El truco de los 400€

reydmus

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Pues no lo he mirado mucho pero si no me equivoco, los 400€ creo que es simplemente un "anticipo" de la renta del año que viene.Luego cuando hagamos la declaracion y hayamos cotizado menos IRPF, nos la meteran por el pandero.

Por ejemplo, veo menos interesante la cuenta vivienda porque puede pasar que si este año te devuelven 1100€, por poner un ejemplo, el año que viene te devuelvan 800€ ingresando la misma cantidad a la cuenta vivienda,9015€.

Vamos que no es que Zp regale 400€ si no que pagamos 400€ menos a hacienda y el año que viene ya haran las cuentas.Si alguien le ha tocado pagar este año en la declaracion 300€, se puede encontrar que el año que viene tiene que pagar 700€

Si alguien se lo ha empollado y no estoy en lo cierto, que nos ilumine. 😀

Es simplemente una divagacion.
 
Yo es que lo de los 400 euros sigo sin entenderlo.

En vez de coger ese dinero y tomar liderazgo inviertiéndolo en algo que saque adelante al país, va el ZP & co y lo devuelven al contribuyente, que en muchos casos va a hacer un uso decente del mismo (como un par de vecinos míos, uno que compra regularmente maría en el mercado zain y otro que se va de astutas -ambas cosas seguro que reactivan la economía española-).

Y de paso vacíamos las arcas del Estado.

Yo sigo sin entenderlo 😕:
 
Yo lo que veo es que va a haber mucha gente que se va a quedar sin ese dinero. Pensionistas, quizás autónomos, gente que gane menos dinero (y por tanto, no le retengan 200 euros en la nómina de Julio), o gente que de la casualidad que en julio de este año se encuentre parada.

No es normal que se pretenda incentivar el consumo no beneficiando a la gente menos favorecida, todo lo contrario. Creo que hubiera sido más acertado rebajar el tipo impositivo de las rentas más bajas, y únicamente de las más bajas (mileuristas o submileuristas).
 
Pues no lo he mirado mucho pero si no me equivoco, los 400€ creo que es simplemente un "anticipo" de la renta del año que viene.Luego cuando hagamos la declaracion y hayamos cotizado menos IRPF, nos la meteran por el pandero.

Por ejemplo, veo menos interesante la cuenta vivienda porque puede pasar que si este año te devuelven 1100€, por poner un ejemplo, el año que viene te devuelvan 800€ ingresando la misma cantidad a la cuenta vivienda,9015€.

Vamos que no es que Zp regale 400€ si no que pagamos 400€ menos a hacienda y el año que viene ya haran las cuentas.Si alguien le ha tocado pagar este año en la declaracion 300€, se puede encontrar que el año que viene tiene que pagar 700€

Si alguien se lo ha empollado y no estoy en lo cierto, que nos ilumine. 😀

Es simplemente una divagacion.


Nooooooooooooooo. Se ha dicho ya 20.000 veces.

En la declaración del año que viene habrá una deducción de 400€, para no tener que devolverlos.
 
Pues no lo he mirado mucho pero si no me equivoco, los 400€ creo que es simplemente un "anticipo" de la renta del año que viene.Luego cuando hagamos la declaracion y hayamos cotizado menos IRPF, nos la meteran por el pandero. 😕:

Bueno, supongo que ése es el bulo que le interesa meter a Rajoy y al PP 😀😀
La gente más o menos inteligente ya sabe de lo que se trata.
 
Nooooooooooooooo. Se ha dicho ya 20.000 veces.

En la declaración del año que viene habrá una deducción de 400€, para no tener que devolverlos.

De momento la ley del IRPF no ha cambiado. Es decir, que esto POR AHORA es falso.

Un saludo.
 
De momento la ley del IRPF no ha cambiado. Es decir, que esto POR AHORA es falso.

Un saludo.

Si nos informaramos antes de abrir la boca no se dirian tantas tonterias, naturalmente que la ley de IRPF ha cambiado, y sí existe una deducción de 400 leuros:

REAL DECRETO-LEY 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica

Resumen:

Artículo 1. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio

Dos. Con efectos desde 1 de enero de 2008, se añade un artículo 80 bis con el siguiente contenido:

«Artículo 80 bis. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

1. Los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o rendimientos de actividades económicas se deducirán 400 euros anuales.

