Mínimo por descendientes en IRPF y rendimientos de ese descendiente

duval81

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Le han dicho a mi progenitora los de Hacienda por teléfono que no puede meter a mi hermana en su declaración de IRPF. A mí me sonaba que hasta cierta edad (no estaba seguro si 25 o 26) sí era posible, y efectivamente así lo pone la Ley (art. 58):

- Que se trate de descendientes menores de 25 años.
- Que convivan con el contribuyente.
- Que no tengan rentas anuales superiores a 8.000 euros, excluidas las exentas.
- Que no presenten declaración por el Impuesto con rentas superiores a 1.800 euros (exceptuando el caso de tributación conjunta con los padres, que no impide la aplicación del mínimo familiar por descendientes).

(en este último punto entiendo que se refiere a que no confirme su borrador)

Mi hermana cumple todos los requisitos, pero en el último punto, ¿a qué se refiere con lo de tributación conjunta con los padres?

¿Los ingresos de ese descendiente no se ponen en ningún sitio?

Edito: en el artículo 58, no viene el último requisito, éste aparece en el manual de la renta. Supongo que será o por temas "informáticos" o por no devolverle el importe a mi hermana, adicionalmente a la deducción que aplica mi progenitora (cualquier aclaración será gratamente bienvenida).
 
Última edición:
Tienes que aprender lo que es la unidad familiar.

La unidad familiar la forman los padres e descendientes menores de 18 años. Una unidad familiar puede presentar declaración conjunta. Por tanto, si se hace conjunta, el menor de edad es como si hubiera presentado la declaración. A eso se refiere el último punto.

Si tu hermana tiene más de 18 años, ya no puede hacer la declaración conjunta con tus padres. Únicamente le queda la opción de ser descendiente o no.

Los ingresos de tu hermana se ponen en la renta de tus padres si tiene menos de 18 años. Es unidad familiar. Y también es descendiente.

Si tiene de 18 a menos de 25, no se ponen los ingresos en la renta de tus padres.

Ella podrá ser descendiente, si cumple el resto de requisitos:

- No presentar su declaración de renta y tener renta inferior a 8.000.
- Si la presenta, que su renta sea inferior a 1.800.
- Los otros son fáciles de entender.
 
y cual es el importe excento de impuestos en este caso para la hermana que hace la declaración?
 
Había leído lo de unidad familiar y me parecía un poco contradictorio pero ya veo que no lo es.

Cuándo dice inferior a 8.000 euros excluidas las exentas, ¿hay que quitar de sus retribuciones el mínimo del contribuyente? ¿o es simplemente que sus retribuciones dinerarias sean inferiores a 8.000?

Es que si le resto el mínimo del contribuyente, no llegaría a los 1.800 y podría presentar su declaración (que tampoco va a ningún lado porque le devuelven únicamente 63 euros, pero bueno menos es nada).
 
y cual es el importe excento de impuestos en este caso para la hermana que hace la declaración?

Esta pregunta no la entiendo.



Respecto a la otra, el límite de 8.000 euros o 1.800 se mira directamente las rentas que obtiene. No se le resta el mínimo del "contribuyente". Si son nóminas, como creo que serán, tendrás que sumar el bruto o total devengado de todas las nóminas.
 
Esta pregunta no la entiendo.



Respecto a la otra, el límite de 8.000 euros o 1.800 se mira directamente las rentas que obtiene. No se le resta el mínimo del "contribuyente". Si son nóminas, como creo que serán, tendrás que sumar el bruto o total devengado de todas las nóminas.

Creo que la pregunta de mpbk (y la mía también) es porque en una de las condiciones (que puse en el post inicial) pone "- Que no tengan rentas anuales superiores a 8.000 euros, excluidas las exentas."

De ahí que él pregunte por rentas exentas y yo por si se restaba el mínimo del contribuyente.

En todo caso, lo dejas aclarado.


Edito: Según sigo leyendo, entiendo que para calcular los 8.000 euros, habría que restarle a sus retribuciones, las provenientes de desempleo, pensiones, indemnizaciones por despido, etc. Es decir, las que indica el artículo 7 de la ley del IRPF, ¿es correcto?
 
Última edición:
la renta excenta por persona es de 5151€, pero mi pregunta era que si la hermana que no trabaja cumple las condiciones, la hermana que hace la declaración que base imp, puede rebajarse? 5151€? se ahorra 1100€ de impuestos?
 
la renta excenta por persona es de 5151€, pero mi pregunta era que si la hermana que no trabaja cumple las condiciones, la hermana que hace la declaración que base imp, puede rebajarse? 5151€? se ahorra 1100€ de impuestos?

Yo creo que el mínimo del contribuyente son rentas no sujetas. Las exentas son las que puse arriba.
 
El mínimo, los 5.151 euros que ponéis (no sé el dato ahora mismo) no se resta de ningún sitio cuando se calculan las rentas del descendiente.

Las que se restan son las exentas, que como bien dices puede ser una indemnización, si cumple con los límites legales.

Cobrar el desempleo o una pensión (depende de la pensión) no está exento. Normalmente sí se tienen en cuenta para el límite.

En el artículo 7 vienen las exentas, pero ahí no está lo que te pagan de paro mensualmente. Tampoco estará la pensión de los abueletes. Sí que estará una pensión de incapacidad o cosas así que son menos habituales.

Un saludo.
 

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