[serio] sacar el dinero de españa sin tributar

Y encima si ahorras y tienes suerte de ganar algo para que no te roben tambien con la inflacion, generada por los propios politicos derrochadores aumentando la deuda estatal, mas te tienen que robar
Es la mayor engaña, que no deflacten la inflación del incremento patrimonial (aunque sea la oficial, y eso que los IPC están más trucados que el ciclomotor de un cani)
Si compro 100 y 10 años después vendo a 150 y la inflación acumulada desde entonces ha sido de 10%, tendría que pagar por un incremento patrimonial de 40, no de 50. Te comen emitiendo deuda y devaluando la moneda y te vuelven a comer por la sobrevaloración de tu incremento patrimonial.
Está montado de querida progenitora, esto es en casi todos los países. Algunos deflactaban los incrementos patrimoniales y lo han acabado quitando.
 
ok, lo miraré con la gestoría que me hace la declaración en Francia, entiendo que debería ser así pero no lo veo por ningun sitio en mi declaración en Francia solo veo los interés que he pagado ya en España

Luego está que el año que viene seguramente sobrepase al línea de los 6000 euro en dividendos entonces lo que debo de pagar supera el 19% de retención, la duda será si tengo que hacer algo en España para pagar la diferencia entre el 19% y el 21% es decir el 3% que me faltaría por pagar en España

Como dice el compañero Hombre de Una manola, sólo tienes que pagar de las acciones españolas que den dividendo en España. El convenio España-Francia establece un tipo de retención en origen a aplicar, independiente de la cantidad. He investigado y la retención en origen para un residente fiscal francés es de un 15% fijo. Es decir, a ti tu broker no puede retenerte un 19%, eso es para los residentes españoles. A tí te corresponde un 15%, sea cual sea la cantidad, dado que es el tipo mínimo previsto en el Convenio. Hay un formulario que debes exigir y presentar ante el broker para que te dé el trato previsto en el convenio. Este 15% pagado en España lo desgravas en tu declaración en Francia, donde pagas el tipo que te fije el sistema fiscal francés.
 
Como dice el compañero Hombre de Una manola, sólo tienes que pagar de las acciones españolas que den dividendo en España. El convenio España-Francia establece un tipo de retención en origen a aplicar, independiente de la cantidad. He investigado y la retención en origen para un residente fiscal francés es de un 15% fijo. Es decir, a ti tu broker no puede retenerte un 19%, eso es para los residentes españoles. A tí te corresponde un 15%, sea cual sea la cantidad, dado que es el tipo mínimo previsto en el Convenio. Hay un formulario que debes exigir y presentar ante el broker para que te dé el trato previsto en el convenio. Este 15% pagado en España lo desgravas en tu declaración en Francia, donde pagas el tipo que te fije el sistema fiscal francés.
Ok, ¡jorobar!, muchas gracias por la info pero creo que me conviene estar como estoy ya que el dividendo en Francia tributa al 30% mientras que en España tributa al 19%, me ahorro un 11% ¿No?

De todos modos y perdona por el abuso ¿Podrías decirme que formulario debo exigir?

Mi broker es el BBVA, Sí, ya sé que son unos careros y tal pero todo empezó con una herencia de mi difunto padre que en la gloria esté
 
Debes darte de baja como residente fiscal en España.

 
Pongamos un ejemplo hipotético.

Yo tengo este fondo IE00BYX5NX33, comprado a través de myinvestor.

Establezco mi domicilio fiscal en Andorra

Quiero vender, retirar, una parte de esos fondos, pero tributando en el país en el que ahora me encuentro y no en España.

La tributación sería de la siguiente manera en cada país:

Tienes que estar registrado para ver este contenido


De modo que quisiera vender esas participaciones de mi fondo y rescatar ese dinero tributando en Andorra y no en España.

¿Que pasos habría de seguir?

Tengo en cuenta que todas las gestiones las he hecho a través de myinvestor, que es un intermediario a través del cual compro esas participaciones del fondo, y cualquier movimiento sobre esos activos me requieren acceder a la aplicación o página de myinvestor.

He buscado información en la propia página de myinvestor, y me encuentro la siguiente información:

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Esa última línea me hace pensar ¿cuales serán esos países? Lo desconozco, y no he podido encontrar esa información. Pero supongamos que si es compatible.