2. El importe de la deducción prevista en este artículo no podrá exceder del resultante de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas minorados, respectivamente, por las reducciones establecidas en los artículos 20 y, en su caso, 32 de esta Ley.

A estos efectos, no se fruta los rendimientos del trabajo o de actividades económicas obtenidos en el extranjero en la medida en que por aplicación de la deducción prevista en el artículo 80 de esta Ley no hayan tributado efectivamente en el Impuesto.

Se entenderá por tipo medio de gravamen el resultante de sumar los tipos medios de gravamen a que se refieren el apartado 2 del artículo 63 y el apartado 2 del artículo 74 de esta Ley.»
 
Última edición:
Si alguno no esta de acuerdo con la deducción de los 400 euros estare encantado de aportarle mi numero de cuenta para que se libre de tan sucio dinero.

Personalmente no creo que sea una medida significativa, pero la prefiero mil veces antes de una reducción porcentual por tramos en el irpf o desgrabaciones concretas como pueden ser el tema de la hipoteca, que al final se acaban embolsando los de siempre.
 
@Tuerto tienes toda la razón. Ha sido una metedura de pata por mi parte.

Un saludo.
 
Yo personalmente prefiero que me den los 400€ a mi que yo sé que sabré invertirlos mejor que el govierno.

¿Y funcionamos con derramas?

Maravilloso. 6000 millones de euros de superavit a tomar por pandero.

No dudo que tú sepas invertirlos en tu provecho mejor que el gobierno, pero se supone que es en provecho de todos.
 
¿Y funcionamos con derramas?

Maravilloso. 6000 millones de euros de superavit a tomar por pandero.

No dudo que tú sepas invertirlos en tu provecho mejor que el gobierno, pero se supone que es en provecho de todos.

Sinceramente, a mi me da toda la impresión que si Zapatero no hubiese prometido darnos ese dinero en estos momentos ya estaria en manos de los constructores y promotores, así que mucho mejor en nuestras manos.
 
La chapuza de los 400€ de ZP va a dar mucho que hablar

Ojo, lo que se sabe hasta ahora es que se regula como una deducción fiscal, por lo que se calcula que más de un millón de contribuyentes que tendrán que devolver parte de lo dejado de retener por nómina este año al realizar la Declaración de la Renta 2009. La causa es sencilla; la deducción no se ha regulado como un impuesto negativo o ayuda a secas, como ocurre con el otrora famoso cheque bebé de ZP de los 2.500€, sino que opera como una deducción fiscal más, y si el contribuyente en la declaración de la Renta presenta unas deducciones excesivas respecto a su cuota de impuesto, no podrá deducirse adicionalmente los 400 € prometidos por Zapatero. Todo ello, supone que la decisión electoralista de adelantar el importe mediante rebaja en las retenciones de IRPF en las hojas de salarios, esto es, al operar como una deducción por adelantado, puede llegar a provocar que contribuyentes que, en principio tengan topadas sus deducciones fiscales con su cuota líquida, no le correspondan, en parte o en su totalidad, los 400 € de ZP y que por ello tengan que devolver a Hacienda en la declaración de la Renta del siguiente año parte de la deducción. En definitiva, así es como queda todo el tema a día de hoy del tocomocho de los 400e de ZP si bien siempre cabe esperar alguna reforma de última hora de la Ley de IRPF si la indignación del populacho se hace muy evidente. slds
JOLDI'S WEB
 
Complementando el anterior post, tan solo comentaros como funcionará la mencionada deducción de los 400 €, que es sobree la cuota líquida del impuesto y que afecta a asalariados, pensionistas o autónomos que tributen en el IRPF, y que se instrumenta como una minoración en las retenciones e ingresos a cta. de IRPF soportadas en la nómina del trabajador. El modo de proceder será el siguiente:


-En el presente mes de junio la retención e ingreso a cta. de IRPF se minorará, con el límite de su importe, en la cuantía de 200 € para cada preceptor (la cuantía correspondiente al periodo entre enero y junio). Si no se llegase para el pago de estos primeros 200 €, la diferencia se prorrateará hasta fin de año sumándose a la deducción mensual indicada para el segundo semestre. Es importante destacar que en aquellos supuestos que el trabajador no se le practique retenciones en nómina por encima de estos 200 €, la deducción tendrá como tope el importe de lo retenido por nómina. Igualmente, si al trabajador no se le practica retención en nómina, no se verá afectado por esta deducción de los 400 €, percibiendo igual neto que hasta la fecha.

