El juicio de Begoña Gómez se fija para después de las elecciones: ¿estrategia o rutina judicial?
¿Coincidencia o cálculo político? El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha fijado la fecha del juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, para después de las próximas elecciones generales. La decisión ha reabierto el debate sobre la independencia judicial y la presunta protección al PSOE en causas que afectan a su entorno.
Las posturas están claramente divididas. Por un lado, quienes ven una maniobra deliberada para evitar que un hipotético fallo condenatorio impacte en el voto: juzgar a la mujer del presidente después de que los ciudadanos hayan depositado su papeleta reduciría el desgaste electoral. Esta tesis se apoya en la longitud habitual de los procedimientos: la instrucción se alargó lo suficiente como para que el juicio quedara automáticamente fuera del calendario preelectoral.
En el otro extremo, los que defienden que los plazos son los normales en causas con jurado popular. La selección de los miembros del jurado, las notificaciones y las garantías procesales justificarían una demora de varios meses. Quienes sostienen esta versión recuerdan que la justicia española no es precisamente ágil y que señalar un juicio a un año vista no es inusual.
Hay un tercer argumento, más cínico: que el timing importa poco porque, condenen o absuelvan, el PSOE mantendría su mayoría. O que, al contrario, posponerlo evita un posible indulto post-electoral si la derecha ganara y quisiera borrar el caso.
Lo cierto es que la fecha del juicio, aunque formalmente es una decisión técnica, se convierte en un termómetro de la confianza en las instituciones. Que un caso con implicaciones políticas directas se resuelva después de que el electorado haya votado no es, en sí mismo, ilegal. Pero el olor a cálculo es difícil de disipar.