Una doctora deja morir a una persona para seguir durmiendo

Ilustración editorial de un centro de asistencia sanitaria de guardia nocturna frente a un edificio residencial a 50 metros

Un jurado declara culpable a la médico que siguió durmiendo​

Un hombre de 65 años convulsiona en el suelo de su casa, en la calle Juan Llorens de València, mientras uno de sus hijos cruza la calle para pedir ayuda al Punto de Asistencia Sanitaria que está justo enfrente. Son 50 metros. El otro hijo llama al 112. La médico de guardia del centro duerme. La despierta la enfermera, que le explica que hay alguien en la puerta alertando de que su familiar se está muriendo. La facultativa pregunta una sola cosa: ¿han avisado al 112? Sí. Y vuelve a la cama.

El paciente, Emilio Núñez, había entrado en parada cardiorrespiratoria y acabó falleciendo. El caso se juzgó con jurado popular en octubre de 2023, el jurado la declaró culpable y la Fiscalía pide para ella un año y medio de inhabilitación y 4.500 euros de multa por un delito de omisión del deber de socorro. La acusación no sostiene que pudiera salvarle la vida. Sostiene algo más incómodo: que podía haberle auxiliado y acompañado en sus últimos minutos, y no lo hizo.

Los hechos: 50 metros, una parada y un TETRA que nunca sonó​

La acusada, de 36 años, estaba de guardia de asistencia exterior. Su defensa se apoya precisamente en eso: no podía abandonar su puesto y se limitó a seguir las normas. «Me quedé a la espera de que se me avisara por el TETRA si me requerían», repitió en sala. Reconoce que no hizo ninguna gestión más para comprobar la situación del paciente ni si los servicios de urgencia estaban en camino. Esa madrugada, según su versión, no tuvo ningún otro aviso.

Y confesó, a preguntas del fiscal, que volvería a actuar igual. Su razonamiento tiene una lógica dura: «¿Por qué iba a atender a un paciente que está a 50 metros y no a uno que estuviera a 500?». El fallecido había sido operado del corazón diez días antes.

Qué pide la Fiscalía y qué alega la defensa​

Además de la pena, el Ministerio Fiscal reclama una indemnización de 90.000 euros para la viuda y los tres hijos del fallecido. La defensa de la facultativa sostiene que su trayectoria profesional es intachable y que siempre fue valorada positivamente por compañeros y pacientes. En su escrito detalla el funcionamiento del Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU) y atribuye la posible asistencia deficiente a la propia administración.

¿Obliga el protocolo a quedarse dentro del centro de salud?​

Buena parte de las reacciones compró el argumento sin matices: si el protocolo dice que el médico no sale del recinto, salir no es una opción, y hacerlo puede acarrear responsabilidad por abandono del puesto de trabajo. La pendiente resbaladiza se plantea en voz alta. ¿50 metros sí y 500 no? ¿Y 100? ¿Y un kilómetro? ¿Y si mientras está fuera entra otra urgencia en el centro y el médico que debía estar no está?

El otro lado no discute la distancia, discute el deber. Cruzar una calle está al alcance de cualquiera, y el delito imputado no exige salvar a nadie, solo no desentenderse. La postura se resume sin adornos: no hacía falta ser heroína, hacía falta levantarse.

Por qué el 112 y no el médico del ambulatorio​

La tesis técnica más repetida sostiene que un facultativo de atención primaria, sin equipo ni ambulancia, tiene poco margen ante una parada cardiorrespiratoria. En un curso de primeros auxilios lo explican sin anestesia: en parada cardiorrespiratoria el paciente está, clínicamente, muerto; lo único que se hace es mantener el corazón latiendo mediante masaje hasta que llega la UCI móvil, que es quien lleva el desfibrilador y el personal entrenado. Bajo ese prisma, el recurso correcto era el 112, y la llamada se hizo.

Pero esa misma lógica abre un segundo frente. Si el recurso era el 112, ¿por qué el servicio de emergencias no movilizó con urgencia todo lo que tenía a mano? Hay quien sostiene que la llamada la atendió alguien que no captó la gravedad del cuadro y que el fallo no empieza ni termina en la cama de la guardia.

