Compartir un vídeo de RT ya no es gratis: el TJUE cierra el cerco
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado que las sanciones contra el canal ruso Russia Today (RT) prohíben también reproducir o poner sus contenidos a disposición del público a través de terceras plataformas. La sentencia, que responde a una cuestión prejudicial de un tribunal alemán, deja claro que el bloqueo no se puede eludir usando sitios ajenos. Y el concepto de “operador” es tan amplio que alcanza a toda persona que facilite el acceso, incluso sin ánimo de lucro.
¿Quién es “operador” para la ley?
El TJUE ha definido que el término abarca a cualquier responsable, directa o indirectamente, de facilitar el acceso al contenido vetado. Da igual que no se haga con fines económicos: la calificación penal no depende de ello. Esto implica que tanto quien publica un enlace en su blog como quien lo hace en un foro podría ser considerado operador si el contenido se pone a disposición del público. La clave está en si el sitio es abierto o requiere registro. Los foros cerrados, donde solo los usuarios logueados ven los mensajes, podrían quedar fuera del alcance de la norma, aunque no está claro.
¿Sistemático o esporádico? El matiz que lo cambia todo
Según la interpretación que se extiende, la responsabilidad penal solo se activa si la replicación es sistemática. Quien comparte un enlace de RT de manera ocasional y sin estructura no estaría en el punto de mira. Sin embargo, la línea entre lo esporádico y lo sistemático es difusa. En Alemania, el caso que originó la consulta al TJUE envolvía a tres personas que operaban una página con donativos y publicaban vídeos de RT de forma continuada. El tribunal alemán falló en su contra, y el TJUE ha avalado que la prohibición alcanza a esa conducta.
El debate sobre la censura y las grietas legales
La sentencia ha reabierto la discusión sobre los límites de la libertad de expresión en la UE. Algunos la ven como una herramienta necesaria para contrarrestar la propaganda rusa en un contexto de guerra híbrida. Otros denuncian que se criminaliza a ciudadanos por compartir información de una fuente sancionada, sin que necesariamente se difunda odio. El argumento de que el contenido de RT es propaganda no siempre encaja: el canal también produce reportajes de actualidad que no contienen desinformación. El TJUE no entra en ese matiz, y deja en manos de los estados miembros la transposición de la sentencia.
La pregunta práctica para los administradores de foros y redes es si deben moderar activamente cualquier enlace a RT o si pueden esperar a ser requeridos. La respuesta, a día de hoy, es un laberinto: dependerá de la legislación nacional y de la interpretación que hagan los tribunales. Lo único seguro es que el margen para compartir contenido de RT se ha estrechado de forma considerable.