El Supremo de EEUU prohíbe usar la raza en los distritos electorales: ¿golpe a la igualdad o a la discriminación?
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos, que impide rediseñar los distritos electorales en base a criterios raciales, ha reabierto un debate que lleva medio siglo latente. Para unos, es un avance hacia una democracia ciega al color; para otros, una maniobra que permite diluir el voto de las minorías, especialmente el voto negro, en beneficio de Trump.
El fallo: colorblind o law?
La mayoría conservadora del Supremo dictaminó que la raza no puede ser el factor determinante al trazar los límites de los distritos, argumentando que la Constitución exige igualdad ante la ley sin distinción racial. Esto supone un revés para las políticas de acción afirmativa que, desde los años 60, buscaban compensar la discriminación histórica mediante la creación de distritos donde las minorías tuvieran representación garantizada. Los críticos sostienen que, en la práctica, esto permitirá a los estados controlados por los republicanos fragmentar las comunidades negras y diluir su poder electoral.
Paralelismos con el sistema español
El debate no es exclusivo de EE.UU. En España, la circunscripción provincial ya genera desequilibrios: UPN consigue un diputado en el Congreso con 52.000 votos, mientras que el Partido Animalista no obtuvo ninguno con 169.000 sufragios. Esto ilustra cómo el diseño de distritos puede favorecer a ciertos grupos, aunque en el caso español sea por razones administrativas, no raciales.
La sentencia no resuelve la tensión entre una igualdad formal (no discriminar por raza) y una igualdad material (garantizar representación a grupos históricamente marginados). Mientras tanto, la pregunta que queda en el aire es si el camino hacia una democracia más justa pasa por ignorar la raza o por reconocerla para corregir desequilibrios.
Debates relacionados en el foro