Entonces les entrego toda esa marabunta de documentación ¿y sería posible que extraiga ese dinero sin tributar en España y que ellos mismos se encarguen de tributármelo en Andorra, o por lo menos, que me encarguen a mi esa tarea por mi cuenta?

Creo que esta es una cuestión importante teniendo en cuenta que podemos llegar a una situación en la que ya no queramos vivir en este pais, o queramos vivir de las rentas en otra parte y no tributar la mordida que se lleva el estado Español (que ya se ha llevado durante años por nuestro trabajo aquí esos *** vía impuestos y cotizaciones) pudiendo en otros sitios pagar quizás 0€.
Eres como los Borbones, de España solo cobrar.
Seguro que te dedicas de absorber de ellos, de su cpm si eres youtuber, de venderles si te dedicas a retail o servicios o de lo que pueden pagar por su vivienda si te dedicas al real state.

Sois puro vividor.

Paga, mierdento!!
Vivir en una socialdemocracia tiene sus costes, como un piso en el centro. Si no te gustan, vete al congo, pero tb a generar el dinero, invierte allí en real state o tú empresa de retail... y si eres youtuber cobra de allí su cmp. no robes a España.
Puro ladrón! Cochambre corrupta!
 
Jajajja

España ha preferido a los latin y segarro y debidos etnianos antes aue a sus propios descendientes.

Fuego a España, pais traidor y cainita.
Aprovecha que Alvise es fruta y no lo registran en los aeropuertos. Además esta en contra de los impuestos así que entenderá tu situación. Pidele el favor, le das todo tu dinero y después quedaís en el país donde quieres llevar tu dinero y una vez allí te lo devolverá. Además es un servidor público y estará encantado de ayudarte a escapar a las garras de Hacienda.
 
Respeta a tú país, que te lo ha dado todo: educación, sanidad, estado del bienestar...

Cuida a España con mimo al igual que te ha cuidado y mimado a tí.
Qué bonito, macho, me he emocionado. Si no fuera porque no sé dónde tengo los pañuelos lloraría un poco.

Te pongo la metáfora cuartelera para q comprendas bien qué es el patriotismo: un tipo da voces y la soldadesca pega barrigazos. No hay más. En estos tiempos en el que ha querido ha aprendido a leer y podido hojear algunos libros ya queda más que claro que no hay más patriotismo que el interés. Engañáis poco ya.
 
Qué bonito, macho, me he emocionado. Si no fuera porque no sé dónde tengo los pañuelos lloraría un poco.

Te pongo la metáfora cuartelera para q comprendas bien qué es el patriotismo: un tipo da voces y la soldadesca pega barrigazos. No hay más. En estos tiempos en el que ha querido ha aprendido a leer y podido hojear algunos libros ya queda más que claro que no hay más patriotismo que el interés. Engañáis poco ya.
Con los buenos tiempos que corren os podéis permitir decir esas insensateces sin sufrir una oleada turística berberisca, oh, un momento...

Pagaréis vuestros pecados con sangre.
 
Con los buenos tiempos que corren os podéis permitir decir esas insensateces sin sufrir una oleada turística berberisca, oh, un momento...

Pagaréis vuestros pecados con sangre.
Ya tardan en venir y hacer una buena limpia.

El principito rector de toda comunidad es la justicia. Cuando ésta desaparece lo mejor es hierro y fuego
 
Ok, ¡jorobar!, muchas gracias por la info pero creo que me conviene estar como estoy ya que el dividendo en Francia tributa al 30% mientras que en España tributa al 19%, me ahorro un 11% ¿No?

De todos modos y perdona por el abuso ¿Podrías decirme que formulario debo exigir?

Mi broker es el BBVA, Sí, ya sé que son unos careros y tal pero todo empezó con una herencia de mi difunto padre que en la gloria esté

No. Francia no te permite desgravar sino hasta el 15% previsto en el convenio. El exceso de los 4 puntos lo pierdes, estás pagando esos puntos dos veces, en España y en Francia.

Respecto al formulario, pregunta a tu broker qué formulario debes rellenar para acogerte al convenio de doble imposición España Francia. Debes utilizar el formulario 2042.
 
Pongamos un ejemplo hipotético.

Yo tengo este fondo IE00BYX5NX33, comprado a través de myinvestor.

