Paypal. Payoneer. Tramos de ingresos.

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Madmaxista
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Viendo la cantidad de preguntas de como cobrar los ingresos de servicios informáticos, web, etc, y aún con el "riesgo" de defecar otro hilo repetido, mi visión actual sobre el tema es:

Ingresos menores de 2.500 euros / año: Paypal

Ingresos entre 2.500 y 7500 euros / año: Paypal y dos zain con Paypal

Ingresos entre 7.500 y 25.000 euros/ año: Paypal y dos zain con Paypal, Payoneer y dos zain con Payoneer.

Ingresos superiores a 25.000 euros/ año: hora de pensarse hacerse autónomo

Ingresos superiores a 40.000 euros/ año: hora de pensarse en una S.L.

¿Más visiones?
 
Es una buena idea, pero si quieres hacer un hilo recopilatorio, estaría bien que explicases un poco el tema, por ejemplo el concepto de "dos zain con PayPal" o de "dos zain con Payoneer".

Por otro lado, si tu fuente de ingresos no paga con PayPal, ¿cómo llevas el dinero hasta la cuenta sin dejar rastros? ¿Y a Payoneer?

Coñe quién dice dos zain, pueden ser amarillos, de colores, invisibles 😀
 
Es una buena idea, pero si quieres hacer un hilo recopilatorio, estaría bien que explicases un poco el tema, por ejemplo el concepto de "dos zain con PayPal" o de "dos zain con Payoneer".

Por otro lado, si tu fuente de ingresos no paga con PayPal, ¿cómo llevas el dinero hasta la cuenta sin dejar rastros? ¿Y a Payoneer?

Cuando hablo de zain, me refiero a dos familiares, dos amigos de confianza casi de sangre. No hablo de conceptos metafísicos...

si tu fuente de ingresos no paga con PayPal, en ese supuesto este hilo no tiene sentido, porque una vez que cobras en el banco, ... ya te la estás jugando, según de que cantidades hablemos

Este hilo, está pensado si puedes cobrar todos tus ingresos en PayPal o Payoneer, cosa que se da en muchos servicios informáticos
 
Última edición:
veamos, estas hablando de no declararlo, verdad?

entonces no necesitas multiples cuentas de payoneer, con una te vale, ademas la tarjeta a nombre de un familiar no te vale, ¿o te vas a llevar a tu familiar de compras?
 
¿Puede desarrollar esto?



En el artículo de Consumer, que suelen ser bastante buenos, pone que el umbral de sociedad limitada frente a autónomo son 90 mil euros. No he hecho los números, porque no es mi caso, pero tengo la sensación de que apretando un poco, debe ser bastante menos. Cuestión de lapicero.

Seguro que alguno puede aportar luz sobre el tema.


Autónomos frente a Sociedad Limitada:

Ventajas e inconvenientes

Trámites, es más rápido convertirse en autónomo. Para la persona que necesite iniciar su actividad en un plazo corto de tiempo, es más ventajoso optar por convertirse en autónomo. Es la forma jurídica más sencilla y rápida. Bastan dos trámites: acudir a Hacienda y cumplimentar un documento donde se acredite el tipo de actividad que se va a realizar, además de darse de alta en la Seguridad Social.

Si se crea una sociedad limitada, se necesitan de media entre 30 y 40 días. Los trámites son mayores porque quien constituye la sociedad es una persona jurídica y la ley exige el cumplimiento de una serie de requisitos, como registrar el nombre de la empresa y constituirse ante notario. Hay que hacer una escritura pública donde conste tanto la identidad de los socios y la voluntad de constituir la sociedad, como las aportaciones realizadas por cada uno, la forma en que se va a dirigir la empresa, qué personas se ocuparán de la administración y la representación social, además de los estatutos sociales. España es uno de los países desarrollados donde más tiempo se tarda en realizar los trámites de constitución de una empresa.

