"Valor Minimo" en Solar a comprar (Andalucia)

joanmiro

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Buenos días:

Tengo la oportunidad de comprar un terreno urbano sin edificar a un precio muy, muy interesante.

La compra sería de un particular (pudiendo yo adquirir como persona física o SL)

El problema es que el "valor minimo" que establece la Junta de Andalucia es varias veces el precio que pagaré por el inmueble

No obstante en la web de la Junta pone:

"El valor mínimo sólo es aplicable:
A partir del año 2005, a los bienes inmuebles de naturaleza urbana con construcciones, excepto los bienes de interés cultural, cuyas tipologías constructivas sean de los siguientes usos: residencial (viviendas y anexos), oficinas, almacenamiento, comercial (excepto mercados y supermercados) e industrial (excepto industrias fabriles y servicios de transportes). Para el resto de bienes (suelos no edificados, construcciones ligadas a actividades económicas, construcciones especiales, etc) también se aplica el valor mínimo, pero no garantiza que no se produzca comprobación de valores."

Alguien sabe si compro tendré que tributar al "valor minimo" establecido por la Junta?

¿Hay alguna forma de hacer la compra-venta (de particular a empresa) por IVA?

El déstino del terreno sería la promoción inmobiliaria o la venta del mismo a un promotor para tal fin

Muchas gracias
 
Yo compré un terreno exactamente igual sin construir a un particular hace mes y medio. La web de la Junta sólo te da valoraciones de suelos construidos como bien has copieteado.

Puedes pedir, como hice yo, una valoración fiscal del terreno en la oficina liquidadora de tu ciudad, te darán una plantilla a rellenar con los datos del inmueble (referencia catastral, datos del propietario, solicitante, metros cuadrados... lo típico), lo entregas allí relleno junto con la documentación que te piden: nota simple, autorización y copia del dni del titular (si no lo eres), copia del dni del solicitante, pantallazo de la ubicación de la parcela (lo puedes sacar del catastro), no recuerdo si recibo del ibi y nada más creo.
Esto lo mandan a la oficina coordinadora de OOLL de tu provincia, el técnico de turno valorará la parcela como le salga del mingo y te devolverán la copia sellada con el valor. Este valor es vinculante para la Junta y tiene una validez de 3 meses a partir del sellito, importante luego entregar este papel cuando liquides el impuesto correspondiente. Dependiendo de lo animado que se encuentre el personal te puede tardar alrededor de un mes desde que lo entregas a hasta que te lo devuelven. Si tienes la oficina coordinadora en tu misma ciudad supongo que te tardará varios días menos.

Por poder puedes comprar por debajo del valor fiscal, pero te arriesgas a que hacienda te compruebe el valor y te haga una complementaria reclamándote los €€€ de los impuestos que has dejado de pagar con sus recargos y milongas. Si no te hace comprobación (ya que los valores fiscales no están informatizados y tendría que ser alguien el que se preocupe de calcularlo) pues eso que te llevas.

Lo mío fue compra a particular no sé como va el tema del IVA.

Un saludo.
 
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