Duda sobre cuenta ahorro-vivienda

Apocalipse

Madmaxista
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Para obtener las desgravaciones fiscales por ahorro para vivienda, no hace falta tener depositado el dinero en una cuenta con esa denominación, sino que puede ser una cuenta corriente o un depósito.

Ahora bien, ¿qué tengo que hacer para que conste dicha cuenta para que conste como el depósito de mis ahorros para adquirir vivienda y por tanto beneficiarme fiscalmente?

Gracias por anticipado
 
Incluirla en la declaracion de la renta

Tengas la cuenta que tengas en la declaración de la renta tienes que poner el nº de cuenta y así ellos ya la tienen localizada. Yo lo he tenido que poner por eso lo digo.
 
Ok, gracias.

En cualquier caso, al año siguiente tengo que usar la misma cuenta, y podré desgravar la diferencia entre lo que haya entonces y lo que hay ahora (es decir, lo ahorrado), ¿no es así?
 
No hace falta que utilices la misma cuenta, sino que puedes traspasarlo a otra cuenta o depósito (sin necesidad de ser las llamadas "cuenta vivienda" de los bancos) y desgravarte la diferencia de lo que hay y lo que había el año anterior.

Ten cuidado, guarda los resguardos de transferencias para justificar en caso de investigación de hacienda. Igualmente no puedes sacar el dinero para gastartelo en otra cosa que en la vivienda habitual. Existe una mala creencia de que mientras que a 31 de diciembre se reponga el dinero es suficiente para la desgravación y no es así.

Salu2.
 
Hola quería que me aclararais una duda:

El primer año ingreso 9.000 euros en un deposito a 12 meses utilizandolo como cuenta vivienda. Si el 2ª año ingreso otros 9.000 euros...

¿Podría renovar el mismo depósito por la cantidad de 18.000 euros??
¿Podría abrir un nuevo depósito con diferente interes y duración en ese mismo banco con los 18.000 euros?
¿Y la última podría abrir un nuevo depósito pero en otra entidad?
 
Apocalipse, sólo me gustaría añadir que tienes 4 años (ahora parece que van a ser 6) para comprar la casa desde la fecha de apertura de la cuenta. Para alargar el plazo lo máximo posible me parece interesante que a finales de diciembre abras una cuenta nueva del mismo tipo que la que tengas ahora. De esa forma tendrás 4-6 años a partir del día 31 de diciembre de 2008, mientras que si usas la cuenta que ya tienes el plazo empezieza a contar en la fecha que abriste esa cuenta.

dsf, sí a las tres preguntas.

Un saludo.
 
Añadir que si resides en Navarra dispones 8 años para comprar la vivienda habitual.

Salu2.
 
2años mas adicionales?

entonces a la gente que le caduca en diciembre del 2008, si lo saca unos dias antes y lo mete en otra cuenta vivienda nueva tendria un margen de 2 años mas? ¿es decir los 6 que decis arriba?

En caso que lo de arriba sea afirmativo, podria hacerse ya mismo?

Hay alguan pagina web oficial con toda esta informacion? algun telefono?
 
No sé a qué te refieres con sacar el dinero de la cuenta vivienda y volverlo a meter.

La norma consiste en una prórroga de 2 años para realizar la inversión. La gente que tenga una cuenta y se le cumpla este año el plazo de los 4 años, disponen automáticamente de otros 2 años para comprar el piso sin tener que hacer nada.

De hecho, si sacas el dinero de la cuenta y no lo inviertes estás incumpliendo una de las condiciones de la cuenta vivienda (el dinero sólo se puede dedicarse a la inversión en vivienda y no puedes disponer del mismo para cualquier otra cosa).

Pero seguramente te esté llevando a confusión el hecho de que los bancos tengan las llamadas "cuentas vivienda", que es un engaño de los bancos para darte menos intereses.

Para saber más sobre las cuentas viviendas, te recomiendo que leas
 
Última edición:
Daño visual !!!

Prórroga. Se te perdona por los innumerables trucos que posteas en tu web.

