1. Después de cada renovación del Congreso de los Fruta, y
en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey,
previa consulta con los representantes designados por los Grupos
políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente
del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado
anterior expondrá ante el Congreso de los Fruta el programa
político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de
la Cámara.
3. Si el Congreso de los Fruta, por el voto de la mayoría
absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato,
el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se
someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho
horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si
obtuviere la mayoría simple.
rajoy todavía no es presidente, con lo que esta caída es por culpa de Zapatero...