Costes. En el caso de darse de alta como autónomo, no es necesario desembolsar ningún capital previo. Por el contrario, para convertirse en sociedad limitada, es obligatorio abrir una cuenta corriente y desembolsar poco más de 3.000 euros, una cantidad que exige la ley como capital social mínimo. Además, hay que pagar los gastos de constitución en el Registro, la notaría y el abogado. Este último, en el caso de que se tengan que redactar los estatutos. Con este tipo de gestiones habrá que desembolsar entre 400 y 600 euros, en función de los honorarios del letrado.

Límites de responsabilidad. En el caso del autónomo, la responsabilidad es ilimitada, no hay diferencia entre el patrimonio mercantil y el personal. En el supuesto de que se esté casado en régimen de gananciales, el patrimonio del matrimonio responde de las deudas que puedan derivarse de su actividad.

Sin embargo, en las sociedades la responsabilidad se limita al capital aportado.
Si la empresa se declarara en quiebra, sólo responderá con los bienes que tiene la misma, nunca con el patrimonio de sus propietarios.

Impuestos. También hay diferencias al tributar en cada una de las fórmulas jurídicas. Por una parte, la carga fiscal de los empresarios autónomos puede llegar a ser mucho más elevada que la de las sociedades. En la S.L. se tributa por el Impuesto de Sociedades a un tipo único del 25%, mientras que un autónomo lo hará por el IRPF entre el 24% y el 43%, según los ingresos.

Los autónomos deben afrontar el pago en plazo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y declarar, salvo excepciones, el impuesto sobre el valor Añadido (IVA). A partir de un rendimiento neto en torno a los 90.000 euros, es aconsejable que el autónomo se transforme en sociedad limitada. Para cuantificar con precisión ese umbral, tan sólo se debe comparar el rendimiento neto o beneficio según se tribute en Renta y en Impuesto de Sociedades. En todo caso, en función del tipo de negocio, volumen de operaciones y personal asalariado, la ley permite distintas modalidades para el cálculo del rendimiento neto obtenido.

En cuanto al IVA, el empresario autónomo que desarrolla una actividad profesional o industrial distinta al comercio al por menor está obligado a declarar con periodicidad trimestral y anual las operaciones realizadas y sujetas a este impuesto: facturas emitidas y gastos deducibles. Por el contrario, en una sociedad limitada, las obligaciones fiscales con carácter general tienen que tributar en el Impuesto del Valor Añadido, en el de Actividades Económicas, en el impuesto de Sociedades y, además, presentar cada año una Declaración de Operaciones con Terceros. No obstante, la sociedad limitada se beneficia de más desgravaciones fiscales, además de la ventaja de poder fijarse un sueldo y desgravarlo como un gasto.

Desgravaciones. Son numerosas las ocasiones en que el autónomo sólo puede desgravarse el 50% de los gastos y del IVA y, en su mayoría, mucho menos. Es el caso del autónomo que utiliza su casa como oficina y que sólo puede desgravarse parte de los gastos que conlleva su actividad. Por el contrario, como sociedad mercantil, se puede desgravar hasta un 100% todo lo que esté relacionado con la actividad que se realice.

Obligaciones sociales del autónomo. Ya sea industrial, comerciante o profesional, el autónomo está obligado a cotizar a la Seguridad Social a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Determinadas profesiones liberales están exentas del pago de esta cotización, cuando el Colegio o Asociación Profesional le garantiza esta cobertura asistencial mediante convenio con la Seguridad Social. La cotización a la Seguridad Social está establecida en función de unas bases que el Ministerio de Economía y Hacienda publica cada año. El trabajador debe pagar una cuota mensual, cantidad que varía según la base elegida. Cuanto mayor sea la base, más se incrementará la cuota, lo que repercutirá también en el volumen de cobertura de la Seguridad Social por enfermedad, incapacidad laboral y jubilación.

