juanoski
Madmaxista
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Hola, mi padre ha fallecido recientemente y tengo mil dudas respecto a los pasos a seguir y la forma menos onerosa de arreglar el papeleo. Voy a intentar plantear mis dudas esquemáticamente:
-Mis padres hicieron testamento hace varios años, uno en favor del otro, hasta el fallecimiento del segundo cónyuge, cuando se repartiría la herencia a partes iguales entre los tres descendientes. Hablamos de bienes gananciales.
-Mi hermana murió hace unos años. Del papeleo se encargó Sta. Lucía, aunque poco había que hacer, porque era paralítica cerebral y vivía con mis padres. Entiendo que aun fallecida sigue constando en el testamento. Seguimos vivos mi progenitora, mi hermano y yo.
-Tras la gloria de mi padre, Sta. Lucía nos informa que se encargará de todo, pero no lo veo claro y en cualquier caso quiero estar encima para intentar pagar lo menos posible a Hacienda (desafortunadamente tengo tiempo de sobra).
-Mis padres tienen un piso (+/- 300.000€ precio actual de mercado) y varias cuentas corrientes y depósitos por un valor ligeramente superior a 200.000€. Ni coche ni deudas.
Y aquí van las dudas:
1.Impuesto de sucesiones. ¿Qué pasos tengo que seguir? ¿Cuánto tendríamos que pagar aproximadamente si vivimos en Andalucía? ¿Cómo pagar lo menos posible? ¿A quién de nosotros le corresponde pagar?
2.Cuentas corrientes. Tenemos acceso a algunas pero no a otras. En cualquier caso entiendo que sacar dinero de ellas tras el óbito de mi padre no es muy inteligente, porque se tendrá en cuenta el saldo en el día del fallecimiento. ¿Es correcto? ¿Qué tendría que hacer para anular las cuentas de mi padre o ponerlas a nombre de mi progenitora?
3.Tributaciones posteriores. Después de pagar el impuesto de sucesiones, ¿Hay que tributar por el IRPF en la declaración de la renta? ¿Qué pasará cuando muera mi progenitora? ¿Tendremos que volver a tributar? …
4.A pesar del testamento, ¿el dinero de las cuentas corrientes puede dividirse entre mi progenitora y los descendientes? No así la vivienda que está claro que la usaría mi progenitora (lo digo porque al estar circunstancialmente parado este año, pagaría menos IRPF por la sucesión).
5.Hermana fallecida. Me imagino que habrá que aportar su certificado de defunción en los trámites del impuesto, pero… ¿Cómo influiría esto en todo el proceso? Como digo era paralítica cerebral y no tenía descendencia ni bien alguno.
Bueno, es una parrafada gordísima pero después de varios días buceando por Internet sigo con las mismas dudas que al principio.
Gracias anticipadas.
-Mis padres hicieron testamento hace varios años, uno en favor del otro, hasta el fallecimiento del segundo cónyuge, cuando se repartiría la herencia a partes iguales entre los tres descendientes. Hablamos de bienes gananciales.
-Mi hermana murió hace unos años. Del papeleo se encargó Sta. Lucía, aunque poco había que hacer, porque era paralítica cerebral y vivía con mis padres. Entiendo que aun fallecida sigue constando en el testamento. Seguimos vivos mi progenitora, mi hermano y yo.
-Tras la gloria de mi padre, Sta. Lucía nos informa que se encargará de todo, pero no lo veo claro y en cualquier caso quiero estar encima para intentar pagar lo menos posible a Hacienda (desafortunadamente tengo tiempo de sobra).
-Mis padres tienen un piso (+/- 300.000€ precio actual de mercado) y varias cuentas corrientes y depósitos por un valor ligeramente superior a 200.000€. Ni coche ni deudas.
Y aquí van las dudas:
1.Impuesto de sucesiones. ¿Qué pasos tengo que seguir? ¿Cuánto tendríamos que pagar aproximadamente si vivimos en Andalucía? ¿Cómo pagar lo menos posible? ¿A quién de nosotros le corresponde pagar?
2.Cuentas corrientes. Tenemos acceso a algunas pero no a otras. En cualquier caso entiendo que sacar dinero de ellas tras el óbito de mi padre no es muy inteligente, porque se tendrá en cuenta el saldo en el día del fallecimiento. ¿Es correcto? ¿Qué tendría que hacer para anular las cuentas de mi padre o ponerlas a nombre de mi progenitora?
3.Tributaciones posteriores. Después de pagar el impuesto de sucesiones, ¿Hay que tributar por el IRPF en la declaración de la renta? ¿Qué pasará cuando muera mi progenitora? ¿Tendremos que volver a tributar? …
4.A pesar del testamento, ¿el dinero de las cuentas corrientes puede dividirse entre mi progenitora y los descendientes? No así la vivienda que está claro que la usaría mi progenitora (lo digo porque al estar circunstancialmente parado este año, pagaría menos IRPF por la sucesión).
5.Hermana fallecida. Me imagino que habrá que aportar su certificado de defunción en los trámites del impuesto, pero… ¿Cómo influiría esto en todo el proceso? Como digo era paralítica cerebral y no tenía descendencia ni bien alguno.
Bueno, es una parrafada gordísima pero después de varios días buceando por Internet sigo con las mismas dudas que al principio.
Gracias anticipadas.