bardos
Madmaxista
- Desde
- 3 Ene 2012
- Mensajes
- 56
- Fruta
- 13
He hecho esta pregunta en otro foro sin recibir una respuesta:
No tengo millones en bienes extranjeros, depos, inmobilaria, acciones, etc. descarto un informe al Banco de España. No problemo.
Luego para Hacienda: con menos de 50.000 €, descartamos cualquier informe.
Pero después pone: "La presentación de la declaración en los años sucesivos sólo será obligatoria cuando cualquiera de los saldos conjuntos de los tres diferentes bloques de bienes, hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto de los que determinaron la presentación de la última declaración".
Esto, no lo entiendo muy bien. Si he abierto cuentas en el extranjero en 2014 por valor de 49.000 €, pues, ningún informe. En el año siguiente, le sumo otros 19.000. Ya supera los 50.000, (68.000 €), pero no ha superado los 20.000 € de incremento. No tengo que entregar un informe de nada?
¿Es así?
No tengo millones en bienes extranjeros, depos, inmobilaria, acciones, etc. descarto un informe al Banco de España. No problemo.
Luego para Hacienda: con menos de 50.000 €, descartamos cualquier informe.
Pero después pone: "La presentación de la declaración en los años sucesivos sólo será obligatoria cuando cualquiera de los saldos conjuntos de los tres diferentes bloques de bienes, hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto de los que determinaron la presentación de la última declaración".
Esto, no lo entiendo muy bien. Si he abierto cuentas en el extranjero en 2014 por valor de 49.000 €, pues, ningún informe. En el año siguiente, le sumo otros 19.000. Ya supera los 50.000, (68.000 €), pero no ha superado los 20.000 € de incremento. No tengo que entregar un informe de nada?
¿Es así?