Financiación. Uno de los principales problemas con los que se encuentra el autónomo es la financiación. Adquirir un crédito es mucho más difícil que para una sociedad, ya que la mayoría de los bancos y cajas los incluye en el segmento de particulares. Por lo general, la oferta de productos financieros tiene poco que ver con sus necesidades. Además, al conceder un préstamo, las entidades solicitan la aportación de avales personales.

Como sociedad, por el contrario, se puede acceder con mayor facilidad a un crédito. No sólo es cuestión de confianza sino de buena imagen. Para los clientes, ser Sociedad Limitada tiene más gancho, sobre todo en el caso de grandes empresas y bancos.

---------- Post added 08-oct-2014 at 23:28 ----------

veamos, estas hablando de no declararlo, verdad?

entonces no necesitas multiples cuentas de payoneer, con una te vale, ademas la tarjeta a nombre de un familiar no te vale, ¿o te vas a llevar a tu familiar de compras?

Hombre, si es tu parienta, corres el riesgo que te robe, no hay duda, pero...

Yo lo decía por no forzar con Payoneer, no sea que haya mucho trasiego y alguno se empiece a mosquear. Por "asegurar" no va a pasar nada, digo yo.

Aunque de momento, no tengo tarjeta Payoneer, así que solo es una opinión.
Que alguno con Payoneer de un poco más de luz, mi intención es hacer una aproximación, no tengo respuestas definitivas...
 
¿Puede desarrollar esto?

Mi impresión general es que, con una S.L., te puedes deducir bastantes cositas, con un poco de coco. Mäs difícil está siendo autónomo

Al menos, lo que he visto por ahí, en la contabilidad caben muuuchas cosas... aunque no siempre sean del negocio en cuestión, es más fácil incluir viajes, mobiliario, dietas, nóminas, coches de renting, etc. Con un volumen suficiente, no hay tonalidad. Miles de currelas de la burbuja, deben saber muucho de esto.

Pero vamos, si vas muy a lo grande, pues ahí está la chincheta de paraísos fiscales... ahí ya no entro

---------- Post added 08-oct-2014 at 23:41 ----------

Aquí en público voy a decir los límites que usa hacienda de verdad si jjjjjjjj

Eres primo de Ana Mato?? jaja
O el primo de Rodriguez Menéndez???


cuéntanos más 😀
 
Última edición:
Mi impresión general es que, con una S.L., te puedes deducir bastantes cositas, con un poco de coco. Mäs difícil está siendo autónomo

Al menos, lo que he visto por ahí, en la contabilidad caben muuuchas cosas... aunque no siempre sean del negocio en cuestión, es más fácil incluir viajes, mobiliario, dietas, nóminas, coches de renting, etc. Con un volumen suficiente, no hay tonalidad. Miles de currelas de la burbuja, deben saber muucho de esto.

Pero vamos, si vas muy a lo grande, pues ahí está la chincheta de paraísos fiscales... ahí ya no entro

---------- Post added 08-oct-2014 at 23:41 ----------



Eres primo de Ana Mato?? jaja
O el primo de Rodriguez Menéndez???


cuéntanos más 😀

Dejo el hilo y saludo a los de delitos telematicos:fiufiu:
 
Autónomo? Ni de coña. SL de cara. Más cara la constitución y y el gasto de autónomo como administrador, pero se duerme más tranquilo.
 
Aquí en público voy a decir los límites que usa hacienda de verdad si jjjjjjjj

mas o menos es algo que es vox populi en algunos circulos profesionales asi que tampoco estarias desvelando un secreto de estado.

Por ejemplo, siempre se ha dicho que hacienda controlaba todas las transferencias de mas de 3000€

Asi que tampoco creo que sea tan importante no decirlo y nos dejas a los demas con las ganas de saber alguna cosa mas.
 
Lo de los 3000eu es una gran patidifusez. Es muy superior el limite real

mas o menos es algo que es vox populi en algunos circulos profesionales asi que tampoco estarias desvelando un secreto de estado.

Por ejemplo, siempre se ha dicho que hacienda controlaba todas las transferencias de mas de 3000€

Asi que tampoco creo que sea tan importante no decirlo y nos dejas a los demas con las ganas de saber alguna cosa mas.
 
