Iustitia Europa pide suspender las elecciones del 29N

Iustitia Europa pide suspender las elecciones del 29N
RESUMEN DEL MENSAJE INICIAL · elaborado con IA

Iustitia Europa ha pedido al Tribunal Supremo que suspenda las elecciones generales del 29 de noviembre, alegando que el adelanto electoral hace imposible revisar los expedientes de nacionalizados por la ley de nietos. La Abogacía del Estado sostiene que distinguir a unos electores de otros en el plazo disponible es materialmente imposible.

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Iustitia Europa ha pedido al Tribunal Supremo que suspenda las elecciones generales del 29 de noviembre, alegando que el adelanto electoral hace imposible revisar los expedientes de nacionalizados por la ley de nietos. La Abogacía del Estado sostiene que distinguir a unos electores de otros en el plazo disponible es materialmente imposible.

Hay un partido pequeño, Iustitia Europa, que ha presentado un escrito de urgencia al Tribunal Supremo. Pide algo que suena a película: suspender las elecciones generales del 29 de noviembre. El argumento no es un capricho. Se apoya en lo que la propia Abogacía del Estado ha reconocido por escrito: que el adelanto electoral convierte en tarea imposible revisar los expedientes de las personas que obtuvieron la nacionalidad española por la ley de nietos.

Qué dice el escrito de Iustitia Europa

El partido sostiene que la votación debe celebrarse con garantías de que se cumple la resolución judicial vigente. Suspender temporalmente la cita electoral, argumenta, preserva el resultado útil de la tutela cautelar y protege la integridad del proceso. Es decir, que si se vota sin resolver antes el fondo del asunto, el Supremo podría dictar después una sentencia que ya no sirviera para nada.

Como medida alternativa, Iustitia Europa propone marcar informáticamente en el censo a los 163.020 electores descendientes de exiliados que accedieron a la nacionalidad a través de la instrucción que presume esa condición para todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Ese censo es el que se cerró a 1 de agosto de 2026 y el que se usará el 29N.

La formación sostiene que ese marcado no priva a nadie del derecho al voto ni altera el calendario. Solo permitiría, en caso de sentencia estimatoria, fiscalizar y depurar esos sufragios en el escrutinio general. Traducido: si al final el Supremo da la razón a quien impugnó la instrucción, se sabría exactamente qué votos anular.

La Abogacía del Estado dice que no hay forma humana

El escrito registrado por la Abogacía del Estado es contundente. Viene a decir que o se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA o no se suspende a ninguno, porque los datos del Censo de Residentes Ausentes son globales, sin distinción. Distinguir a unos de otros en el plazo disponible es, literalmente, materialmente imposible.

El razonamiento tiene una base temporal que conviene entender. La ley electoral establece que el censo del 29N es el que se cerró el 1 de agosto, antes de la decisión judicial, y debe exponerse al público el 12 de octubre. La Abogacía ya había alegado en un escrito anterior al adelanto electoral que no era factible que los 16 consulados que aglutinan el 85% de las inscripciones pudieran analizarlas antes del 1 de enero de 2027, cuando estaba previsto el cierre del censo para el ciclo electoral del año siguiente.

Ahora, reducir ese plazo a escasos días confirma esa imposibilidad, dice el escrito. Y añade un principio jurídico que pesa mucho: ante el riesgo de sacrificar de inmediato un derecho fundamental, lo que debe primar es el ejercicio del derecho a participar. O sea, que antes que dejar a alguien sin votar, se vota y ya se verá.

Por qué esto importa más allá del caso concreto

Lo que está en juego no es solo si 163.020 personas votan o no. Es si el Supremo puede imponer una medida cautelar que afecta a un derecho fundamental cuando el calendario electoral hace imposible aplicarla sin dañar a otros. La Abogacía del Estado pide que se levanten las medidas cautelares que podrían dejar sin voto a más de 160.000 descendientes de represaliados.

El asunto llega en un momento en que el censo electoral ya está cerrado y en exposición pública. Cualquier cambio en el cuerpo electoral a estas alturas exige una logística que los servicios jurídicos del Estado consideran inasumible. Y el Supremo tendrá que decidir si prima la tutela judicial o el derecho al voto. Las dos cosas, en este caso, no caben en el mismo calendario.