El caso como pantalla: origen, género y fuga de talento​

Como ocurre con los sucesos que tocan un nervio, el caso se usó para otras peleas. Una parte de las reacciones derivó hacia el origen de la doctora, como si su nacionalidad explicara la decisión. Otro bloque lo llevó al terreno del género, presentando una supuesta falta de empatía como rasgo del colectivo. Ni una cosa ni la otra tienen respaldo en los hechos: lo que hay es una instrucción interna, una guardia y una decisión personal a las tres de la madrugada.

El tercer desvío fue otro: la incorporación de médicos formados fuera, la salida de recién licenciados hacia Reino Unido, Alemania, Holanda o Francia y el cuello de botella del sistema público. Todo cabe en la misma queja, aunque el caso concreto solo demuestre una cosa: que a esas horas, a 50 metros de un centro sanitario, un hombre se murió esperando.

El jurado popular la declaró culpable y ahora decide el tribunal. La pena solicitada, año y medio de inhabilitación y 4.500 euros, cabe en la nómina de un mes de muchos asalariados. Ella, mientras, dijo en sala que volvería a hacer lo mismo.
💬 LO QUE DICEN LOS FOREROS
«Si ese médico es del centro y no puede salir, no puede salir, ya sea a 100 metros o 700.»
— antoniussss · El protocolo impide salir del centro
«el enfermero explicó que el paciente está muerto, sí muerto, cuando está en parada CR»
— TNTcl · Qué es una parada cardiorrespiratoria
«Es que ni aunque hubiera actuado dentro de la legalidad habría actuado humanamente.»
— Jotagea · Crítica a la falta de humanidad
📊 OPINIONES
Peso aproximado de cada postura en el debate. No es una encuesta.
El protocolo justifica no salir del centro30%
El deber de socorro prima sobre el protocolo50%
El fallo real es del sistema y del 11220%
📌 DATOS
50 metros separaban el Punto de Asistencia Sanitaria del domicilio del paciente
La Fiscalía pide un año y medio de inhabilitación y 4.500 euros de multa
La indemnización reclamada para la viuda y los tres hijos asciende a 90.000 euros
El fallecido tenía 65 años y había sido operado del corazón diez días antes
La acusada tiene 36 años y estaba de guardia de asistencia exterior
📅 EVOLUCIÓN
Octubre 2023 Un hombre de 65 años, operado del corazón diez días antes, entra en parada cardiorrespiratoria en su domicilio de la calle Juan Llorens, en València
Octubre 2023 La médico de guardia en el punto de asistencia situado enfrente pregunta si se ha llamado al 112 y continúa durmiendo
Octubre 2023 Arranca el juicio con jurado popular; la Fiscalía pide año y medio de inhabilitación y 4.500 euros de multa por omisión del deber de socorro
Octubre 2023 La acusada declara en sala que volvería a actuar igual y que solo habría salido si el paciente hubiera estado en la misma puerta
Octubre 2023 El jurado popular la declara culpable y queda pendiente la decisión sobre la pena y la indemnización
🔗 FUENTES
Levante-EMV ↗
Relato de los hechos y de la vista con jurado popular
Europa Press ↗
Veredicto de culpabilidad del jurado popular
▶ VÍDEOS
💬 POR QUÉ PARTICIPAR
✓La respuesta literal de la acusada al fiscal y su afirmación de que volvería a actuar de la misma forma
✓El argumento técnico sobre qué puede hacer en realidad un médico de atención primaria ante una parada cardiorrespiratoria sin equipo ni ambulancia
✓El desglose completo de las cifras: pena, multa e indemnización de 90.000 euros reclamada por la acusación
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Descargo de responsabilidad: Este artículo se basa en informaciones periodísticas sobre un procedimiento judicial con jurado popular. Las imputaciones y peticiones de pena son acusaciones o veredictos no firmes y no equivalen a una condena definitiva.
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