Un saludo!. 🙂
 
entonces como aviso a hacienda de que esa cuenta es la de ahorro vivienda? y como lo hago para que sea un deposito? es decir hago un deposito, se acaba al cabo de un año, al hacer un nuevo deposito como lo aviso a hacienda?
ando mas perdido que un pulpo en un garaje, gracias por la ayuda
 
En la declaración de hacienda hay una casilla donde debes de poner el CCC de la cuenta o depósito para la deducción de la cuenta vivienda.

Te recomiendo leer

Salu2
 
yo meti el primer año 9015 euros eran la navidad 06, me estubieron dando puntualmente 18 euros de intereses al mes durante el año 2007 , pero en octubre del 2007 dejaron de ingresar los intereses , en la navidad 07 me acerque a la sucursal a preguntar a ver que pasaba , que me debian varios meses de atrasos me dijeron que por orden del banco de españa ahora estaban obligaos a dar los intereses a año vencido o sea que hasta enero 2008 no vi mas ingresos , y simple que es uno que volvi a meter esta vez 6000 euros el 30 de diciembre 07 rebobinemos tu metes 9015 euros el 31/12/06 y no ves intereses hasta el 10 + o - /01/08 y este año en curso no e visto ni un centimo del millon que ingrese en navidad ( no cuento las desgrabaciones porque ese dinero sale del bolsillo de todos nosotros el banco no me a dao naa aun por 15000 euros que acumulo ) 😱:

YA SE QUE ME MINTIERON CON LO DEL BANCO DE ESPAÑA pero no soy de lo que les gusta montar buya en una oficina de un banco
el tema es el siguiente =
el incremento de deposito hay que hacerlo antes de que finalice el año para que hacienda le conste el ingreso y poder meterlo como desgrabacion

este año mi intencion es hacer un ingreso en diciembre 08 de 9015 euros para que conste todo en la renta de mayo 09 , pero en enero en cuanto me abonen todo el interes atrasado del 2008 me lo llevo a algun deposito mas interesante y ya especificare en persona iendo alguna oficina de hacienda que e cambio de cuenta vivienda para que conste que no me e gastao en fruta

que os parece ????😀
parece facil no , veras lo poco que tardan en llamar en cuanto haga la OTE de24000 euros de un plumazo 😀
 
Última edición:
Buenas a todos, a ver si me entero bien:
Ahora en diciembre de 2008 abro un depósito con banco X1 con un tipo de interés. El plazo del depósito es de 5 meses. A los 5 meses se ha cumplido el plazo y saco el dinero de ese deposito y dos semanas más tarde lo meto en otro banco X2 (durante dos semanas el dinero lo he tenido en el calcetín o donde me ingresan la nómina). Con el banco X2 lo tengo 3 meses y lo saco de nuevo y así sucesivamente.

Mi duda es que si ese dinero tiene que estar depositado todo el tiempo en una entidad porque entre que sacas el dinero de un deposito y lo metes en otro de otro lado transcurre un tiempo. Porque en ese período de tiempo tienes tú el dinero y puedes utilizarlo para otras cosas que no sean relativas a la vivienda.

Mi otra duda es que si por ejemplo al final del año lo has movido 5 veces he visto que solo hay que poner la última cuenta en la que tenemos el dinero.

Saludos y gracias
 
No puedes sacar el dinero del sistema bancario, debes dejarlo en algún cuenta o depósito y no puedes mezclarlo con otras productos o imposiciones y no puedes utilizar el dinero para nada que no sea inversión en la primera vivienda habitual, ni siquiera meterlo en un calcetín.

Si durante el año, has movido n veces el dinero entre cuentas, el que debes de designar es la cuenta donde está el dinero a 31 de diciembre y debes de guardar los resguardos de los movimientos en caso de investigación de hacienda.

Leete las preguntas frecuentes a cerca de la cuenta vivienda en

Salu2.
 
No puedes sacar el dinero del sistema bancario, debes dejarlo en algún cuenta o depósito y no puedes mezclarlo con otras productos o imposiciones y no puedes utilizar el dinero para nada que no sea inversión en la primera vivienda habitual, ni siquiera meterlo en un calcetín.

Si durante el año, has movido n veces el dinero entre cuentas, el que debes de designar es la cuenta donde está el dinero a 31 de diciembre y debes de guardar los resguardos de los movimientos en caso de investigación de hacienda.