Datos clave
  • Iustitia Europa pide al Supremo suspender las elecciones del 29 de noviembre de 2026.
  • La Abogacía del Estado alega que revisar los expedientes antes del 29N es materialmente imposible.
  • El censo electoral se cerró el 1 de agosto de 2026 y se expone al público el 12 de octubre.
  • Los 16 consulados con el 85% de las inscripciones no podrían analizarlas antes del 1 de enero de 2027.
  • La instrucción impugnada presume la nacionalidad para españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
Fuente: eldiario.es
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Hasta la derecha a la derecha del PP quiere que el Chac siga en el gobierno.


Iustitia Europa pide al Supremo que suspenda las elecciones por la “imposibilidad” de cumplir el fallo de la ley de nietos

Elena Herrera
9 de octubre de 2026

El partido minoritario Iustitia Europa reclama al Tribunal Supremo que suspenda las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. En un escrito de urgencia presentado esta misma mañana, la formación se apoya en las alegaciones remitidas este jueves por la Abogacía del Estado, en las que los servicios jurídicos del Estado argumentaron que el adelanto electoral hace “materialmente imposible” revisar los expedientes de nacionalizados por la ley de nietos puestos en duda por el Alto Tribunal.

“La votación debe celebrarse bajo condiciones que garanticen la plena efectividad de la resolución judicial vigente. La suspensión temporal de la votación preserva el resultado útil de la tutela cautelar y protege simultáneamente la integridad y legitimidad del proceso electoral”, dice el escrito.

El partido exige que, en caso de que el tribunal vea “desproporcionada” la paralización, se tomen medidas para garantizar la “trazabilidad” de los votos de los 163.020 electores descendientes de exiliados que accedieron a la nacionalidad —y al derecho al voto— a través de la instrucción que presume esa condición para “todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955” sobre la que ha puesto el foco el Supremo.

Así, propone el “marcado informático de dichos electores” en el censo cerrado a 1 de agosto de 2026, que es el que se utilizará para el 29N. A su juicio, esta medida subsidiaria no priva preventivamente del derecho de voto a ningún ciudadano ni altera el calendario electoral, pero garantiza de forma absoluta la trazabilidad de los sufragios emitidos por este colectivo. Así, sostienen que en caso de una sentencia estimatoria en el proceso principal, el impacto de dichos votos podrá ser “fiscalizado y depurado de forma quirúrgica en el escrutinio general”.

En un escrito registrado este jueves, la Abogacía del Estado volvió a pedir al Supremo que levante las medidas cautelares que podrían dejar sin derecho a voto en las próximas elecciones generales a más de 160.000 descendientes de represaliados. “O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA [el censo de quienes viven en el extranjero] –pues los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna– o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone”, recogía el escrito.

La Abogacía del Estado recordaba que la ley electoral establece que el censo del 29N es el que se cerró a 1 de agosto —antes de la decisión judicial— y debe exponerse para consulta el próximo lunes 12 de octubre. Los servicios jurídicos del Estado ya alegaron en otro escrito previo al adelanto electoral que no era “factible” que los 16 consulados que aglutinan el 85% de las inscripciones las pudieran analizar antes del 1 de enero de 2027, cuando estaba previsto el cierre del censo para el ciclo electoral del próximo año.

Ahora, reducir ese plazo a escasos días “confirma” esa imposibilidad material, dice el escrito. E insiste en que “en la ponderación de intereses, ante el riesgo del sacrificio inmediato de un derecho fundamental, lo que debe primar es el ejercicio del derecho a participar”.
 
Que lo hagan, que lo hagan, que lo hagan.

Llevamos una semana en la que han dejado sueltos a todos los votantes de derecha. Como tapar un error como era dejar sin derecho a voto a unos españoles? Haciendo uno más grande, y dejándonos a todos sin poder votar.
 
Si al final no dejan votar a los "nietos", será Sánchez el que impugne las elecciones.
 

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