-Para el segundo semestre del año (de julio a diciembre), las retenciones o ingresos a cuenta deberán calcularse con las nuevas normas establecidas por el Real Decreto 861/2008. Respecto de los 200 € restantes hasta alcanzar la deducción total de 400 € que venimos comentando, se minorarán de las retenciones que se practiquen hasta final de año, debiéndose regularizar el tipo de retención, que se expresará con dos decimales. Para aquellos trabajadores sometidos a tipo mínimo de retención de IRPF no operará en este segundo semestre la deducción de los 200 € (p.ej. contratos temporales inferiores al año sometidos al tipo mínimo del 2% o relaciones laborales especiales con tipo mínimo del 15%).

-En relación a 2009, se eleva el importe de los límites excluyentes de la obligación de retener, a la vez que ya será de aplicación desde enero la nueva fórmula del cálculo de la retención, considerando en ambos casos la aplicación de la deducción de los 400 €.

El Real Decreto también regula como debe aplicarse la deducción en relación a los contribuyentes que realizan actividades económicas y tienen derecho a la deducción en sus pagos fraccionados, debiéndose rebajar de la cantidad a pagar en concepto de IRPF los primeros 200 € en el próximo pago del segundo trimestre de 2008 (en el próximo mes de julio). El resto, dividido en sendos bloques de 100 €, deberá deducirse de las retenciones a pagar en octubre y enero. Idéntico procedimiento que se deberá seguir en todo 2009.

Espero que haya quedado un pelín más claro. slds
 
quien quiera hacer numeritos ya lo puede hacer con el programa oficial

 
De momento la ley del IRPF no ha cambiado. Es decir, que esto POR AHORA es falso.

Un saludo.


Entonces al gobierno la medida no le costaría un duro, y se ha diicho en todas partes que le va a costar al gobierno unos 6.000 millones y que con esto se agota prácticamente el superávit


¿incongruente con lo que defiendes no?



* : edito porque veo que ya se ha aclarado
 
más sobre los 400 euros

es cierto lo que dice joldi, verdad? supongo que eso no le afectará a "todos" los que se beneficiarán de los 400 euros, pero sí es cierto que si, por ejemplo, uno ya consigue deducirse todos los impuestos por hipoteca, descendientes, o lo que sea, al final, esos 400 euros tendrá que apoquinarlos, no?

intenté hacer un texto aclaratorio en este post:
 
No se porque es tan dificil de entender.

Este año se pagarán 400 euros menos de IRPF.

Si alguien que paga 1000 euros de IRPF, le devuelven 400, después no podrá deducrise 1000 por vivienda, podrá decucirse 600, o si se prefiere entender de otra forma devolver los 400 y deducrise 1000.

Y el que no se deduce nada pues se queda con los 400 limpios.
 
No se porque es tan dificil de entender.

Este año se pagarán 400 euros menos de IRPF.

Si alguien que paga 1000 euros de IRPF, le devuelven 400, después no podrá deducrise 1000 por vivienda, podrá decucirse 600, o si se prefiere entender de otra forma devolver los 400 y deducrise 1000.

Muy bien dicho "isidro".

A mí también me ha tocado explicarlo y parece que la gente no lo entiende bien.
 
Tengo una duda, a ver si alguien sabe contestarla ...

Ahora me retienen unos 1500€ anuales de IRPF (125 al mes).

Por lo que entiendo que este mes me van a retener 0€. Los 75€ restantes hasta llegar a los 200€ me lo van a dividir en 6 partes a devolver en las nominas de julio-diciembre junto con los demas 200€ (33,33€/mes).

En septiembre tengo pensado cambiar de puesto de trabajo, donde puede que me retengan mas o tambien puede ser que me retengan menos, no lo se.

Este cambio me afectara de alguna manera a la devolucion de estos 400€ ?

gracias.
 
Al cambiar de trabajo lo normal es que no te retengan nada o casi nada, ya que para la empresa solo cuenta lo que has percibido de ella es decir:

Al calcular las retenciones utilizará como salario anual de septiembre a Diciembre.

Lo que te pasará es que lo que dejas de pagar lo pagas en la declaración de la renta (se convierte en obligatoria por tener dos pagadores) imagino que lo que te falte de los 400€ se te descontará de lo que tendrás que pagar.

Un saludo.
 

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