Eso te lo contesta el chat gpt.
De todas formas la descoordinación entre catastro y RP, no es algo super raro.
A efectos de propiedad, el Catastro es un registro administrativo con pocas garantías, ser el titular catastral es un indicio de propiedad, ser el titular registral, es un indicio aún mayor.
Por hacerlo sencillo, es "mas importante" a efectos de titularidad, lo que ponga en el RP que lo que ponga en el catastro.
Entiendo de todas formas que si eres el titular registral, al catastro basta con mandarle una instancia con una certificación registral o algo parecido para que te pongan.
Hay que añadir que:
- Se puede vender algo no siendo el titular registral.
- El RP no es "palabra de Dios" se puede ser el titular registral y no el propietario, y se puede no ser el titular registral o que el inmueble no esté inscrito y ser el propietario (aunque son casos raros).
- A parte hay incongruencias ya a nivel gráfico, descriptivo y cosas así, fruto del interés en coordinar ambos registros, pero vamos que eso es una cuestión menor y más técnica (de lindes y demás), no tiene que ver con una compraventa.