caso y que puede ponerte en antecedentes de éxito o fracaso ante el proceso que quiere tirarse adelante.

Lo que no existen son garantias totales. Pero nadie acude a un abogado para regalarle el dinero sin conseguir nada a favor del cliente.

Para qué deseas conocer mi oficio o profesión? Qué cambia eso en todo este asunto?

Entraste al hilo a brindar ayuda o solo a exhibir tu opinión autocomplaciente?

Me gustaría saber si en tu oficio o profesión también te pagan con comisiones a éxito o cobras salario/facturas?
 
Hay algo que se llama "precedente judicial", que en caso de existir es de conocimiento del abogado que abordará el caso y que puede ponerte en antecedentes de éxito o fracaso ante el proceso que quiere tirarse adelante.

Lo que no existen son garantias totales. Pero nadie acude a un abogado para regalarle el dinero sin conseguir nada a favor del cliente.

Para qué deseas conocer mi oficio o profesión? Qué cambia eso en todo este asunto?

Entraste al hilo a brindar ayuda o solo a exhibir tu opinión autocomplaciente?
lamento tener que comentarte que el precedente judicial es un invento de los países en los que no existen leyes.
 
lamento tener que comentarte que el precedente judicial es un invento de los países en los que no existen leyes.
Y en los que existen leyes también. El nuestro mismo sin ir más lejos:

 

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