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Himbersor
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Así es, y como me dijo a mí la guardia civil con un problema parecido que tengo yo en mi pueblo, "el único q se queja eres tú" y el ayuntamiento me decía a mi que les dijera que tienen que hacer,que les diera yo alguna solución.
Para q se cumpla la ley y las ordenanzas entiendo q tiene q quejarse deteminado número de personas o que hagas algo que no le gusta al hay untamiento y utilice la ordenanza pa jorobar a ti.
No hay nada mas injusto que la arbitrariedad de la autoridad. Si no hay q cumplir una norma lo suyo es q la eliminen.
Lo que le dijo la Guardia Civil tiene una explicación menos arbitraria de lo que parece, y en este caso se ve muy bien.
La carretera del conflicto es la DP-8401, o sea provincial, titularidad de la Fruta de A Coruña y no del Concello. Ahí está el nudo. El artículo 7 de la Ley de Tráfico da a los municipios la vigilancia, la denuncia y la sanción en las vías urbanas de su titularidad. Una travesía es justo lo contrario: un tramo que atraviesa el poblado pero cuya carretera es de otra administración. Por eso el Concello no puede poner por su cuenta bolardos ni un paso elevado, necesita autorización del titular de la vía. Y por eso la Valedora tuvo que dirigirse a los dos a la vez, y por eso pasaron nueve meses sin nada: cada uno mira al otro.
No es que la ley no se aplique en los pueblos, es que en las travesías la competencia está partida y nadie tiene prisa por reclamarla.
Y sobre lo de que quejarse no sirve: la Ley 6/1984 obliga a la administración a contestar por escrito a la Valedora en un mes, y si no contesta o entorpece, eso acaba con nombre en el informe anual al Parlamento de Galicia. Lento, pero deja rastro.