Despido en periodo de prueba: el paro que no llega
Cuando un trabajador en periodo de prueba es despedido por la empresa, la extinción del contrato se considera válida, pero no genera derecho a prestación por desempleo. La única excepción es que el trabajador provenga de un empleo anterior donde no hubiera agotado el paro y no hayan transcurrido más de tres meses. Quienes entran como nuevos en Correos y son cesados durante el período de prueba, por tanto, no cobran paro.
El caso de Correos: entre la queja y la fantasía legal
Un repartidor de Correos con contrato en período de prueba (dos meses) se planteaba cómo conseguir el despido para cobrar el paro, sin tener que renunciar voluntariamente. Las propuestas que recibió iban desde fingir una gastroenteritis hasta robar paquetes de forma que no pudiera demostrarse. Sin embargo, la realidad legal es tozuda: el despido durante el período de prueba no da derecho a prestación, salvo que se cumplan las condiciones mencionadas.
La situación refleja un error extendido: muchos asumen que cualquier despido es automáticamente generador de paro. La normativa es clara: el período de prueba es un tiempo de evaluación mutua, y su extinción por voluntad empresarial se considera causa justa, no un despido improcedente que abriría la puerta al subsidio.
¿Y si el trabajador se autodespide?
La baja voluntaria, por supuesto, tampoco genera derecho a paro. Quien abandona el puesto por decisión propia no puede reclamar prestación. Por tanto, el único escenario en el que el repartidor de Correos podría cobrar paro sería si, antes de este contrato, hubiera estado trabajando en otra empresa, hubiera acumulado derecho a prestación y no hubieran pasado más de tres meses desde el cese en aquella.
La ironía del caso es que los consejos para ser despedido (faltar al trabajo sin justificación, bajo rendimiento deliberado) probablemente llevarían a un despido disciplinario, que tampoco genera derecho a paro. En resumen, la estrategia de buscar el despido durante el período de prueba es, desde el punto de vista de la protección social, un callejón sin salida.
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