El documental de La Manada reabre el pulso entre prensa y sentencia
El estreno en Netflix del documental «No estás sola» ha devuelto a primer plano un asunto que llevaba años en segundo plano: cómo se trató a la víctima y cómo se construyó el relato mediático del proceso. Los hechos se remontan a los Sanfermines de Pamplona de 2016, cuando un grupo de cinco hombres fue acusado de agredir sexualmente a una joven en el portal de un edificio. El documental vuelve a situar el foco en la cobertura informativa de entonces y en la sentencia.
Las reacciones se han partido en dos. Una parte señala a medios y a profesionales concretos por lo que considera un trato cruel hacia la víctima; otra recuerda que existe un
voto particular discrepante de uno de los magistrados y que la calificación jurídica fue objeto de un largo litigio. La discusión sobre el documental de La Manada no es, por tanto, solo sobre el documental.
Qué es «No estás sola» y por qué reabre el caso
El documental, emitido en Netflix, repasa el caso conocido como La Manada y el modo en que se cubrió informativamente. Varias de las reacciones recogidas insisten en un mismo punto: el tratamiento que recibió la víctima durante el proceso y los años posteriores. Se menciona que las calles se llenaron entonces de mujeres defendiendo a mujeres, y se expresa el deseo de que algún día dejen de ser necesarios documentales como este.
No hay unanimidad en el diagnóstico. Una parte sostiene que se trata de un ejercicio de adoctrinamiento y que no piensa verlo; otras reacciones se centran en cómo se trató a la víctima y en lo que rodeó al proceso. Entre ambos extremos, el debate sobre el documental de La Manada se convierte en un pulso sobre
quién controla el relato de los hechos.
El voto particular del juez que sostiene la discrepancia
El elemento técnico que más peso tiene en la discusión es el
voto particular de uno de los magistrados que juzgaron el caso. Ese juez, que tuvo acceso a toda la documentación, a las declaraciones y a las grabaciones, no apreció violación sino, según sostiene esta corriente, sexo consentido. Que no mantuviera la versión mayoritaria siembra dudas sobre la sentencia, se argumenta, tratándose de una privación de libertad de años.
Hay quien compara la situación con la del caso Rumasa, donde la mitad más uno de los jueces empapelaron a un empresario y siempre quedó la sospecha de si el juicio fue civil o político. Cuando algo es manifiestamente evidente, sostiene esta corriente, no ocurren estas cosas. La consecuencia práctica es una brecha: se pide no discutir el asunto con quien no haya leído antes la sentencia y el voto discrepante.
En el lado contrario pesa un principio elemental del derecho penal: sin prueba que acredite los hechos más allá de toda duda razonable, no hay condena. El problema es que de ahí no se deduce ni la inocencia ni la culpabilidad, solo un estándar. Y el estándar no calma a nadie.
La prensa señalada y el trato a la víctima
Una parte de las reacciones apunta directamente a profesionales de la información por su papel en la cobertura del caso. Se citan nombres concretos de periodistas y presentadores, y se afirma que convirtieron la agresión en un
circo en lugar de apartarse de los medios. La crítica no va solo contra el pasado: se sostiene que ese mismo tipo de cobertura sigue produciéndose a diario.
La acusación de fondo es doble. Por un lado, que la prensa no fue objetiva; por otro, que la libertad de prensa ampara demasiado y permite casi todo. Es una tensión conocida: la misma libertad que protege la denuncia protege también el exceso, y el límite lo fija después un juez, años más tarde y con la opinión ya formada.
Del robo del móvil a la calificación jurídica
El detalle material que reaparece una y otra vez es el robo del teléfono móvil de la víctima después de los hechos. Para unos, demuestra que los acusados se comportaron como delincuentes comunes y que por eso acabaron donde acabaron; para otros, es un delito menor que no debería contaminar la valoración del resto. Una intervención lo compara con robarle el caballo a alguien en una llanura despoblada.
Ahí se cruzan dos planos que el documental no separa. Uno es
moral: qué se hizo y qué merece reproche. Otro es
legal: qué puede probarse y con qué consecuencias. Diferenciar entre moral y ley es fundamental en un Estado de derecho, se sostiene, aunque la frase sirva luego para defender posturas opuestas.
El vídeo usado como prueba centra buena parte de la disputa. Se afirma que las grabaciones contradecían la declaración inicial y hay quien se pregunta si el material fue destruido sin copia. Si el material clave desaparece, cualquier conclusión que se saque queda, como mínimo, en el aire.
Con el documental en circulación y el voto particular sobre la mesa, el desacuerdo no se cierra. Unos piden revisar cómo se informó del proceso; otros exigen leer la sentencia antes de opinar. Donde acaba el dato, empieza la trinchera.