Desheredar a una hija negando la paternidad: qué dice la ley
¿Puede un padre desheredar a su hija con un simple anuncio? Un hombre ha manifestado su intención de repudiar a una menor de la que niega ser padre, citando pruebas de identidad y un supuesto plan materno para conservar el favor de los abuelos. El caso ha vuelto a poner sobre la mesa una vieja tensión: la del vínculo biológico frente al registro civil en el derecho sucesorio.
La herencia del 'hijo aborrecido'
El relato invoca la figura del 'heredero aborrecido', una expresión que no tiene reconocimiento directo en el Código Civil. La desheredación solo procede por causas tasadas: maltrato físico o psicológico, injurias graves o incumplimiento de las obligaciones familiares. La negación de paternidad, por sí sola, no figura entre ellas. El autor del mensaje añade, además, un precedente doméstico: un primo y una hermana fueron excluidos del testamento de su padre, lo que insinúa una dinámica hereditaria reincidente.
ADN y legítima: importa el registro
El conflicto se ha centrado en el valor probatorio de las pruebas de paternidad. Pero desde el ángulo jurídico, si la menor figura como hija del declarante en el Registro Civil, tiene la condición de heredera forzosa. Impugnar la filiación exige un procedimiento judicial previo; no basta con manifestarlo en un espacio público. Mientras no exista sentencia firme, la legítima permanece intocable.
Las proclamas digitales no sustituyen a la resolución judicial. Y en materia de herencias, quien espera sentencia sin presentar demanda se queda sin herencia. O sin bravata.