Descubre que no es el padre de su hija pero no le devolverán las pensiones ya pagadas

Documento de sentencia judicial sobre paternidad y pensión de alimentos en España
RESUMEN DEL DEBATE · elaborado con IA

El precio de la paternidad: un juez anula el vínculo pero el dinero no vuelve Un hombre de San Sebastián descubrió que la niña que crió no compartía sus genes. La sentencia del Tribunal de Instancia de San Sebastián, dictada el 9 de julio, pone fin al vínculo jurídico de paternidad. El Registro Civil cancela la inscripción tras una prueba de ADN concluyente.

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jalp9000

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Un juzgado de Donostia-San Sebastián ha declarado que un hombre no es el padre biológico de una menor que figuraba legalmente como su hija y ha ordenado cancelar su inscripción como progenitor en el Registro Civil. La sentencia, dictada el pasado 9 de julio por el Tribunal de Instancia de San Sebastián, pone fin al vínculo jurídico de paternidad tras una prueba de ADN concluyente. El hombre había mantenido una relación sentimental, aunque sin convivencia, con la progenitora de la niña entre el 2021 y enero del 2024. La menor nació en el 2023 y fue inscrita en el Registro Civil de Donostia como hija de ambos.

Sin embargo, tras la ruptura de la pareja, el supuesto padre comenzó a tener dudas sobre su paternidad. Según relata la resolución, en diciembre del 2024 acudió a una reunión en la que escuchó que podría no ser el padre biológico de la niña. Decidió entonces realizar una prueba de paternidad, cuyo resultado le llevó posteriormente a acudir a los tribunales.

El procedimiento judicial incluyó una prueba biológica realizada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Posteriormente, el informe definitivo vinculado a las pruebas practicadas concluyó que el análisis de ADN permitía «excluir científicamente» al demandante como padre biológico de la menor debido a la existencia de múltiples incompatibilidades genéticas.

Durante el litigio, la progenitora fue declarada en rebeldía procesal al no comparecer en el procedimiento aunque sí acudió junto a su hija para la realización de la prueba de ADN. Por su parte, el Ministerio Fiscal, encargado de velar por el interés de la menor, respaldó que se estimara la demanda tras conocerse el resultado de la pericial.

Tras atender a los hechos, la jueza ha considerado que la prueba biológica constituye un elemento «decisivo e incontrovertible» para desmontar una filiación previamente reconocida y sostiene que debe adecuarse la situación jurídica a la realidad biológica acreditada.

No recuperará las pensiones ya pagadas

La sentencia dictada por el juzgado donostiarra contiene importantes consecuencias jurídicas. Una vez sea firme, se cancelará la inscripción de la paternidad en el Registro Civil y la menor perderá el apellido paterno, salvo que se acreditara que su conservación resulta necesaria para proteger su interés superior o su desarrollo personal.

También quedará extinguida la patria potestad y todas las obligaciones derivadas de la filiación. Por su parte, el hombre dejará de tener la obligación de prestar alimentos a partir de la sentencia y la niña perderá los derechos sucesorios que pudiera tener sobre su herencia.

No obstante, el fallo precisa que él no podrá reclamar la devolución de las cantidades abonadas anteriormente en concepto de alimentos. La jurisprudencia establece que las pensiones ya consumidas para atender las necesidades del menor no deben ser reintegradas aunque posteriormente se demuestre que quien las pagó no era el progenitor biológico.

El juzgado no impone las costas a ninguna de las partes y ordena que, cuando la resolución sea firme, se remita el correspondiente mandamiento al Registro Civil para modificar oficialmente la filiación de la menor.

 
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A mí me hacen eso de colarme durante años o décadas un descendiente que no es mío, y la progenitora juro que sale en las noticias. Al descendiente supongo que lo seguirás queriendo igual, aunque al mismo tiempo me costaría no arder de furia cada vez que le mirara.
 
Tres años, bueno, al menos no se ha tirado media vida manteniendo los genes de otro.
 
Decían que del 10 al 30% de los descendientes a nivel mundial son de padres que no son suyos realmente.
 
Como se empezaran a hacer pruebas de estas de forma habitual, acabarían colapsando los juzgados con este tipo de demandas.
 
A mí me hacen eso de colarme durante años o décadas un descendiente que no es mío, y la progenitora juro que sale en las noticias. Al descendiente supongo que lo seguirás queriendo igual, aunque al mismo tiempo me costaría no arder de furia cada vez que le mirara.
Yo creo que eso solo les pasa a algunas personas.
 
El trato fiscal del Estado hacia los hombres heterosenshetero es injusto y no tiene límite. Habría que cambiar el sistema actual. P.D.: La prueba de paternidad debería ser obligatoria y automática en cada parto y pagada por la seguridad social.
 

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