Los técnicos de Hacienda irán a la huelga por primera vez en 17 años el 26 de noviembre para protestar por la falta de medios

Estos no se manifiestan por el control a pyme y autónomos, en sus carteles y manifiestos ni lo mencionan, aspiran a vampirizar más con el horizonte puesto en participar del festín inspector de descuartizar una sociedad y beber su sangre en honor a su dios Monteoro

No lo sé, ese texto al menos me gustó.
 
Estos no se manifiestan por el control a pyme y autónomos, en sus carteles y manifiestos ni lo mencionan, aspiran a vampirizar más con el horizonte puesto en participar del festín inspector de descuartizar una sociedad y beber su sangre en honor a su dios Monteoro
Como se lo explico a los clientes, un inspector comienza a comisionar en cualquier pyme a los 3-4 años, sabe que lo va a sancionar por x y comisiona, como x empresas año aparte de fijo cobra siempre un extra, y no hay manera... sabe que al que sanciona al tercer año y sigue con actividad lo podrá sancionar a futuro.
 
Como se lo explico a los clientes, un inspector comienza a comisionar en cualquier pyme a los 3-4 años, sabe que lo va a sancionar por x y comisiona, como x empresas año aparte de fijo cobra siempre un extra, y no hay manera... sabe que al que sanciona al tercer año y sigue con actividad lo podrá sancionar a futuro.
Pues se lo explicas mal.

La inspección muy probablemente se la hará un técnico -si es un procedimiento de gestión tributaria, una comprobación limitada normalmente, hasta será un agente.

Los expedientes de gestión tributaria se suelen cargar al año. A los sumo dos años después. Es cierto que algunos expedientes de comprobación limitada se abren a punto de prescribir pero no es lo más habitual. Entre otras cosas, porque si caducan (art. 104.5 LGT), después lo pueden retomar.

En inspección tributaria la tendencia es a cargar dos años. Algunos individuos extravagantes queremos que nos pongan cuatro años en la carga. Pero somos los raros.

Y las productividades están calculadas para que se cobren -más bien para que las cobren los inspectores, esta vez sí. Que saques más o menos es bastante irrelevante.

Bueno, este año en inspección financiera -en inspección de aduanas e iiee, la cosa es incluso más rara- hay alguna cosa nueva. Pero como he prometido hacer hilo sobre la AEAT este fin de semana, ya lo cuento todo allí.
 
Pues se lo explicas mal.

La inspección muy probablemente se la hará un técnico -si es un procedimiento de gestión tributaria, una comprobación limitada normalmente, hasta será un agente.

Los expedientes de gestión tributaria se suelen cargar al año. A los sumo dos años después. Es cierto que algunos expedientes de comprobación limitada se abren a punto de prescribir pero no es lo más habitual. Entre otras cosas, porque si caducan (art. 104.5 LGT), después lo pueden retomar.

En inspección tributaria la tendencia es a cargar dos años. Algunos individuos extravagantes queremos que nos pongan cuatro años en la carga. Pero somos los raros.

Y las productividades están calculadas para que se cobren -más bien para que las cobren los inspectores, esta vez sí. Que saques más o menos es bastante irrelevante.

Bueno, este año en inspección financiera -en inspección de aduanas e iiee, la cosa es incluso más rara- hay alguna cosa nueva. Pero como he prometido hacer hilo sobre la AEAT este fin de semana, ya lo cuento todo allí.
Te agradezco la respuesta y el detalle, tiendo a simplificar mucho por el foro, la verdad es de agradecer respuestas así.
 

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