Ulisses
Varón Dandy
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Como en toda engaña piramidal o burbuja especulativa, al que ya está dentro le interesa que entres tú para hacer dinero fácil contigo. Lo interesante de este caso es que no hay un 'culpable' claramente identificable, sino que los 'listos' son muchos, y huirán como ardilla del barco cuando se destape el embeleco, eso sí, habiéndose llevado su parte proporcional del pastel.
Los que ves por aquí publicitando Bitcoin como si fuera la panacea del dinero fiat (lol) son algunas de esas ardilla que menciono. Al principio eran todo amabilidad y fraternalismo en sus explicaciones, como el padre comprensivo que enseña a leer a un descendiente simple; ahora ya se han quitado la careta y simplemente intentan avasallar y acallar las voces que surgen en su contra.
Es que, precisamente, que un producto financiero no sea fácil de entender para el que lo adquiere, bien sea por su funcionamiento o por los riesgos que comporta, hace quebrar el principio de seguridad jurídica y el de equidad entre las partes.
Los que contrataron las preferentes se vieron en la misma tesitura y estoy convencido de que "Manolo el apoderao de la sucursal de toa la vida" usaba los mismos argumentos que los que "market makers" que han inundado el foro últimamente haciendo propaganda del bit coin. A mí, al menos, no me vale eso de "Tú, tranquilo que de esto controlo yo...."
No pongo en duda la bondad de esa moneda alternativa, tampoco la critico pero soy excéptico, precisamente por mi desconocimiento. Incluso los que contrataron las preferentes cuentan con una acción civil individualizada por vicios en el consentimiento y en la formación de la voluntad a la hora de contratar, además de que la actividad de las entidades financieras está sujeta a supervisión de organismos públicos.
En este caso, si el afectado quisiese reclamar me gustaría saber cual es la jurisdicción competente, conocer el objeto del contrato y saber a quien se le debe atribuir, por ejemplo, el riesgo sobre un ataque informático que pusiese en riesgo los fondos del titular.
Lo que me sorprende también es que los "marketmakers" ataquen al oro físico como inversión alternativa y,para ello, se salgan de sus hilos específicos. El oro es un bien tangible, es un producto de inversión y, a la vez, tiene la cualidad de ser bien fungible porque es aceptado como dinero en muchos mercados, foros e instituciones.
El bitcoin, salvo mejor criterio, es un producto financiero que tiene la cualidad de bien intangible. A día de hoy no conozco ninguna regulación legal sobre dicho producto, salvo que es un acuerdo o pacto entre particulares y, por consiguiente, sujeto al ordenamiento jurídico privado y con una ausencia total de regulación.
La diferencia entre un producto financiero regulado y otro que no lo está es fundamental: los afectados por las preferentes pueden exigir una reponsabilidad a la administración por falta de actividad reguladora, sin embargo los afectados por los pagarés de Nueva Rumasa, no.
Vuelvo a repetir: el bit coin es una cosa y el oro físico....otra muy distinta. No acabo de entender la fijación con el oro de los que tratan de crear un mercado para ese producto porque el acomodo natural de esos foreros sería ir a trollear los hilos en los que se habla de las rentabilidades de los depósitos, de las acciones, etc. Es decir: un producto financiero como alternativa a otro. O mejor aún: un dinero público sin respaldo contra un dinero privado sin respaldo.
Hace unos cuantos años que entro en el foro y nunca he cambiado mi firma.
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