Refloto el hilo porque estoy empezando en esto del tema freelance y me interesa ver si las opciones que puso el OP todavía son válidas.

Hoy he probado a recibir pasta por PayPal y la verdad es que he flipado con lo "discretísimo" del servicio...

Sabéis si darán por pandero? Alguna precaución que tenga que tener en cuenta?

Salu2 y buen foro.

Edito1:

Me acabo de abrir la cuenta de Payoneer. Por qué lo de los 2500 pavos en Payoneer? Tienen obligación de informar a Hacienda? PayPal lo hace, pero es por la ley luxemburguesa, si no recuerdo mal.

Edito2:

Se me olvido aniadir q soy residente en Irlanda, y tengo cuentas en Espania, Francia y aquí en Irlanda. Por si se puede jugar algo con eso.
 
Última edición:
Lo dolido es que en estas páginas no lo puedes hacer ni por lo legal, que los invoces que te generan no puedes ni meter el VAT...
 
Última edición:
Algo que aprender de este hilo: las empresas se montan para ganar pasta, no para evadir impuestos, empieza por ganar pasta y luego ya verás cómo te lo montas, déjate de cuentos de la lechera.

Ande andará warrants y sus negocietes....
 
payoneer pensaba que eran getanos jjajjaaj
 
Refloto el hilo porque estoy empezando en esto del tema freelance y me interesa ver si las opciones que puso el OP todavía son válidas.

Hoy he probado a recibir pasta por PayPal y la verdad es que he flipado con lo "discretísimo" del servicio...

Sabéis si darán por pandero? Alguna precaución que tenga que tener en cuenta?

Salu2 y buen foro.

Edito1:

Me acabo de abrir la cuenta de Payoneer. Por qué lo de los 2500 pavos en Payoneer? Tienen obligación de informar a Hacienda? PayPal lo hace, pero es por la ley luxemburguesa, si no recuerdo mal.

Edito2:

Se me olvido aniadir q soy residente en Irlanda, y tengo cuentas en Espania, Francia y aquí en Irlanda. Por si se puede jugar algo con eso.

Comentado cienes y cienes de veces. Paypal es opaco, payoneer también, hacienda no se va a enterar de nada hasta que la pasta entre en una cuenta española. Si ganas dos duros, es un ingreso puntual, o algo complementario a tu sueldo nadie va a preguntar nada, pero el problema llega cuando creces.

Si te va bien en lo que shishi sea que hagas, te pasarán dos cosas:
-Profesionalmente: antes o después vas a necesitar los servicios de otro profesional, para lo que sea, y tendrás que pagar por transferencia y te querrán hacer una factura. Si no estás de alta como autónomo ni nada y contratas por tu cuenta los servicios de un diseñador web (por decir algo), van a saltar todas las alarmas en hacienda.
-Personalmente: la vida sigue, tu pasta está en paypal y la haces cash con payoneer, pero la luz, el agua, el ibi, el colegio de los niños, el internet.... se paga por transferencia, vas a tener que meter en tu cuenta todos los meses dinerito, aunque sean dos duros por un mes no pasa nada, ni dos, ni tres... pero al de cuatro años de ingresar todos los meses pasta sin ingresos reconocidos a hacienda le va a chirriar.

Mi consejo (el de todos en realidad): empieza como te dé la gana, hacienda no te va a meter una lupa por el pandero por levantarte un mes al año 3000 euros, ni por ganar todos los meses 400, pero cuando la cosa coja velocidad ponte por lo legal, déjate de historias, no pringues a tu abuela ni a tu señora progenitora, déjalas que vivan tranquilas y sin rollos, a ver si alguna va a perder la pensión por hacerte un favor.
 
Comentado cienes y cienes de veces. Paypal es opaco, payoneer también, hacienda no se va a enterar de nada hasta que la pasta entre en una cuenta española. Si ganas dos duros, es un ingreso puntual, o algo complementario a tu sueldo nadie va a preguntar nada, pero el problema llega cuando creces.

