¿Habéis visto el Ibex 35...? Diciembre 2011 II +

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y más concretamente las medidas presupuestarias urgentes son estas:



En la página 53 del PDF dice así:

Disposición adicional trigésima quinta. Gravamen complementario a la cuota
íntegra estatal para la reducción del déficit público en los ejercicios 2012 y
2013.

1. En los períodos impositivos 2012 y 2013, la cuota íntegra estatal a que se
refiere el artículo 62 de esta Ley se incrementará en los siguientes importes:
a) El resultante de aplicar a la base liquidable general los tipos de la siguiente
escala:

[ tabla con el aumento de los tipos en la base liquidable general ]

b) El resultante de aplicar a la base liquidable del ahorro, en la parte que no
corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar a que se refiere el
artículo 56 de esta Ley, los tipos de la siguiente escala:

[ tabla con el aumento de los tipos en la base liquidable del ahorro ]

En resumen, que los tipos incrementados del IRPF son para 2012 y 2013 (declaraciones presentadas en 2013 y 2014).
 

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