Laboral: Despido ¿Te pueden poner como falta el fichar a tu hora exacta de entrada y salida?

Reloj de fichaje junto a una carta de despido sobre una mesa de oficina, ilustración editorial en azul marino y dorado
RESUMEN DEL DEBATE · elaborado con IA

Dos minutos de reloj y una carta de despido: el caso que reabre el debate del fichaje Un trabajador fichó a su hora exacta durante dos días. La empresa lo consideró una falta y lo despidió. El caso, atribuido a una cadena de supermercados, ha reabierto una pregunta que afecta a millones de asalariados: ¿cuenta como jornada el tiempo que tardas en cambiarte de ropa o en llegar del vestuario al puesto?

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CRÓNICA DEL DEBATE POR TRAMOS
  1. Dos minutos, 14 páginas y un despido: el hilo estalla (31 Oct 2026 – 1 Nov 2026)

Karlb

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Dicen que es de Mercadona. No queda claro si después de fichar al entrar o antes de salir, pierden tiempo en algo que no sean las obligaciones de trabajo.

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Depende del puesto.

Si es sentado en un ordenador no. Si es entrada en turno, cambio de ropa y demás es posible, y más si el reloj de fichaje no está en el mismo puesto,

Los dos minutos son una tontería, solo una excusa.

Todo depende de que empresa sea y que tipo de trabajo, donde este el reloj de fichaje y otras cuestiones

Si no hay más explicaciones, eso no tiene recorrido en el juzgado

En mi curco los fichajes no dejan que sea antes del inicio de la jornada, o en punto o después,
 
Hace 20 años tuve esta conversación con un delegado sindical a cuenta de que deberíamos estar en el puesto de trabajo a la hora en la que supuestamente tenía que empezar la jornada. Yo tenía el argumento que la empresa es la que quería que me pusiera una ropa de trabajo, que por mi yo trabajaba estando de calle, y que el tiempo empleado en ponerme esa ropa corresponde a la empresa, pero el delegado me dijo que no, que es el tiempo efectivo de trabajo. Ahí ya le dije que si yo trabajara de astronauta el tiempo de ponerme el traje espacial ¿era mío o de la empresa?

Esto fue hace 20 años y ya dejé ese sector (una fábrica, convenio del metal), ahora desconozco como estará la cosa
 
En teoría es así, hay que estar en el puesto de trabajo cambiado y preparado a la hora a la que se empieza, si fichas a la hora en la que empieza la jornada, ya estás llegando tarde. Lo mismo para la salida, si fichas a la hora en la que terminas, en teoría se supone que has abandonado el puesto de trabajo antes de esa hora.

Y el despido puede ser procedente cuando se ha sido reincidente, no por hacerlo una vez.
 
Dos días le fastidian porque llegó algo tarde.

10,5h de jornada. Ni un trabajador fabricando iphones trabaja tanto. En el resto de faltas curraba 8.5h al día.

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Última edición:
Hace 20 años tuve esta conversación con un delegado sindical a cuenta de que deberíamos estar en el puesto de trabajo a la hora en la que supuestamente tenía que empezar la jornada. Yo tenía el argumento que la empresa es la que quería que me pusiera una ropa de trabajo, que por mi yo trabajaba estando de calle, y que el tiempo empleado en ponerme esa ropa corresponde a la empresa, pero el delegado me dijo que no, que es el tiempo efectivo de trabajo. Ahí ya le dije que si yo trabajara de astronauta el tiempo de ponerme el traje espacial ¿era mío o de la empresa?

Esto fue hace 20 años y ya dejé ese sector (una fábrica, convenio del metal), ahora desconozco como estará la cosa

En el caso del metal, la ropa de trabajo se considera equipo de seguridad (botas, casco, prendas ignífugas, etcétera), y se entiende que tienes que estar a la hora de entrar (las diez de la noche, por ejemplo) listo para trabajar. Nadie te impide ir a trabajar en ropa de trabajo o marcharte así a casa a ducharte y cambiarte allí, para fichar a su hora. Son trabajos en linea, normalmente, y se suele pagar un plus de relevo precisamente para eso, para que el trabajo no se interrumpa entre turnos. En todos los trabajos ininterrumpidos se supone que tú turno comienza cuando puedes realizar de forma efectiva tu trabajo, no cuando llegues a las instalaciones a cambiarte. Porque si estiramos el tema, lo mismo podemos decir que tú turno empieza cuando sales de tu casa, "in itinere".
 