Establezco mi domicilio fiscal en Andorra

Quiero vender, retirar, una parte de esos fondos, pero tributando en el país en el que ahora me encuentro y no en España.

La tributación sería de la siguiente manera en cada país:

Tienes que estar registrado para ver este contenido


De modo que quisiera vender esas participaciones de mi fondo y rescatar ese dinero tributando en Andorra y no en España.

¿Que pasos habría de seguir?

Tengo en cuenta que todas las gestiones las he hecho a través de myinvestor, que es un intermediario a través del cual compro esas participaciones del fondo, y cualquier movimiento sobre esos activos me requieren acceder a la aplicación o página de myinvestor.

He buscado información en la propia página de myinvestor, y me encuentro la siguiente información:

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Esa última línea me hace pensar ¿cuales serán esos países? Lo desconozco, y no he podido encontrar esa información. Pero supongamos que si es compatible.

Entonces les entrego toda esa marabunta de documentación ¿y sería posible que extraiga ese dinero sin tributar en España y que ellos mismos se encarguen de tributármelo en Andorra, o por lo menos, que me encarguen a mi esa tarea por mi cuenta?

Creo que esta es una cuestión importante teniendo en cuenta que podemos llegar a una situación en la que ya no queramos vivir en este pais, o queramos vivir de las rentas en otra parte y no tributar la mordida que se lleva el estado Español (que ya se ha llevado durante años por nuestro trabajo aquí esos *** vía impuestos y cotizaciones) pudiendo en otros sitios pagar quizás 0€.
Imagino que alguna acción te ha pompeando de lo lindo, enhorabuena.
Mi situación es parecida a la tuya, solo que algo más compleja por qué además tengo la venta de vivienda habitual con plusvalías, las cuales no se realizan por la exención. Y otra de inversión que me queda, que venderé como inversor extranjero cuando tenga ya los documentos de residencia andorrana.
Tendrás que buscar un trabajo aquí. Abre cuenta en Interactive brokers y pasa toda tu cartera. Después de 3 meses aquí y habiendo avisado a través del 030 (coletilla trampa que se deja el estado para pillar incautos) e iniciado 2025, podrás vender tu cartera.
Ojo. ¿Una alegría más? la venta de activos bursátiles no pasa por el IRPF en Andorra.
Enhorabuena.
 
No. Francia no te permite desgravar sino hasta el 15% previsto en el convenio. El exceso de los 4 puntos lo pierdes, estás pagando esos puntos dos veces, en España y en Francia.

Respecto al formulario, pregunta a tu broker qué formulario debes rellenar para acogerte al convenio de doble imposición España Francia. Debes utilizar el formulario 2042.
A ver si lo he entendido bien.

En España pagaría el 15% por retención de mi broker a la hora de aboanrme los dividendos para luego ir yo a Francia a declarar lo que he ganado por dividendos pero teniendo en cuenta que he pagado ya una retención del 15% por lo que tendría que abonar la diferencia entre lo que se debe pagar en Francia por los dividendos gandos menos el 15% que ya he pagado en España, ¿Sería así?
 
A ver si lo he entendido bien.

En España pagaría el 15% por retención de mi broker a la hora de aboanrme los dividendos para luego ir yo a Francia a declarar lo que he ganado por dividendos pero teniendo en cuenta que he pagado ya una retención del 15% por lo que tendría que abonar la diferencia entre lo que se debe pagar en Francia por los dividendos gandos menos el 15% que ya he pagado en España, ¿Sería así?
No exactamente. Tu broker te retiene el 15% que ingresa en España. (Retención en origen).

Luego tu declaras el bruto del dividendo en Francia, que paga el 30%. Pero debe haber una casilla en el IRPF (en España al menos la hay), donde pones los dividendos que has pagado en el extranjero (en este caso, el 15%) y te lo desgravas de lo que te toque pagar por ganancias de capital mobiliarias.
 
Pongamos un ejemplo hipotético.

Yo tengo este fondo IE00BYX5NX33, comprado a través de myinvestor.

Establezco mi domicilio fiscal en Andorra

Quiero vender, retirar, una parte de esos fondos, pero tributando en el país en el que ahora me encuentro y no en España.

La tributación sería de la siguiente manera en cada país:

Tienes que estar registrado para ver este contenido


De modo que quisiera vender esas participaciones de mi fondo y rescatar ese dinero tributando en Andorra y no en España.

