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Himbersor
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Eso es lo que la ley no deja hacer con los funcionarios de carrera. Si se suprime su puesto, entran en un proceso de reasignación de efectivos: primero se les busca sitio en el mismo ministerio, luego en otro. Si no lo encuentran, pasan a expectativa de destino hasta un año, cobrando el sueldo base, el complemento de destino y la mitad del específico. Y después, a excedencia forzosa. Cerrar el ministerio no es causa de despido para un funcionario.
Con los laborales sí se puede hacer un despido colectivo, pero pagando indemnizaciones, así que el primer año sale más caro que no hacer nada.
Y aun así queda lo que hacía el ministerio. Si cierras Consumo, por ejemplo, sus competencias o se eliminan por ley, o pasan a otro ministerio con parte de la gente. Ahorrar de verdad exige quitar funciones, no rótulos. Eso se puede defender, pero hay que decir cuáles.