Si te va bien en lo que shishi sea que hagas, te pasarán dos cosas:
-Profesionalmente: antes o después vas a necesitar los servicios de otro profesional, para lo que sea, y tendrás que pagar por transferencia y te querrán hacer una factura. Si no estás de alta como autónomo ni nada y contratas por tu cuenta los servicios de un diseñador web (por decir algo), van a saltar todas las alarmas en hacienda.
-Personalmente: la vida sigue, tu pasta está en paypal y la haces cash con payoneer, pero la luz, el agua, el ibi, el colegio de los niños, el internet.... se paga por transferencia, vas a tener que meter en tu cuenta todos los meses dinerito, aunque sean dos duros por un mes no pasa nada, ni dos, ni tres... pero al de cuatro años de ingresar todos los meses pasta sin ingresos reconocidos a hacienda le va a chirriar.

Mi consejo (el de todos en realidad): empieza como te dé la gana, hacienda no te va a meter una lupa por el pandero por levantarte un mes al año 3000 euros, ni por ganar todos los meses 400, pero cuando la cosa coja velocidad ponte por lo legal, déjate de historias, no pringues a tu abuela ni a tu señora progenitora, déjalas que vivan tranquilas y sin rollos, a ver si alguna va a perder la pensión por hacerte un favor.

El tema es cuando se esta empezando, como es mi caso. Para unos ingresos pequeños no trae cuenta montar una Ltd. Aparte, que también tienes la clausula de tu propio contrato, en caso que estes asalariado (dedicación exclusiva). Estas atado de manos por varios sitios.

Por ahora, mi estrategia va a ser PayPal -> Payoneer. O directamente a la cuenta bancaria, porque para las cantidades que estoy manejando (siempre por debajo de 300, con algun pico de 400 o 500) me es mas que suficiente. En caso de que la cosa se vaya de progenitora habrá q tirar al self-employemnt (algun zain q te facture, como decian mas arriba) o una Ltd. Vamos, básicamente lo que has comentado en tu post y que es lo mas lógico y razonable EMHO.

Gracias por la info y nos leemos por aquí 😀

P.D.: Se puede expliotar de alguna forma el hecho de tener la nacionalidad en varios países?
 
Si te estás levantando 400 euros al mes ni te molestes en montar ese tinglado, gástate la pasta por paypal y santaspascuas, seguro que encuentras algo todos los meses, hay mil supermercados, tiendas de ropa, restaurantes...

Por otra parte al loro con las múltiples nacionalidades. Payoneer pertenece al bank of America, y sólo ofrecen la tarjeta de los payos, emitida desde Belice (creo) a no americanos y ciudadanos no residentes en USA. Los chanchullos son para el resto, con la hacienda americana chorradas las justas.
 
A ver,una cosa.El dinero de Paypal se puede pasar a una trajeta Payoner y desde esa tarjeta retirar en cajeros?

Porque ahora Paypal ya no tiene tarjeta asi que solo queda quitar la pasta hacia el banco o gastarla directamente en compras.
 
A ver,una cosa.El dinero de Paypal se puede pasar a una trajeta Payoner y desde esa tarjeta retirar en cajeros?

Porque ahora Paypal ya no tiene tarjeta asi que solo queda quitar la pasta hacia el banco o gastarla directamente en compras.

jorobar jorobar chato, cómo estamos!!

La pasta de paypal se puede retirar a una cuenta payoneer y con la tarjeta que te mandan puedes sacar pasta. Además los payos te emiten la tarjeta desde su sucursal en Belice o algo así, por lo que a hacienda no le consta (la tarjeta paypal sí que constaba en hacienda).

Pero estamos en lo de siempre, si haces poca pasta te la puedes pulir directamente con paypal, si haces mucha pasta no solucionas la papeleta con sacar pasta del cajero.
 

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