En teoría es así, hay que estar en el puesto de trabajo cambiado y preparado a la hora a la que se empieza, si fichas a la hora en la que empieza la jornada, ya estás llegando tarde. Lo mismo para la salida, si fichas a la hora en la que terminas, en teoría se supone que has abandonado el puesto de trabajo antes de esa hora.

Y el despido puede ser procedente cuando se ha sido reincidente, no por hacerlo una vez.

Exactamente, esa es la explicación correcta.

Lo que dice otro de 10.5 horas de trabajo, eso está regulado por convenio, y son horas de trabajo que se llaman incremento de jornada irregular, y se distribuyen las horas sin superar el máximo, y si se supera se acumulan y son días libres de asuntos propios, que según departamento tendrán más o menos. En unas temporadas curras 6 y en otras 10 por ejemplo, y van reguladas hasta un 33%.
 
Exactamente, esa es la explicación correcta.

Lo que dice otro de 10.5 horas de trabajo, eso está regulado por convenio, y son horas de trabajo que se llaman incremento de jornada irregular, y se distribuyen las horas sin superar el máximo, y si se supera se acumulan y son días libres de asuntos propios, que según departamento tendrán más o menos. En unas temporadas curras 6 y en otras 10 por ejemplo, y van reguladas hasta un 33%.
Te equivocas tú también.
Revisa mi respuesta.
Incluso hay tiempo para ducha en según que industrias.
Y fruta como jornada laboral.
 

exacto,a aparte para sancionarte primero t deben advertir verbalmente q lo estás haciendo mal,la sanción no puede ser sorpresiva ,si ellos creian q lo estaba haciendo mal no pueden esperar a que lo repita varias veces para q sume una falta grave y sancionarlo
 
2 minutos de forma puntual es una chorrada, a menos que sea un puesto crítico de seguridad en el que le tengas que dar el relevo al siguiente y el puesto, por razones de seguridad, tenga que estar en servicio de forma ininterrumpida.

Menos recorrido que el AVE Madrid Sevilla.
 
La empresa tiene que justificar con hechos constitutivos de falta segun la burocracia vigente para poder deshacerse de un trabajador. Si no la probabilidad de que un juez anule el despido es del 85%.

Pone que es la pagina 13 de 14 asi que imagino que habra muchas otras y habra puesto todo lo posible para que si llega a juicio ser del 15% que lo logra.
 
La empresa tiene que justificar con hechos constitutivos de falta segun la burocracia vigente para poder deshacerse de un trabajador. Si no la probabilidad de que un juez anule el despido es del 85%.

Pone que es la pagina 13 de 14 asi que imagino que habra muchas otras y habra puesto todo lo posible para que si llega a juicio ser del 15% que lo logra.

En resumen: que se quieren deshacer de un empleado problemático.
 
A mi me parece totalmente ilegal

Pero por algo hay un empleo en alza entre los que acaban la carrera de derecho que es el de abogado laboralista de juicios de despidos de Mercadona

Mercadona va a tener que cambiar, sí o sí, sus políticas laborales, porque la gente ya no se calla y agacha la cabeza sino que va directo a buscar un buen picapleitos
 
exacto,a aparte para sancionarte primero t deben advertir verbalmente q lo estás haciendo mal,la sanción no puede ser sorpresiva ,si ellos creian q lo estaba haciendo mal no pueden esperar a que lo repita varias veces para q sume una falta grave y sancionarlo
Verbalmente no, si la empresa lo considera falta muy grave lo debe advertir de forma escrita y con la firma de un representante del comité de empresa si existiera
 
No, la empresa quiere deshacerse de un empleado que ya tiene una edad y no rinde como uno de 20 (no descarga camiones o barre la nave igual)

O eso, o ha llegado un encargado de centro nuevo y le ha caído mal por lo que sea
De todo hay en la viña del Señor: desde los casos que tú comentas hasta otros perfiles.
 

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