Quiero cotizar 15 años

La paguita de los 52 tiene unos requisitos de cotización en los últimos años al régimen general. De autónomo y con tarifa plana o sin ella no los vas a cumplir y te darán por el pandero porque los auto míos no tienen derecho a casi nada.

Los años en tarifa plana de autónomo si te van a fruta, pero no te darán acceso a la paga de 52 años.

Tendras que buscarte algo por cuenta ajena, no hay otra.

Por otro lado, te arriesgas a llegar a los 15 años, llegar a la edad de jubilación y que dos años antes cambien las reglas y exijan 20 años cotizados mínimo. Así que tirarías los 15 años a la cochambre y te tocaría jorobar con una guano no contributiva hasta tu gloria
 
El caso es tener el mínimo, si subieran de 15 a 20 pues habria que ir a por los 20, el caso es asegurarse ese mínimo antes de los 52.

Es verdad que para acceder luego a la paga de 52 años necesitas currar al menos 3 meses, me quiere sonar, pero eso se soluciona contratandote un amiguete o a unas muy malas te montas una asociación y te autocontratas pagandote a tí mismo a través de donaciones a la asociación.

El modus operandi para cotizar lod sños que faltan sería te das de alta pagando 80€+294€, al año se te acaba la bonificación de 80€ y entonces cesas la actividad, y yo en mi caso que soy menor de 45 cobraría 700€ durante 6 meses. De esta forma habria cotizado un año y medio. No recuperas lo invertido, de hecho pierdes algo de dinero por el camino, pero estás cotizando sin trabajar y sin un gran coste que es de lo que se trata. Luego al año siguiente, cuando puedas volver a beneficiarte de los 80€ vuelves a repetir operacion, y asi hasta alcanza los 15 o 20 años. Si es así bien, el problema es que no se hasta que punto en la práctica es así o hay alguna cosa más que se pasa por alto.
Con la tarifa plana de. 80€ no cotizas para el cese de actividad. Lo tendrías que añadir después cuando se te acabe, y el tiempo en tarifa plana no fruta.

Por cierto, no tengo tampoco del todo claro que el cese de actividad de autónomose compute como tiempo cotizado.

El RETA no es demasiado útil fuera de la tarifa plana, pero al menos te da la opción de seguir cotizando
 
le veo mas posibilidades de subsistir cepillandose jabalis

a mi me jubilaron forzoso por accidente laboral con la maxima y si tuviera cortesana y algun subalterno metia el morro en algo mas porque jubilarse a los 50 es un , aunque hagas de todo para ti.

demasiado tiempo libre a veces y eso implica calentarse el gaznate

Tu porque ya no te acuerdas. Vete a cualquier empresa y veras lo que aguantas teniendo encima la paga buena que tienes. Yo no trabajaría en la fruta vida. Sólo algo para mí y yo solo. Mucha mucha suerte tuviste. Hoy no te jubilan por accidente vamos... Tienes que estar que no te puedes mover de la cama.
 
Yo tb he pensado lo de los 15 años.

Yo ya tengo los 15 años cotizado, y realmente se tiene en cuenta por ejemplo para discapacidades y otros temas.

Yo quiero cotizar 5 años más por si cambian la ley suben los requisitos, además de 5 años 2 serían de paro, pero bueno, ya veré.

Al final son 700 - 800 sin dar un palo al agua, y si lo hago ahora con 40, media vida arrascándome los cigot

700-800 como? Eso sería cuando te jubiles. Si el problema no son los 15 años sino que hasta 52 no hay nada y con 52 (Ahora) la paga esa mísera... Que si puedes vivir con ella 15 años hasta lo que haya de pensión a los 67 o 70...

15 años ahora. Que cuando quieran lo ponen en 25
 
Tu porque ya no te acuerdas. Vete a cualquier empresa y veras lo que aguantas teniendo encima la paga buena que tienes. Yo no trabajaría en la fruta vida. Sólo algo para mí y yo solo. Mucha mucha suerte tuviste. Hoy no te jubilan por accidente vamos... Tienes que estar que no te puedes mover de la cama.
hoy dia las jubilaciones o las peleas o no te dan ni los buenos dias

pero es verdad que no gusta trabajar para ajeno
 
hoy dia las jubilaciones o las peleas o no te dan ni los buenos dias

pero es verdad que no gusta trabajar para ajeno

Pelear el que, depende de lo que diga un juez, y ya se sabe. O trabajabas en muy buen sitio o ni de coña te jubilan así. Pues no hay gente estropead teniendo que trabajar...
 
Pelear el que, depende de lo que diga un juez, y ya se sabe. O trabajabas en muy buen sitio o ni de coña te jubilan así. Pues no hay gente estropead teniendo que trabajar...

si estan los informes medicos a tu favor es cuestion de tiempo y de dinero,que lo concedan.

pero hoy voluntariamente no se da nada, antes se daban hasta por depresiones
 
He ido a mirar mi vida laboral por simple curiosidad, y casualidad.... 15 años y 2 meses....

¿Es momento de tirar los remos? jejejeje


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La paguita de los 52 tiene unos requisitos de cotización en los últimos años al régimen general. De autónomo y con tarifa plana o sin ella no los vas a cumplir y te darán por el pandero porque los auto míos no tienen derecho a casi nada.

