Yo2k1
Madmaxista
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Los bancos, como siempre, buscando el dinero como sea.
No tenía ganas de discutir con el director y no se si es así o no, pero os cuento la historia.
He cancelado un plazo que tenía su penalización. Como esta superaba los intereses, pues lógicamente solo me devuelven el principal sin intereses.
Mi sorpresa es cuando me dicen que hay intereses devengados pero no abonados. Estos intereses son del tiempo que ha estado el plazo. Y que esos intereses tienen lógicamente retención del IRPF y que la tengo que pagar.
O sea como no los han abonado y entonces ya se habría pagado de esos intereses a hacienda, y como solo están devengados, al liquidar parece ser que aplican la penalización sobre los intereses brutos y luego te dicen "como no queda nada, ahora el IRPF lo pagas tu"
Alguna defensa ante esto?
No se si se ha entendido el caso.
No tenía ganas de discutir con el director y no se si es así o no, pero os cuento la historia.
He cancelado un plazo que tenía su penalización. Como esta superaba los intereses, pues lógicamente solo me devuelven el principal sin intereses.
Mi sorpresa es cuando me dicen que hay intereses devengados pero no abonados. Estos intereses son del tiempo que ha estado el plazo. Y que esos intereses tienen lógicamente retención del IRPF y que la tengo que pagar.
O sea como no los han abonado y entonces ya se habría pagado de esos intereses a hacienda, y como solo están devengados, al liquidar parece ser que aplican la penalización sobre los intereses brutos y luego te dicen "como no queda nada, ahora el IRPF lo pagas tu"
Alguna defensa ante esto?
No se si se ha entendido el caso.
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