¿Que pasos habría de seguir?

Tengo en cuenta que todas las gestiones las he hecho a través de myinvestor, que es un intermediario a través del cual compro esas participaciones del fondo, y cualquier movimiento sobre esos activos me requieren acceder a la aplicación o página de myinvestor.

He buscado información en la propia página de myinvestor, y me encuentro la siguiente información:

Tienes que estar registrado para ver este contenido


Esa última línea me hace pensar ¿cuales serán esos países? Lo desconozco, y no he podido encontrar esa información. Pero supongamos que si es compatible.

Entonces les entrego toda esa marabunta de documentación ¿y sería posible que extraiga ese dinero sin tributar en España y que ellos mismos se encarguen de tributármelo en Andorra, o por lo menos, que me encarguen a mi esa tarea por mi cuenta?

Creo que esta es una cuestión importante teniendo en cuenta que podemos llegar a una situación en la que ya no queramos vivir en este pais, o queramos vivir de las rentas en otra parte y no tributar la mordida que se lleva el estado Español (que ya se ha llevado durante años por nuestro trabajo aquí esos *** vía impuestos y cotizaciones) pudiendo en otros sitios pagar quizás 0€.
Si no tienes la residencia fiscal en esos países de fiscalidad tan generosa, este año fiscal ya no te va a dar tiempo a conseguirla.

Si es mucho dinero, espérate al año que viene a liquidar y te vas a residir efectivamente en esos países con todo bien documentado: registro consular y comunicación a Hacienda de que ya no eres residente fiscal en España. Entonces, liquida y transfiere a ese país. Al mismo tiempo, comunica a Myinvestor tu cambio de residencia para que notifiquen al país en cuestión y si es posible, que te practiquen la retención correspondiente a ese país si es que hay alguna. Dado que estabas con myinvestor España, probablemente lo comunicarán a Hacienda y tendrás que defender muy bien tu posición para que no te den por el cvlo.
 
Si no tienes la residencia fiscal en esos países de fiscalidad tan generosa, este año fiscal ya no te va a dar tiempo a conseguirla.

Si es mucho dinero, espérate al año que viene a liquidar y te vas a residir efectivamente en esos países con todo bien documentado: registro consular y comunicación a Hacienda de que ya no eres residente fiscal en España. Entonces, liquida y transfiere a ese país. Al mismo tiempo, comunica a Myinvestor tu cambio de residencia para que notifiquen al país en cuestión y si es posible, que te practiquen la retención correspondiente a ese país si es que hay alguna. Dado que estabas con myinvestor España, probablemente lo comunicarán a Hacienda y tendrás que defender muy bien tu posición para que no te den por el cvlo.

Gubelkian, ¿te consta que es posible trasladar un activo que acumula una plusvalía de un país a otro, sin pagar el impuesto sobre esa plusvalía?
 
Gubelkian, ¿te consta que es posible trasladar un activo que acumula una plusvalía de un país a otro, sin pagar el impuesto sobre esa plusvalía?
Pues no lo sé. Lo ideal sería contratar con un banco o gestor que no informase al país en cuestión, o que, informando, no practique ya retenciones. Eso simplifica las cosas porque entonces sólo tienes que informar al país donde estas residiendo.

Otra historia es a qué te refieres con un activo que acumula plusvalía en un país. Supongo que no es lo mismo un alquiler que unas acciones. La plusvalía de las acciones deberías de reclamarlas en el país donde resides efectivamente a efectos fiscales. Una renta de alquiler podría ser diferente.

Lo importante es la residencia a efectos fiscales.
 
No exactamente. Tu broker te retiene el 15% que ingresa en España. (Retención en origen).

Luego tu declaras el bruto del dividendo en Francia, que paga el 30%. Pero debe haber una casilla en el IRPF (en España al menos la hay), donde pones los dividendos que has pagado en el extranjero (en este caso, el 15%) y te lo desgravas de lo que te toque pagar por ganancias de capital mobiliarias.
Ok, gracias por la info lo que tu explicas es como lo entendía lo vuelvo a mirar con mi gestoría a ver que saco

Cierto también que la única ve que vendí acciones con plusvalía no declaré nada en España y sí en Francia, la sorpresa fue que Francia no te roba nada si declaras unos ingresos en renta inferiores a 40.000 brutas y tus plusvalía no superan los 10.000
 

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