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@Ulisses
Gracias. Finalmente, tras reflexionarlo, he sentido que hay otro sistema para hacerlo, que es al que me inclina el corazón.
Echaré a rodar y, si la cosa va bien, una vez superados los ingresos necesarios para vivir, que en mi caso no exceden los 12.000 euros/año (cantidad que, además, implica que la AEAT me devuelve las retenciones), porque vivo austeramente, contrataré a gente que lo necesite.
Si hago 4 cosas (o sea, va la cosa bien y genero ingresos haciendo esas 4 cosas), pondré a otro a hacer alguna de las cosas, aunque no lo necesite, pero así beneficio y me benefician (porque eso implica descargarme de trabajo).
Ayer mismo me comentaron de una persona que -exactamente ayer- pasaba al desempleo. Mucha gente está sufriendo y pasándolo mal.
Os dejo un documental muy interesante sobre el creador de Eroski y las cooperativas en España. El camino es compartir y no almacenar todo en tu granero.
No sólo tienen que contratar abogado en la Isla de Nieves, sino que el abogado alomojó es el 'Director' de tu LLC y entonces la ley le permite esgrimir conflicto de intereses y Hacienda se queda sin abogadoAparte de que tienen que abonar $100,000 para iniciar cualquier procedimiento, es obligatorio que contraten a su abogado allí en el país, no pueden estar representados por uno del ministerio fiscal. Por otro lado, hay nacionalidades que no despiertan ninguna sospecha, yo lo decía para estar lo más desvinculada posible de Hispañistán
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Pues lo mismo que hacemos los expats cuando se acaban las deducciones fiscales, buscar otro país con mejores condiciones y establecerse allí.La gente que se pira a Portugal a tributar, qué hace después de los 10 años cuando se acaban las ventajas fiscales?
Tengo entendido que Portugal tiene una carga fiscal más alta que España.
Por eso pongo las comillas haha. La jugada es como vistes los ingresos que la empresa irlandesa te hace a tí residiendo en Francia, hay gente que dice como royalties (de qué? De analista financiero?)..hay gente que 'renuncia a los derechos de explotación de la sociedad' para precisamente proteger la empresa. El hecho es que con una Ltd. en Irlanda, siempre y cuando sea multipersonal y con menos del 25% de las acciones, la Hacienda francesa cuando te busca en el ordenador no les sale nada, porque el registro mercantil irlandés no te anota la participación con tu DNI, al ser menos del 25% de la propiedad. Con eso consigues no figurar como accionista/apointee de la Ltd., vale....pero ahora necesitas justificar esos ingresos, que probablemente como autonomo/freelance acaben pagando más...que si hubieras pasado por caja a pagar capital gains tax....por eso digo que no se me ocurre nada para bajar la factura fiscal...(mensaje citado en revisión)