Leete las preguntas frecuentes a cerca de la cuenta vivienda en

Salu2.


Ok, muchisimas gracias por la aclaración.

Lo que entiendo entonces es que al final del año tiene que haber un deposito donde a la hora de la declaracón dar ese número.

En la declaración del año siguiente harán la diferencia de lo depositado ese año y el anterior, no?

saludos
 
"tucapital.es" dices que

No puedes sacar el dinero del sistema bancario, debes dejarlo en algún cuenta o depósito

eso pretendo quiero dejarlo en el banco que si lo tengo conmigo se que me lo gasto , pero no lo quiero tener donde abri la cuenta vivienda porque me dan el 2. y pico y a año vencido

pero claro cuando entregue la renta en mayo debere meter el dinero otra vez en la cuenta vivienda en la que me estan desgrabando todas las declaraciones ( ya llevo dos )

¿ no bastaria con decirles a los de hacienda que la pasta la tengo ahora en este otro banco=?
 
Hacienda mira el saldo de las cuentas a fecha de 31 de diciembre que todos los bancos les envian, e igualmente les envia información sobre movimientos de dinero en las cuentas.

Una clausula que debes de cumplir es que el dinero que se pone en la cuenta vivienda sólo sirve para la inversión de la primera vivienda habitual o rehabilidad de la vivienda habitual, y por lo tanto si sacas el dinero del banco y aunque lo metas en un calcetín, ya lo estás incumpliendo esta norma.

Sin embargo, te permite mover el dinero de la cuenta vivienda a otra cuenta u otra entidad, siempre y cuando que dicha cuenta no tenga ningún tipo de imposiciones como recibos domiciliados.

Salu2.
 
OK , movere el dinero a otro banco de deposito en deposito , sin pedir tarjetas ni domiciliar nada , en la antigua caja en la que llevo desde el 91 solo dejare recibos 😀 y el saldo suficiente para cubrir los pagos claro esta , pero los ahorros los llevare en cuanto me den el enero la miseria de intereses acumulados de todo el 2008

en marzo pa no esperar colas ire a la oficina de hacienda de getxo a informales donde esta toda la pasta para el piso

por cierto este año no pienso aporta ningun incremento de capital a la cuentavivienda porque no creo que las arcas del fisco esten para muchas alegrias en mayo , no creo que puedas desgrabarte el 25% de los 9015 que dan en el pais vasco a los menores de 35 años
 
hola tengo una pequeña duda a ver si me podéis ayudar, si yo abro la cuenta a 31 de diciembre del 2008, cual es la fecha límite para comprar? 31 de diciembre de 2012 verdad?

quizás digo una tontería pero a veces con mi pareja nos liamos que si en la renta del 2012 (mayo) hacemos la ultima desgravación quizás debas comprar en ese momento...aunque creo que me diréis que en 31/2/2012 verdad?

Muchas gracias.
 
Sí, el límite es el 31-12-2012.

Un saludo.
 
hola tengo una pequeña duda a ver si me podéis ayudar, si yo abro la cuenta a 31 de diciembre del 2008, cual es la fecha límite para comprar? 31 de diciembre de 2012 verdad?

quizás digo una tontería pero a veces con mi pareja nos liamos que si en la renta del 2012 (mayo) hacemos la ultima desgravación quizás debas comprar en ese momento...aunque creo que me diréis que en 31/2/2012 verdad?

Muchas gracias.

En principio el 31 de diciembre de 2012 sin aún saber exáctamente a quién afectará la nueva norma del Gobierno que establece 2 años extras para la compra de vivienda.

En el caso de que te puedas beneficiarte, podrías comprar la vivineda hasta el 31 de diciembre del 2014.

Salu2.
 
Entonces todabia no se sabe quien se beneficiara de los dos años extras?, esto hay que informarse en la sucursal donde tenga uno la cuenta vivienda verdad?. Salu2
 
Según tengo entendido, sin estar nada seguro, la nueva norma de momento es sólo para aquellos que abrieron las cuentas entre los años 2004 y 2006, por lo tanto note vas a poder beneficiarte de momento.

Salu2.
 

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