djun
Será en Octubre
- Desde
- 21 Abr 2012
- Mensajes
- 55.539
- Fruta
- 132.834
La ley solo dice que tienes que declarar si tienes cripto en un exchange, si lo sacas a tu wallet privado, no tienes que declarar nada. Algunos os ahogais en un vaso de agua.
Sí el exchange es extranjero sí, pero si lo tienes en algún exchange radicado en España como Bit2Me o alguno mas, entonces no hay que declararlo.
Se declaran los beneficios/perdidas por la compra-venta, pero la simple tenencia de criptos en un exchange español no se declara.