Alcampo cambia la TV LG rota tras negarse a transportarla
Una televisión LG de 75 pulgadas comprada en Alcampo llegó a casa con la esquina inferior derecha hundida y resquebrajada. El comprador la recogió en tienda con una furgoneta porque, según le dijeron, el establecimiento no ofrecía reparto a domicilio para ese modelo. Al abrir la caja, la protección interna de poliexpán del lado dañado apareció rota. La tienda respondió en un primer momento que «posiblemente no puedan hacer nada» y que el problema era del cliente. Días después, Alcampo llamó para anunciar el reemplazo: una unidad nueva enviada directamente desde LG.
El caso arranca con una queja concreta: un televisor de casi dos metros de diagonal, sin opción de entrega a domicilio, transportado por el comprador y hallado roto al desembalar. La cadena de custodia es el nudo del asunto. Desde el instante en que el artículo sale de la tienda, la responsabilidad recae sobre el comprador, y demostrar que el daño ya existía en el almacén se vuelve casi imposible.
Qué exige la ley al comprador y al vendedor
La garantía legal cubre defectos de origen, no daños posteriores a la entrega. El comprador sostiene que la caja ya presentaba mal estado y que el poliexpán interior estaba roto en el mismo punto que la pantalla. Esa coincidencia es su principal baza: si el embalaje interno aparece dañado en la misma esquina que el panel, cabe argumentar que el golpe se produjo antes de la venta. El problema es probatorio. Sin una comprobación en tienda, con apertura de caja y prueba de encendido, la palabra del cliente compite contra la del establecimiento.
Hay quien recuerda que la normativa obliga a responder por la falta de conformidad, pero también que el consumidor debe poder acreditar que el producto ya venía defectuoso. En la práctica, la vía más rápida suele ser la reclamación formal: hoja de reclamaciones, consumo y, si no hay acuerdo, el juzgado. Para cantidades inferiores a 2.000 euros no hace falta abogado ni procurador, un dato que rebaja el coste de pelear judicialmente.
La sospecha sobre la ausencia de reparto a domicilio
Una de las líneas más repetidas apunta a que la negativa a transportar el televisor no fue casual. Una pantalla de 75 pulgadas es un bulto enorme y frágil; excluirla del servicio de entrega deja todo el riesgo en manos del cliente. Hay quien sostiene, a partir de su experiencia en el sector, que si el transportista de la tienda hubiera abierto la caja y visto la rotura, el pedido habría vuelto y se habría anulado. Al no ofrecer ese servicio, cualquier daño queda atribuido al comprador.
La teoría no está probada, pero encaja con el resultado. La tienda acabó aceptando la devolución y enviando una unidad nueva desde LG, lo que sugiere que la reclamación tenía recorrido. Para el fabricante, una televisión es una minucia; para el comprador, un dolor de cabeza de semanas.
Cómo reclamar una TV rota comprada en tienda
El primer paso es pedir por escrito el motivo por el que no se ofrece transporte. Ese documento fija la postura de la tienda. Después, hoja de reclamaciones y consumo. Si el establecimiento se atrinchera, conviene dirigirse también al fabricante: la garantía comercial suele cubrir defectos de fabricación y, con fotos del embalaje dañado, la vía gana fuerza.
La recomendación más repetida es revisar el producto en tienda antes de sacarlo. Abrir la caja, probar el panel y comprobar golpes en el embalaje. En artículos voluminosos, el reparto a domicilio elimina el problema: si llega roto, la responsabilidad es de quien lo transporta.
El desenlace fue favorable: Alcampo puede devolver la unidad rota a LG sin coste y el comprador recibió una nueva. La predicción, con reservas, es que estos casos seguirán resolviéndose por la vía de la presión comercial más que por la judicial. Mientras la carga de la prueba siga recayendo en quien compra, el que transporta su propia televisión juega con desventaja.