Los años en tarifa plana de autónomo si te van a fruta, pero no te darán acceso a la paga de 52 años.

Tendras que buscarte algo por cuenta ajena, no hay otra.

Por otro lado, te arriesgas a llegar a los 15 años, llegar a la edad de jubilación y que dos años antes cambien las reglas y exijan 20 años cotizados mínimo. Así que tirarías los 15 años a la cochambre y te tocaría jorobar con una guano no contributiva hasta tu gloria
Tengo cotizados 2 años al régimen general y 25 años de autónomo, si hago un cese de actividad a los 50 años, estoy dos en el paro, tendría derecho a la paga de los 52 ???????????
 
Tengo cotizados 2 años al régimen general y 25 años de autónomo, si hago un cese de actividad a los 50 años, estoy dos en el paro, tendría derecho a la paga de los 52 ???????????

Para cobrar la paga de mayores de 52 años tienes que haber cotizado como mínimo 15 años, y de ellos como mínimo 6 años en régimen de empleado por cuenta ajena.
 
Por aquí antes iba Samaruc, que sabe mucho de estos asuntos.

Con 15 años de cotización poco rascarás.

Parece que Samaruc ha desaparecido.
Sus últimos mensajes son de enero del 2023.

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"Sed como este árbol. Si queréis sobrevivir en este mundo, habréis de ser como este árbol, completamente inútiles. Así nadie os hará daño. Si estáis derechos seréis cortados, acabaréis siendo muebles en la casa de alguien. Si sois hermosos seréis vendidos en el mercado, os convertiréis en mercancía. Sed como este árbol, completamente inútil. Así nadie podrá haceros daño. Creceréis hasta haceros enormes, y miles de personas podrán encontrar cobijo bajo vuestra sombra" Lao Tse

La vida es para disfrutar, bailar y estar ocioso. Hay que cotizar 15 años y jubilarse a los 52 para vivir más, no ser sacrificado y poder disfrutar. Con 430€ de ayuda te sobra para comer y pagarte una habitación o para tus gastos en casa de tus padres.
 
roto2 Yo no sé en que pais vive la gente de este foto, que viven sin remar con... 430€??? Y dicen que te sobra para habitación y comer?
 
Con 15 años y sin cónyuge a cargo son 743,30 € pensión de jubilación (2023) si estás soltero y con piso propio te da de sobra. Cotiza 5 años de autónomo y ya lo tienes. no sé cuál es tu duda.

Sobre el cese de actividad aquí lo tienes todo explicado


Si ha cotizado por cese de actividad 48 meses o más: dos años de paro

Estás 4 años de autónomo cierras y dos años de paro te sobra hasta un año.
 
Con 15 años y sin cónyuge a cargo son 743,30 € pensión de jubilación (2023) si estás soltero y con piso propio te da de sobra. Cotiza 5 años de autónomo y ya lo tienes. no sé cuál es tu duda.

Sobre el cese de actividad aquí lo tienes todo explicado


Si ha cotizado por cese de actividad 48 meses o más: dos años de paro

Estás 4 años de autónomo cierras y dos años de paro te sobra hasta un año.
¿El cese de actividad incluye la cotización en esa situación?
 
Tengo cotizados 2 años al régimen general y 25 años de autónomo, si hago un cese de actividad a los 50 años, estoy dos en el paro, tendría derecho a la paga de los 52 ???????????
Por lo que te ha dicho el forero @Rediooss no:

no tendras acceso a la paga de los 52, te toca seguir remando hasta la edad de jubilación so pena de fuertes hachazos en la pensión. Tu salida es currar 4 años en el general para un tercero, pero te arriesgas a que cuando llegues hayan suprimido lo de los 52 o haya. ampliado los requisitos
 
También puedes Cotizar sin trabajar

5 años pagando 255,52 €/mes para obtener la mínima


El convenio de regulación general


Pese a haber multitud de convenios, ahora nos centraremos en el convenio general. No cualquier ciudadano es candidato a suscribirse a este tipo de convenio para cotizar en la Seguridad Social sin trabajar. Te especificamos quién pueden hacerlo:
  • Cualquier trabajador que no esté dado de alta en la Seguridad Social, en ningún régimen.
  • Empleados indefinidos y autónomos incluidos en el Sistema de la Seguridad Social, que hayan cumplido 65 años y sigan de alta, y acrediten a su vez 35 o más años cotizados.
  • Pluriempleados, cuando cesen en alguna de sus actividades.
  • Trabajadores por cuenta propia o ajena que cambien de trabajo y en ese nuevo empleo tengan una base de cotización inferior al promedio de los doce meses anteriores.
  • Tributarios de incapacidad total, que hayan cotizado en un empleo compatible y se encuentren en uno de los cuatro escenarios anteriores.
  • Quienes estén cobrando el paro y se agote su subsidio.
  • Pensionistas a quienes se les haya retirado la incapacidad permanente o se les haya rebajado al grado de parcial.
  • Las personas que pierdan su pensión de incapacidad o jubilación por sentencia firme.
 

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