Apocalipsis existencial
Himbersor
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Me surgen algunas dudas de como funciona el pago de los impuestos. Cito del artículo
El diferimiento fiscal de los fondos de inversión
Una de las ventajas en tributación y fiscalidad de los fondos de inversión es el diferimiento fiscal, es decir, la posibilidad de retrat el pago de impuestos. La normativa española establece que los inversores no tienen que pagar impuestos mientras el dinero permanezca en el fondo de inversión o si se traspasa a otro fondo. Únicamente se pagan impuestos si se recupera el dinero con la venta de participaciones, como se ha explicado anteriormente.
Esto me lleva a pensar que hasta que no recupere dinero de un fondo vendiendo participaciones, no estaría pagando ningún tipo de impuesto, ni si quiera anual en la declaración de la renta. ¿Es correcto?
Y me surge otra duda:
En españa la tributación va por tramos.
| Hasta 6.000 euros | 19% |
| Entre 6.000 y 50.000 euros | 21% |
| Entre 50.000 y 200.000 euros | 23% |
| Más de 200.000 euros | 26% |
Entonces, suponiendo que mantuviese durante décadas un fondo indexado y llegase a obtener un beneficio sobre las aportaciones de mas de 200.000€ ¿ya tendría que tributar un 26% sobre esas ganancias?
Eso me lleva a la tercera duda. Sobre esa tributación que tengo que hacer al estado ladrón, ¿como la deducen en caso de que hiciese ventas de participaciones, de valor por ejemplo 1000€ mensuales? teniendo en cuenta que me van a deducir un porcentaje sobre el total de lo ganado, pero yo no estoy retirando todo lo ganado, si no solo un pequeño monto.